Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2000 (08/09/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 8 de setiembre de 2000

Convocan a candidata no proclamada para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Conchucos
RESOLUCION Nº 1229-2000-JNE MORDAZA, 7 de setiembre de 2000 VISTA: La solicitud recibida el 14 de agosto del 2000, presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del concejo distrital de Conchucos, provincia de Pallasca, departamento de MORDAZA, sobre declaratoria de vacancia del cargo de regidor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castillo; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto por el numeral 10) del Articulo 36º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, es atribucion de los concejos municipales, declarar la vacancia de los cargos de MORDAZA y de regidor, por las causales establecidas en los Articulos 23º, 26º, 38º y 88º, siguiendo las formalidades previstas en el Articulo 27º de la acotada; Que, de fojas 39 a 41, aparece el acuerdo de concejo de sesion ordinaria de fecha 22 de MORDAZA del 2000, suscrito por la mayoria del numero legal de miembros, que declara la vacancia del cargo de regidor, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el concejo distrital de Conchucos, bajo acusacion de haber incurrido en la causal prevista en el inciso 5) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades, Nº 23853, que prescribe que vaca el cargo de MORDAZA o de regidor por inconcurrencia injustificada a 3 sesiones ordinarias consecutivas o 6 no consecutivas durante 3 meses; Que, en autos obran los siguientes medios probatorios que sustentan en forma legal la declaracion de vacancia acordada: a) De fojas 4 a 13, citaciones a cada una de las sesiones de concejo, notificadas por intermedio del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, gobernador del distrito de Conchucos, quien deja MORDAZA, que el regidor vacado, se nego a firmar; b) De fojas 15 a 37, copias de las actas de las sesiones a las que no asistio el regidor vacado; c) A fojas 43 y 44, Resolucion de Concejo Nº 06-2000 MDC-P/A, de fecha 18 de MORDAZA del 2000, que ratifica la declaratoria de vacancia del cargo de regidor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Castillo; d) A fojas 46, certificacion de los documentos MORDAZA descritos por el gobernador del distrito y el MORDAZA de la Policia Nacional del Peru, senor MORDAZA MORDAZA, jefe de la comisaria de Conchucos; e) De fojas 49 a 51, MORDAZA autenticada de la carta de fecha 15 de marzo del 2000, suscrita por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, dirigida al MORDAZA del distrito, en la que expresa su voluntad de apartarse de la funcion edil; Que, a fojas 53, obra MORDAZA del Oficio Nº 243-2000, de fecha 5 de agosto del 2000, dirigido al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante el cual se hace conocer la vacancia de su cargo; en la carta aparece cargo de recepcion, firma y documento de identidad del regidor vacado; consiguientemente la declaratoria de vacancia ha quedado consentida, al no haberse, interpuesto en el plazo de 8 dias, el recurso de revision previsto en el Articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que, de conformidad con el Articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el Articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, en caso de vacancia de un regidor, es reemplazado por el regidor suplente respectivo de su lista; y de la revision de la actas remitidas por el MORDAZA Especial de Pallasca, respecto a las elecciones municipales realizadas en 1998, corresponde asumir el cargo de regidora a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidata postulada por el Movimiento Independiente "Region Chavin"; por lo que: Al MORDAZA de las normas citadas, y en uso de las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Estado y la ley, el Pleno del MORDAZA Nacional del Elecciones: RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidata postulada por el Movimiento Independiente "Region Chavin", para que asuma el cargo de regidora en el concejo distrital de Conchucos, en reemplazo del ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA vacado por la causal prevista en el inciso 5) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades, Nº 23853. Articulo Segundo.- Otorgar la credencial respectiva a la regidora convocada, quien debera jurar y asumir el cargo, para cumplir funciones en lo que resta del periodo municipal 1999 al 2002. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion.

Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA TRUJILLANO, Secretario General 10271

ONPE
Declaran MORDAZA procedimiento de la iniciativa legislativa en la formacion de la ley "Por la defensa de los puertos peruanos"
RESOLUCION JEFATURAL Nº 285-2000-J/ONPE MORDAZA, 6 de setiembre del 2000 VISTO: El Informe Nº 1966-2000-GGE/ONPE de la Gerencia de Gestion Electoral, referido a la solicitud de iniciacion de procedimiento de comprobacion de firmas para la Iniciativa Legislativa "Por la defensa de los puertos peruanos" presentada por el promotor don MORDAZA Granadino Farias; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo prescrito en las Leyes Nº 26487 y Nº 26591, corresponde a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, verificar el cumplimiento de los requisitos formales exigidos, entre otros, para el ejercicio de los derechos de participacion de los ciudadanos a que se refiere la Ley Nº 26300, siendo uno de ellos la iniciativa en la formacion de las Leyes; Que, la Oficina Nacional de Procesos Electorales ha procedido a verificar los datos y las firmas de los 108,159 ciudadanos adherentes a la Iniciativa Legislativa, presentados por el recurrente, determinandose, consecuentemente, por Informe Nº 19662000-GGE/ONPE, que el numero de adherentes a la iniciativa es de 59,563 superando al 0.3% de la poblacion electoral nacional equivalente a 43,702 adherentes conforme establece la ley; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26487, Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; y Articulos 8º y 11º de la Ley Nº 26300; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarase MORDAZA el procedimiento de la Iniciativa Legislativa en la formacion de la Ley "Por la defensa de los puertos peruanos" por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PORTILLO MORDAZA Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales 10267

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial contra presuntos responsables de la comision de delitos contra la inscripcion electoral, el estado civil y la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 498-2000-JEF/RENIEC MORDAZA, 4 de setiembre del 2000

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