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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2000 (28/06/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 176

TEXTO PAGINA: 33

Pág. 188887 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 28 de junio de 2000del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Socieda- ciones En caso de denegatoria, el pro-des Administradoras, aprobado mediante Resolución CONASEV N° 026-2000 nunciamiento será emitido por la-EF/94.10, que le permitan cumplir con sus funciones adecuadamente. Gerencia General. Este pronun-3. Presentar la escritura pública de constitución social y estatutos, la que ciamiento puede ser objeto dedeberá guardar correspondencia con la información proporcionada en la Recurso de Reconsideración y/osolicitud de organización. de Apelación.4. Presentar un ejemplar de las Normas Internas de Conducta elaboradas La Apelación será resuelta porpor la sociedad administradora de conformidad con lo dispuesto por el el Directorio, agotando la víaartículo 10 del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus administrativa.Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolución CONASEV N°026-2000-EF/94.10.5. En el caso de subsidiarias de empresas del sistema financiero, adicional-mente deberán adjuntar la resolución de autorización de organización expe-dida por la Superintendencia de Banca y Seguros, así como la siguiente in-formación:a) Nombre del funcionario responsable del control interno a que hace refe-rencia el artículo 4° del Reglamento de Fondos de Inversión en Valores y susSociedades Administradoras, aprobado mediante Resolución CONASEV N°026-2000-EF/94.10b) Nómina de los miembros de directorio, gerencia, y comité de inversiones,así como sus respectivos currículum vitae.c) Declaración Jurada con una antigüedad no mayor a 30 días, de los accio-nistas y de quienes tengan a su cargo la dirección, administración y repre-sentación de la sociedad administradora de no estar incursos en los impedi-mentos y prohibiciones señalados en los artículos 263 y 264 inciso d) de laLey, en lo que corresponda.6. Comprobante de pago de los derechos respectivos. Nota: En el caso de subsidiarias de sociedades agentes de bolsa que solici-ten autorización de funcionamiento como sociedades administradoras defondos, debe observarse lo dispuesto en los artículos 193 y 194 inciso j) dela Ley del Mercado de Valores, aprobada por Decreto Legislativo N° 861. Base Legal : Artículos del 20 al 22 del Reglamento de Fondos Mutuos deInversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado medianteResolución CONASEV N° 026-2000-EF/94.10, publicado el 04/05/2000. 15 AUTORIZACIÓN A SOCIEDADES ADMI- 1. Cumplir con los requisitos establecidos en el procedimiento previsto para 1 UIT X Trámite En caso de aprobación, el pro-NISTRADORAS DE FONDOS MUTU- la obtención de la autorización de funcionamiento de Sociedades Adminis- 20 días útiles Documentario nunciamiento corresponde al Di-OS DE INVERSION EN VALORES A tradoras de Fondos de Inversión. de CONASEV rectorio. Este pronunciamientoACTUAR COMO SOCIEDADES ADMI- 2. Presentar la Escritura Pública de modificación de objeto social y denomi- puede ser objeto deNISTRADORAS DE FONDOS DE INVER- nación correspondiente. Reconsideración ante el mismoSIÓN. 3. Comprobante de pago de los derechos respectivos. Directorio, agotando la vía admi-nistrativa.Base Legal: Artículos 11, 22 y 41 del Reglamento de Fondos de Inversión y En caso de denegatoria, el pro-sus Sociedades Administradoras, aprobado mediante Resolución CONASEV nunciamiento será emitido por laNº 002-97-EF/94.10, publicada el 09/01/97. Gerencia General. Este pronun-ciamiento puede ser objeto deRecurso de Reconsideración y/ode Apelación.La Apelación será resuelta porel Directorio, agotando la víaadministrativa. 16 CANCELACIÓN DE LA AUTORIZA- 1. Solicitud presentada por la sociedad administradora dirigida al Gerente de 0,5 UIT X Trámite En caso de aprobación, el pro-CIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE LA Intermediarios y Fondos, acompañando copia simple del acta correspondien- 30 días útiles Documentario nunciamiento corresponde al Di-SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE te. siempre que en de CONASEV rectorio. Este pronunciamientoFONDOS MUTUOS 2. Constancia de haber iniciado el trámite de transferencia de los fondos dicho periodo puede ser objeto demutuos que están a su cargo. no se hayan Reconsideración ante el mismo3. Informe del cumplimiento de sus obligaciones contractuales derivadas del formulado Directorio, agotando la vía admi-ejercicio de sus funciones en el mercado de valores. observaciones. nistrativa.4. Comprobante de pago de los derechos respectivos. En caso de denegatoria, el pro-Nº DE DENOMINACION DEL DERECHO CALIFICACION DEPENDENCIA AUTORIDAD Y ORDEN PROCEDIMIENTO REQUISITOS DE PAGOAPROBACION CON EVALUACION PREVIA NO REGULADO DONDE SE INICIA RECURSOS AUTOMATICAPOSITIVO NEGATIVO EL TRAMITE IMPUGNATIVOS