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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JUNIO DEL AÑO 2000 (24/06/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 36

Pág. 188378 NORMAS LEGALES Lima, sábado 24 de junio de 2000 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, la Resolución Administrativa Nº 1177-CME-PJ, de 21 de junio de 2000, expedida por la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, crea el Módulo Básico de Justicia de Huanta, ubicado en el distrito y provincia de Huanta, departamento y Distrito Judicial de Ayacucho, autorizando su funcionamiento a partir del 23 de junio de 2000, el que estará constituido por un Juzgado Penal y un Juzgado Mixto; Que, mediante los Artículos segundo y tercero de la citada resolución administrativa, se reubica en el mencio- nado módulo, el Juzgado Especializado Penal de Huanta, con su carga procesal y competencia actual, y se reubica y convierte el Juzgado Civil de Huanta, en Juzgado Mixto, el mismo que comenzará con su actual carga procesal y conocerá las materias Civil, Laboral y Familia, órganos jurisdiccionales que tendrán competencia territorial en la provincia de Huanta, departamento de Ayacucho; por lo que resulta conveniente disponer que, para despachar con los mencionados Juzgados, se designe a la Fiscalía Pro- vincial Mixta de Huanta, la que podrá atender indistinta- mente y según sus necesidades en el Módulo Básico de Justicia de Huanta, así como en su actual sede. Que, estando al Acuerdo Nº 4788 adoptado por unani- midad en sesión de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; dejándose constancia que el doctor Pedro Pablo Gutiérrez Ferreyra, Fiscal Supremo Titular y Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, no se en- cuentra presente; y, en uso de las atribuciones que le confiere las Leyes Nºs. 26623, 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que la Fiscalía Provincial Mixta de Huanta, a cargo del doctor Jaime Efrén Coasaca Torres, despache con los Juzgados Penal y Mixto reubicados en el Módulo Básico de Justicia de Huanta, la que podrá atender indistintamente y según sus necesidades en el Módulo Básico de Justicia de Huanta, así como en su actual sede. Artículo Segundo.- Facultar al Fiscal Superior En- cargado de Gestión de Gobierno del Distrito Judicial de Ayacucho, para que adopte las medidas necesarias desti- nadas al cumplimiento de la presente resolución. Artículo Tercero.- Poner esta resolución en conoci- miento del Secretario Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, para que adopte las medidas pertinentes en cuanto al personal médico legal, auxiliar y administrativo de apoyo de la Fiscalía materia de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Precisar que la presente resolu- ción no irrogará gasto alguno al Presupuesto del Pliego del Ministerio Público. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presen- te resolución a la señora Presidenta del Congreso de la República, señores Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Justicia, Ministro del Interior, señora Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarro- llo Humano, Presidente del Consejo de Coordinación Judicial, Presidente de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, Presidente del Consejo Nacional de la Magis- tratura, Secretario Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y Titular del Pliego, Fiscal Supre- mo Provisional de la Fiscalía Suprema de Control Inter- no, Teniente General PNP Director General de la Policía Nacional del Perú, Presidente de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial de Ayacucho, Fiscal Supe- rior Encargado de la Gestión de Gobierno Delegada en el Distrito Judicial de Ayacucho y del Fiscal mencionado, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑO Fiscal de la Nación y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI BECERRA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público MARIO DAVID ZEGARRA MARIÑAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público 7212Modifican artículos de resolución que dispuso reubicación de fiscalías mix- tas para despachar con juzgados especializados penal, civil y de familia del Módulo Básico de Justicia de An- dahuaylas RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 413-2000-MP-CEMP Lima, 23 de junio del 2000 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, el Artículo primero de la Resolución Administra- tiva Nº 1178-CME-PJ, de 21 de junio de 2000, expedida por la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, deja sin efecto los Artículos quinto y sexto de la Resolución Admi- nistrativa Nº 1173-CME-PJ, de 14 de junio de 2000, mediante los cuales se reubicó y convirtió el Juzgado Mixto de Antabamba, provincia de Antabamba, del de- partamento y Distrito Judicial de Apurímac, como Juzga- do Penal Transitorio, para que asuma la carga procesal existente y pendiente al 31 de diciembre de 1999 del Juzgado Penal de Andahuaylas reubicado en el Módulo Básico de Justicia de Andahuaylas, por un plazo de seis meses; y autorizó la itinerancia del Juzgado Mixto de Aymaraes a la provincia de Antabamba, departamento de Apurímac, la cual fuera competencia territorial el Juzga- do Mixto de Antabamba; Que, el Artículo segundo de la citada resolución admi- nistrativa, sustituye el inciso a) del Artículo segundo de la Resolución Administrativa Nº 1173-CME-PJ, de 14 de junio de 2000, con el texto siguiente: a. "El Juzgado Especializado en lo Penal de Andahuaylas, con su carga procesal y competencia actual"; Que, en atención a las disposiciones contenidas en la Resolución Administrativa Nº 1173-CME-PJ, de 14 de junio de 2000, expedida por la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, la Comisión Ejecutiva del Ministerio Pú- blico mediante Resolución Nº 405-2000-MP-CEMP, de 20 de junio de 2000, dispuso en su Artículo primero, que la Primera Fiscalía Provincial Mixta de Andahuaylas, des- pache con el Juzgado Especializado Penal del Módulo Básico de Justicia de Andahuaylas, asumiendo la carga correspondiente a los ingresos de procesos producidos a partir del primero de enero de 2000 hasta la fecha de corte y con su competencia actual; y, en su Artículo segundo, que la Segunda Fiscalía Provincial Mixta de Andahua- ylas, despache con el Juzgado Especializado Civil y con el Juzgado Especializado de Familia del Módulo Básico de Justicia de Andahuaylas, asumiendo su carga procesal y competencia actual y que también despache con el Juzga- do Penal Transitorio, a que se contrae el Artículo quinto de la Resolución Administrativa Nº 1173-CME-PJ, de 14 de junio de 2000; Que, sin embargo, habiendo la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial dejado sin efecto y en su caso, sustituido los artículos que dieron origen a las acciones dispuestas en el considerando precedente, resulta conveniente disponer que se deje sin efecto la parte pertinente del Artículo primero de la Resolución Nº 405-2000-MP-CEMP, de 20 de junio de 2000, en cuanto dispone que la Primera Fiscalía Provincial Mixta de Andahuaylas, asuma la carga correspondiente a los ingresos de procesos produci- dos a partir del primero de enero de 2000 hasta la fecha de corte y con su competencia actual; asimismo, se deje sin efecto la parte pertinente del Artículo segundo, en cuanto dispone que la Segunda Fiscalía Provincial Mixta de Andahuaylas, también despache con el Juzgado Penal Transitorio, a que se contrae el Artículo quinto de la Resolución Administrativa Nº 1173-CME-PJ, de 14 de junio de 2000; Que, estando al Acuerdo Nº 4789 adoptado por unanimidad en sesión de la fecha, con dispensa de la lectura del acta; dejándose constancia que el doctor Pedro Pablo Gutiérrez Ferreyra, Fiscal Supremo Titu- lar y Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, no se encuentra presente; y, en uso de las atribuciones que le confiere las Leyes Nºs. 26623, 26695, 26738 y 27009;