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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2000 (26/01/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 43

Pág. 183065 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 26 de enero de 2000 Regístrese y publíquese. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales 1018 RESOLUCION COMISION DE REGLAMENTOS TECNICOS Y COMERCIALES Nº 0093-1999/INDECOPI-CRT Lima, 30 de diciembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomen- dables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adop- ción, Elaboración y Aprobación de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa Nº 26407. Dicho Acuerdo viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución Nº 031-93- INDECOPI/CNM y Nº 033-93-INDECOPI/CNM, respec- tivamente; Que, toda vez que las actividades de elaboración de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la partici- pación de representantes de todos los sectores involucrados -producción, consumo y técnico- constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó el Comité Técnico de Normalización Permanente de Saneamiento y como parte de éste los Subcomités de: Calidad de agua y Productos Industriales de Cemento para Saneamiento, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técni- cos de Normalización antes señalado; Que, el 26 de noviembre de 1999, dicho Comité Técnico, presentó a la Secretaría Técnica de la Comisión 5 Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, los cuales fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas mediante el Sistema Ordinario, y sometidos a Discusión Pública por un período de treinta días calendario, contados a partir del 1 de diciembre del año en curso; Que, luego de la evaluación correspondiente, la Secreta- ría Técnica de la Comisión recomendó la aprobación de dichos Proyectos de Normas Técnicas Peruanas, como Nor- mas Técnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaría Técnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legis- lativo Nº 807 y la Resolución Nº 031-93-INDECOPI/CNM, la Comisión con el acuerdo unánime de sus miembros, reunidos en su sesión de fecha 30 de diciembre de 1999; RESUELVE: Primero.- APROBAR como Normas Técnicas Perua- nas, las siguientes : NTP 214.006:1999 AGUA PARA CONSUMO HUMANO. Determinación de turbiedad. Método nefelométrico. 2ª Edición. Reemplaza a la NTP 214.006:1987. NTP 214.007:1999 AGUA PARA CONSUMO HUMANO. Determinación de color. Método de comparación visual. 2ª Edición. Reemplaza a la NTP 214.007:1987. NTP 214.018:1999 AGUA PARA CONSUMO HUMANO. Determinación de la dureza. Método volumétrico con EDTA. 2ª Edición. Reemplaza a la NTP 214.018:1988.NTP 214.026:1999 AGUA PARA CONSUMO HUMANO. Determinación de la alcalinidad. Método volumétri- co. 1ª Edición. NTP 339.180:1999 TUBOS A PRESION DE CONCRETO PRETENSADO, SIN CILINDRO DE ACERO EN EL NUCLEO. 1ª Edición. Reem- plaza a las NTP 339.051:1980 y NTP 339.053:1980. Segundo.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Téc- nicas Peruanas: NTP 214.006:1987 AGUA POTABLE. Determi- nación de turbiedad. NTP 214.007:1987 AGUA POTABLE. Determi- nación del color (Escala Platino - Cobalto). NTP 214.018:1988 AGUA POTABLE. Determi- nación de la dureza. Método com- plexométrico con EDTA. NTP 339.051:1980 TUBOS DE HORMIGON (CON- CRETO) PRETENSADO PARA LA CONDUCCION DE LIQUI- DOS A PRESION. Definiciones y requisitos. NTP 339.053:1980 TUBOS DE HORMIGON (CON- CRETO) PRETENSADO PARA LA CONDUCCION DE LIQUI- DOS A PRESION. Métodos de ensayo. Regístrese y publíquese. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Reglamentos Técnicos y Comerciales 1021 I N P E Inician procedimiento disciplinario a ex Director General del Centro Nacio- nal de Estudios Criminológicos y Peni- tenciarios RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 026-2000-INPE-P Lima, 14 de enero de 2000 VISTO, el Informe Nº 001-2000-INPE-CEPAD de fecha 10 de enero del 2000, de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Peni- tenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante Memorándum Nº 060-99-INPE-P de fecha 23.MAR.99 se remite el Informe Nº 007-99-INPE/ CENECP-AI, en torno al "Examen Especial Administra- tivo al CENECP 1999" y con Memorándum Nº 722-99- INPE/SG de fecha 6.JUL.99, se remite el Informe Nº 009-99-INPE/CENECP.AI, "Ampliación del Examen Administrativo" en donde se encontraría incurso el ex funcionario Nivel F-4 Lic. José Luis TAFUR ZUBIAGA, ex Director del Centro Nacional de Estudios Crimi- nológicos y Penitenciarios del Instituto Nacional Peni- tenciario (CENECP); Que, del análisis de los actuados fluye que, se ha efectuado el ingreso irregular a la Escuela de Formación CENECP, Promoción 98-I del postulante Jorge Néstor Ramírez Rimachi, que constatado el Cuadro de Méritos del Proceso de Admisión 98-I, no figura en dicha rela- ción como ingresante, corroborado con la manifestación