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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2001 (30/08/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 25

Pág. 209355 NORMAS LEGALES Lima, jueves 30 de agosto de 2001 General, las Oficinas Centrales, las Gerencias Nacionales y el Organo de Auditoría Interna. c) Interpretar, concordar, sistematizar y coordinar la divulgación de las normas legales relacionadas con la Seguridad Social y con la Institución. d) Elaborar y proponer los proyectos de normas legales que se requieran para el desarrollo y funcionamiento institucional. e) Asumir directamente a nivel de sede central y subsidiariamente respecto de los órganos desconcentra- dos, la defensa de la Institución en las acciones judiciales, constitucionales, administrativas y arbitrales, así como en las derivadas de los asuntos contenciosos administra- tivos, excepto en los procesos de cobranza coactiva, así como supervisar dichas acciones. f) Coordinar con los órganos responsables, la realiza- ción de programas de capacitación del personal de la Oficina Central de Asuntos Jurídicos y del Sistema de Asesoría Jurídica en general. g) Emitir informes previos a la resolución que ponga fin a los procedimientos administrativos, que deban ser resueltos por la Gerencia General o Presidencia Ejecutiva, cuando le sean requeridos. h) Realizar en el ámbito de su competencia otras funciones que le asigne la Gerencia General. CAPITULO IX DEL ORGANO DE APOYO ADMINISTRATIVO Artículo 28º. - El órgano de apoyo administrativo de la Gerencia General está constituido por: § Oficina de Asuntos Internacionales Artículo 29º. - Son funciones de la Oficina de Asuntos Internacionales: a) Formular, proponer e implementar los lineamientos de política institucional en materia de cooperación y ges- tión internacional. b) Conducir el programa de proyectos de cooperación internacional en la Institución, así como efectuar el segui- miento y evaluación de los mismos. Asimismo, orientar y apoyar a los distintos órganos de EsSalud, en el diseño de las solicitudes y perfiles de proyectos con cooperación internacional y coordinar su priorización. c) Gestionar y negociar los planes, programas y proyec- tos con cooperación internacional de EsSalud ante las agencias gubernamentales, entidades privadas extranje- ras y organizaciones internacionales especializadas. d) Formular, coordinar la pertinencia y proponer la suscripción, adhesión, prórroga, modificación, denuncia, rescisión o anulación de los Acuerdos y Convenios Inter- nacionales de EsSalud en materia de Cooperación Inter- nacional y Seguridad Social en Salud. e) Realizar el seguimiento, monitoreo y evaluación de los Acuerdos, Planes y Programas con Cooperación Inter- nacional y coordinar el cumplimiento de los compromisos asumidos por EsSalud en el marco de los Acuerdos y Convenios suscritos. f) Proponer, gestionar y administrar la afiliación y la participación de EsSalud en las organizaciones interna- cionales especializadas en cooperación internacional y seguridad social en salud. g) Coordinar las gestiones y procedimientos para la aceptación de donaciones procedentes del exterior y man- tener el Registro de Donaciones. h) Coordinar la promoción y difusión internacional de la imagen institucional y representar a EsSalud en los eventos internacionales que se realicen en el Perú y el extranjero en materia de cooperación internacional y seguridad social en salud. i) Realizar en el ámbito de su competencia otras funcio- nes que le asigne la Gerencia General. CAPITULO X DE LOS ORGANOS DE LINEA Artículo 30º. - Los órganos de línea de la Gerencia General están constituidos por: § La Gerencia Nacional de Operaciones § La Gerencia Nacional de Salud Artículo 31º. - La Gerencia Nacional de Operaciones tiene las siguientes funciones:a) Proponer a la Gerencia General las estrategias referidas a la mejora de la gestión en los Organos Descon- centrados. b) Evaluar y promover el desarrollo operativo de los Organos Desconcentrados. c) Proponer la implementación de alternativas de me- jora de la calidad en los servicios que se prestan a los asegurados en los Organos Desconcentrados. d) Coordinar con los Organos Desconcentrados los requerimientos de los recursos humanos, médicos, finan- cieros, de infraestructura, de sistemas de información y de servicios. e) Establecer canales de comunicación permanente con la Gerencia General, Gerencia Nacional de Salud y Orga- nos Desconcentrados para el cumplimiento de los objetivos institucionales. f) Impulsar y apoyar a los Organos Desconcentrados en el logro de sus objetivos. g) Coordinar con los Organos Desconcentrados las actividades y el apoyo al Programa Nacional de Volunta- riado. h) Formular y proponer las políticas relacionadas con la estandarización de procesos, organización, desarrollo de sistemas de información y telecomunicaciones. i) Formular y proponer a la Gerencia General los lineamientos de política, planes y programas inherentes al funcionamiento de los sistemas de seguros y de presta- ciones económicas, así como de control de las aportaciones del sistema de recaudación, con arreglo a las disposiciones legales vigentes. j) Formular, proponer y ejecutar las políticas, planes y programas de selección y evaluación, control de personal, relaciones laborales, capacitación, promoción, adminis- tración salarial y bienestar personal. k) Formular las políticas, planes y programas de los sistemas de abastecimiento, servicios generales, adminis- tración patrimonial e inmobiliaria, infraestructura, equi- pamiento y mantenimiento hospitalario. l) Formular los lineamientos de política institucional, planes y programas en materia de financiamiento, presu- puesto, inversiones financieras, administración de fon- dos, contabilidad, costos e información estadística. m) Elaborar, proponer, ejecutar y evaluar el plan operativo y presupuesto de la Gerencia Nacional de Ope- raciones. n) Administrar los recursos asignados, conforme a los dispositivos legales vigentes. o) Formular el Plan Operativo Institucional en coordi- nación con la Oficina Central de Planificación. p) Formular, proponer e implementar la normatividad referida a los sistemas de logística, finanzas, infraestruc- tura, personal, sistemas de información y comunicacio- nes, racionalización, seguros y prestaciones económicas, así como evaluar su cumplimiento. q) Realizar en el ámbito de su competencia otras funciones que le asigne la Gerencia General. Artículo 32º. - La Gerencia Nacional de Salud tiene las siguientes funciones: a) Elaborar y proponer a la Gerencia General los objetivos y lineamientos de política de salud y prestacio- nes sociales en coherencia con la visión y misión institu- cional. b) Determinar el Diagnóstico Situacional de la Salud en el ámbito institucional. c) Elaborar, proponer, difundir e implementar los do- cumentos técnicos normativos para las prestaciones de promoción, prevención, recuperación y rehabilitación de la salud, dentro del modelo de atención de salud vigente, así como los relacionados a prestaciones sociales y evaluar su cumplimiento. d) Formular, emitir, difundir e implementar las nor- mas y procedimientos técnicos que regulen la evaluación y calificación de la incapacidad para el trabajo y la certifi- cación médica y evaluar su cumplimiento. e) Formular, emitir y difundir las normas técnicas en materia de prevención de riesgos para la salud ocupacio- nal en los centros asistenciales y centros laborales. f) Formular, proponer e implementar las normas para selección, evaluación, asignación, distribución, uso y ubi- cación de medicamentos, insumos, material médico, equi- pamiento hospitalario, material radiológico e instrumen- tal quirúrgico, en el ámbito institucional y supervisar su cumplimiento. g) Elaborar indicadores y estándares para el otorga- miento de las prestaciones de los servicios de salud.