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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE FEBRERO DEL AÑO 2000 (17/02/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 23

Pág. 183809 NORMAS LEGALES Lima, jueves 17 de febrero de 2000 Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-1996-97; y, en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Banco Wiese Sudameris la apertura de las Oficinas Especiales ubicadas en: - Carretera Panamericana Sur km. 26.5, distrito de Lurín, provincia y departamento de Lima; y, - Av. Nicolás Ayllón Nº 2362, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunta de Banca 1908 RESOLUCION SBS Nº 0079-2000 Lima, 8 de febrero del 2000 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Wiese Sudameris para que esta Superintendencia autorice la apertura de la Agencia San Isidro ubicada en la calle Miguel Seminario esquina con la Av. Dionisio Derteano s/n, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la docu- mentación pertinente que justifica la apertura de la citada Agencia; Estando a lo informado por el Intendente de Análisis y Supervisión de Intermediarios Financieros "C" mediante el Informe Nº ASIF "C" 018-OT/2000; De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular Nº B-1996-97; y, en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Banco Wiese Sudameris la apertura de la Agencia San Isidro ubicada en la calle Miguel Seminario esquina con la Av. Dionisio Derteano s/n, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente Adjunta de Banca 1906 UNIVERSIDADES Establecen disposiciones para que ba- chilleres de la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle regularicen situación académica UNIVERSIDAD NACIONAL DE EDUCACION Enrique Guzmán y Valle PRESIDENCIA RESOLUCION Nº 0908-2000-PCR-UNE Chosica, 1 de febrero del 2000 VISTO el Informe Nº 001-2000-C.A de fecha 27 de enero del 2000, expedida por la Comisión Ad Hoc, constituida mediante el Artículo 4º de la Resolución Nº 0848-99-PCR-UNE de fecha 4 de octubre de 1999. CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional de Educación Enrique Guz- mán y Valle se encuentra en proceso de reorganización académi- ca y administrativa por mandato imperativo de la Ley Nº 26457,sus modificatorias y ampliatorias, Leyes Nºs. 26614, 26797, 26880, las mismas que se enmarcan en la transparencia de la gestión académica y administrativa, y la excelencia académica; Que, con fecha 4 de octubre de 1999 se expidió la Resolución Nº 0848-99-PCR-UNE, mediante la cual, se declara la nulidad ipso jure de dieciséis (16) Resoluciones Decanales expedidas irregularmente por los ex Decanos de las Facultades de Huma- nidades y Ciencias de esta Universidad y como consecuencia de dicho acto administrativo, se deja sin efecto legal Resoluciones Rectorales, que ratificaron la aprobación irregular de dichos Títulos Profesionales de Licenciado en Educación por la Moda- lidad Automática conforme al Artículo 22º de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, modificado por el Artículo 1º del Decreto Legislativo Nº 739 concordante a los incisos b) y c) del Artículo 43º, y 45º, 109º del Decreto Supremo Nº 002-94-JUS - T.U.O. de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrati- vos, modificado por las Leyes Nºs. 26654, 26810, 26960; Que, el Artículo 4º de la Resolución Nº 0848-99-PCR-UNE de fecha 4 de octubre de 1999, constituye la Comisión Ad Hoc, encargada de adoptar y sugerir las acciones académicas y administrativas, tendientes a lograr la regularización de la situación académica de los Bachilleres, que optaron irregular- mente el Título Profesional de Licenciado en Educación por la Modalidad Automática. Dicha Comisión Ad Hoc, con fecha 27 de enero del 2000 eleva el Informe Nº 001-2000-C.A. a la Presiden- cia de Comisión de Reorganización de esta Universidad, reco- mendando las modalidades apropiadas para que los Bachilleres descritos en el Artículo 1º de la Resolución Nº 0848-99-PCR- UNE de fecha 4 de octubre de 1999, con la finalidad que logren regularizar su situación académica, conforme a Ley y demás normas académicas; De conformidad con el Artículo 22º e inciso b) del Artículo 33º de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, modificada por el Decreto Legislativo Nº 739; y, En uso de sus atribuciones conferidas en el Artículo 4º de la Ley Nº 26457, modificado por el Artículo 3º de la Ley Nº 26614 y sus ampliatorias Leyes Nºs. 26797 y 26880 y a lo dispuesto en la Resolución Suprema Nº 411-97-PCM, de fecha 21 de agosto de 1997; SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR las recomendaciones contenidas en el Informe Nº 001-2000-C.A de fecha 27 de enero del 2000, expedida por la Comisión Ad Hoc, constituida mediante el Artículo 4º de la Resolución Nº 0848-99-PCR-UNE de fecha 4 de octubre de 1999. Artículo 2º.- DISPONER: Que, los veinte Bachilleres que a continuación se indican: FACULTAD DE HUMANIDADES 1) MEZA CONTRERAS, Luz Zoraya 2) SOLER RUIZ, Lilian Roxana 3) OVIEDO VENEGAS, Nancy Bertha 4) ZORRILLA RAMIREZ, Angélica María 5) HUARANCA GONZALES, Luisa Osvaldina 6) MARTINEZ RIOS, Mary Luz 7) GUILLEN TARAZONA, Jazmín Cristina 8) FLORES ROJAS, Roberto Pablo 9) VARGAS SAAVEDRA, Angélica Rosario 10) CORILLOCLLA COYOTUPAC, César Eduardo 11) NOLASCO LOPEZ, Emilia Juana 12) CORONEL GUEVARA, Wilson Antonio 13) MARIN RUIZ, Gloria 14) RIOS CANTURIN, María Santos 15) BENITES SANCHEZ, Mery Ruth 16) GARCIA ROLDAN, Federico Hugo FACULTAD DE CIENCIAS: 1) DEL RIO SAMPEN, Milagros del Pilar 2) MONTEZA BENAVIDES, Francisco Joselito 3) MURGA VELASQUEZ, Wilmar 4) MONTESINOS OSORIO, Hugo Deberán someterse al Programa de Actualización como requisito para optar el Título Profesional de Licenciado en Educación y Licenciado en Administración en la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle o a las otras modalidades prescritas por el Artículo 22º de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria. Artículo 3º.- DISPONER: Que los citados Bachilleres indi- cados en el artículo precedente, no están obligados a sufragar costo alguno, por el proceso de titulación. Artículo 4º.- DISPONER: Que, los Bachilleres, tienen como plazo improrrogable, a fin de presentar su petición ante la Universidad Nacional de Educación Enrique Guzmán y Valle y acogerse a cualquiera de las modalidades señaladas en el artí- culo precedente, hasta el 31 de diciembre del presente año. Los Bachilleres que no presenten su petición dentro del plazo antes señalado, deberán acogerse a las modalidades de Titulación vigentes después de la fecha indicada. Artículo 5º.- Dar por concluida las funciones de la Comisión Ad Hoc, constituida mediante el Artículo 4º de la Resolución Nº 0848-99-PCR-UNE de fecha 4 de octubre de 1999.