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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2000 (24/06/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 34

Pág. 188376 NORMAS LEGALES Lima, sábado 24 de junio de 2000 En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 19º de la Ley Nº 26397, Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, concordante con la disposición final única de la Resolución del Consejo Nacional de la Magis- tratura Nº 026-99-CNM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Acéptase la renuncia del licen- ciado Enrique Abraham Ledesma Azaña, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolu- ción. Artículo Segundo.- Para efectos del escrutinio en mesa, en el proceso de elección de los Consejeros Repre- sentantes de los Colegios Profesionales, no Abogados, cuando se haya marcado con el aspa o cruz en los recua- dros donde se registran la foto y el número veintitrés que identifica al renunciante Licenciado Enrique Abraham Ledesma Azaña, este voto se anula, quedando subsisten- tes los otros votos; Artículo Tercero.- La renuncia del candidato licen- ciado Enrique Abraham Ledesma Azaña, no impide el ejercicio del sufragio de los Licenciados en Administra- ción que participan en el presente proceso electoral, según padrón electoral remitido por dicho Colegio Profesional al 10.1.2000. Artículo Cuarto.- Comuníquese la presente Resolu- ción, al Jurado Nacional de Elecciones, al Consejo Nacio- nal de la Magistratura, al Presidente del Consejo Nacio- nal de Decanos y al Presidente de la Junta de Decanos de Colegio de Abogados del país. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE PORTILLO CAMPBELL Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales 7179 Establecen disposiciones sobre proce- so de elección de representantes de colegios profesionales y de abogados ante el CNM, a realizarse el día 25 de junio RESOLUCION JEFATURAL Nº 245-2000-J/ONPE Lima, 22 de junio de 2000 CONSIDERANDO: Que los Colegios de Abogados y Colegios Profesionales del país, que participan en el proceso de elección de los Consejeros representantes ante el Consejo Nacional de la Magistratura, del domingo 25 de junio de 2000, habitual- mente mantienen ciertas normas y formalidades, que se aplican en los procesos electorales internos de sus respec- tivos gremios profesionales; Que la Propaganda electoral constituye una de las actividades principales que desarrollan los candidatos en los procesos electorales, que se sujeta a normas y proce- dimientos de cumplimiento obligatorio, por parte de las candidaturas, personeros, etc.; Que, para el presente proceso electoral, resulta nece- sario establecer reglas, entre ellas, la participación de los Miembros de las Juntas Directivas de los Colegios Profe- sionales y Abogados del país, como observadores ante los centros de cómputo que se instalen en los locales de votación; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 19º de la Ley Nº 26397, Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, concordante con la Disposición Final Unica de la Resolución Nº 026-99-CNM, del Consejo Nacional de la Magistratura; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Para el proceso de elección de los Consejeros Representantes de los Colegios Profesionales y Abogados del país ante el Consejo Nacional de la Magis-tratura, dispuesto para el día domingo 25 de junio de 2000, se podrán realizar las siguientes actividades: 1.- La propaganda electoral fija o estática (banderolas, pancartas, afiches, etc.) de los candidatos, podrá perma- necer colocada en la parte exterior del local de votación, inclusive hasta el día de las elecciones. 2.- Los Candidatos, podrán permanecer en la puerta de ingreso al local de votación, durante las horas en que se realice el acto de sufragio. 3.- Los Miembros de las Juntas Directivas de los Colegios Profesionales y Abogados del país, podrán ingre- sar como observadores, ante los centros de cómputo que se instalen en los locales de votación. Artículo Segundo.- Comuníquese al Jurado Nacio- nal de Elecciones, al Consejo Nacional de la Magistratura, al Presidente del Consejo Nacional de Decanos y al Presi- dente de la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del país, la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE PORTILLO CAMPBELL Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales 7180 COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Designan fiscal ad hoc para que co- nozca hechos relativos a informes pe- riodísticos sobre investigaciones clí- nicas practicadas en mujeres emba- razadas RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 410-2000-MP-CEMP Lima, 22 de junio de 2000 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, estando a las informaciones periodísticas di- fundidas por diversos medios de comunicación, en el sentido que el médico Juan Ibárcena Costa habría practicado investigaciones en mujeres embarazadas, administrando el medicamento que contiene Nitaso- xanida (Colufase), para lo cual se habría estado cap- tando a mujeres en dos centros de salud e igual núme- ro de hospitales de Lima y Callao, sometiéndolas luego a ensayos clínicos sin su consentimiento en la Clínica de la Universidad de San Marcos, centro de estudios que desconocería de dichas prácticas y que tampoco contarían con autorización alguna de las autoridades del Ministerio de Salud; es necesario nombrar un Fiscal Ad Hoc, para que realice una exhaustiva inves- tigación a fin de identificar a los presuntos responsa- bles de los hechos ilícitos mencionados así como de- nunciarlos penalmente, designándose para tal efecto al doctor Miguel Héctor Narro Salazar, Fiscal Provin- cial Titular de la Vigésimo Cuarta Fiscalía Provincial en lo Penal de Lima, como Fiscal Ad Hoc, para que con retención de su Despacho y del caso Ad Hoc que viene conociendo materia de la Resolución Nº 614-99-MP- CEMP, de 24 de agosto de 1999, se avoque al conoci- miento de los hechos descritos anteriormente e identi- fique a los presuntos responsables, y de encontrar indicios de la comisión de delito, proceda conforme a sus atribuciones, denunciándolos penalmente, así como actuar ante el Poder Judicial, si fuere el caso; en consecuencia, estando al Acuerdo Nº 4777 adoptado por unanimidad por la Comisión Ejecutiva del Ministe- rio Público en sesión de la fecha, con dispensa de la