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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2001 (30/08/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 24

Pág. 209354 NORMAS LEGALES Lima, jueves 30 de agosto de 2001 dirección pertinentes para optimizar la gestión institucio- nal. g) Formular los Informes sobre la verificación y segui- miento de medidas correctivas, dispuestas por los funcio- narios responsables de superar e implantar en forma integral las Observaciones y Recomendaciones formula- das en los Informes de Auditoría y demás reportes perti- nentes, emitidos por la Contraloría General de la Repúbli- ca, las Sociedades de Auditoría Externa y el propio Organo de Auditoría Interna. h) Efectuar las coordinaciones respectivas con la Socie- dad de Auditoría Externa designada por la Contraloría General de la República o contratada conforme al Regla- mento de Designación de Sociedades de Auditoría, para examinar los Estados Financieros y el Balance General, correspondientes a cada ejercicio económico, cautelando el cumplimiento de los términos y condiciones establecidas en el contrato que para tal efecto se suscriba con la Institución. i) Administrar los recursos humanos, materiales, pre- supuestales y de capacitación que le sean asignados, coordinando las acciones que correspondan con las instan- cias pertinentes. j) Formular la Memoria Anual del Organo de Auditoría Interna. k) Realizar otras funciones, que le sean asignadas en el ámbito de su competencia, por la Presidencia Ejecutiva o la Contraloría General de la República. CAPITULO VI DE LOS ORGANOS DE APOYO DE LA PRESIDENCIA EJECUTIVA Artículo 21º. - Los Organos de apoyo de la Presidencia Ejecutiva están constituidos por: § Oficina de Imagen Institucional § Oficina de Defensa Nacional § Secretaría General Artículo 22º. - Son funciones de la Oficina de Imagen Institucional: a) Formular los lineamientos que permitan optimizar y fortalecer la imagen institucional del EsSalud. b) Brindar asesoramiento a la Presidencia Ejecutiva y demás Organos de EsSalud en materia de Imagen Institu- cional y Comunicaciones. c) Normar, dirigir, supervisar, aprobar, ejecutar y evaluar las acciones de información y comunicación, publicidad y relaciones públicas de la Institución a nivel nacional para su difusión en los medios de comunica- ción. d) Diseñar las estrategias en el ámbito institucional que propicien la participación activa de los agentes econó- micos, productivos y sociales en aspectos vinculados al mejoramiento de los servicios y prestaciones que brinda la Institución. e) Difundir los conceptos institucionales en materia de valores y cultura organizacional a todo el personal de la Institución. f) Capacitar, en los ámbitos de su competencia, a los responsables de las Oficinas de Imagen Institucional de las dependencias de la Institución a nivel nacional. g) Elaborar y ejecutar el Plan Operativo y Presupuesto de la Oficina de Imagen Institucional y evaluar sus resul- tados a nivel nacional. h) Realizar en el ámbito de su competencia otras funciones que le asigne la Presidencia Ejecutiva. Artículo 23º. - Son funciones de la Oficina de Defensa Nacional: a) Formular y proponer a la Presidencia Ejecutiva, los objetivos y política del Sistema de Defensa Nacional, así como las previsiones y acciones que garanticen la seguri- dad de EsSalud. b) Formular y proponer el Plan Estratégico y Operativo Anual con relación a situaciones de emergencia masiva y/ o desastres, de conformidad a las normas establecidas por el Sistema Nacional de Defensa Civil. c) Formular, coordinar y difundir los mapas de riesgo y análisis de vulnerabilidad hospitalaria sobre eventos adversos a nivel nacional. d) Programar y ejecutar actividades de acción cívica multisectorial para disminuir la vulnerabilidad socio. económica de la población a nivel nacional.e) Efectuar la capacitación e impulsar un adecuado asesoramiento a los diferentes órganos de EsSalud, para la elaboración, evaluación y aplicación técnica de las diferentes actividades relacionadas a la prevención, pre- paración, respuesta, rehabilitación y reconstrucción fren- te a emergencias masivas y/o desastres. f) Implementar la conformación de los Comités de Defensa Civil intra hospitalarios de EsSalud a nivel nacio- nal, en concordancia con lo establecido por Defensa Nacio- nal. g) Normar y difundir las acciones relacionadas con Defensa Nacional para prevenir y actuar en casos de desastres. h) Administrar la Escuela Nacional de Emergencias y Desastres. i) Coordinar y proponer convenios de cooperación mu- tua a nivel internacional en emergencias masivas y/o desastres. j) Realizar en el ámbito de su competencia otras funcio- nes que le asigne la Presidencia Ejecutiva. Artículo 24º. - Son funciones de la Secretaría General: a) Apoyar al Consejo Directivo, Presidencia Ejecutiva y a la Gerencia General en aspectos relacionados con la gestión institucional. b) Evaluar, organizar, normar, conducir, supervi- sar, así como difundir las normas y demás documentos relacionados con la gestión institucional a través del sistema de administración documentaria de la Institu- ción. c) Planear, organizar, normar, dirigir, controlar y eva- luar el sistema de administración documentaria y biblio- tecaria a nivel institucional. d) Administrar el presupuesto asignado al Consejo Directivo, Presidencia Ejecutiva, Gerencia General y Se- cretaría General, así como los que le sean encargados. e) Realizar en el ámbito de su competencia otras funciones que le asigne la Presidencia Ejecutiva. CAPITULO VII DEL ORGANO EJECUTIVO Artículo 25º. - El órgano ejecutivo está representado por el Gerente General y le compete: a) Ejercer la representación legal de EsSalud. b) Dirigir el funcionamiento de la Institución, emitir las directivas y los procedimientos internos necesarios, en concordancia con las políticas, lineamientos y demás disposiciones del Consejo Directivo y del Presidente Ejecutivo. c) Asistir a las reuniones del Consejo Directivo, con voz pero sin voto. d) Proporcionar al Presidente Ejecutivo la información y las propuestas necesarias para la adopción de los acuer- dos del Consejo Directivo. e) Proponer y canalizar a la Presidencia Ejecutiva elementos de política y estrategias para el mejor funciona- miento de la Institución. f) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo Directivo y las resoluciones del Presidente Ejecutivo. g) Designar al personal de dirección y de confianza, de acuerdo a la delegación conferida por el Presidente Ejecu- tivo. h) Celebrar actos y contratos dentro de las condiciones, montos y plazos que establezca el reglamento respectivo, que haya sido dispuesto por el Consejo Directivo y de acuerdo a las normas legales vigentes en la materia. i) Efectuar las demás que le confieran el Consejo Directivo, el Presidente Ejecutivo y los reglamentos internos. CAPITULO VIII DEL ORGANO DE ASESORAMIENTO Artículo 26º. - La Oficina Central de Asuntos Jurídi- cos es el órgano de asesoramiento de la Gerencia General. Artículo 27º. - Son funciones de la Oficina Central de Asuntos Jurídicos: a) Normar, dirigir, supervisar y evaluar las acciones del Sistema de Asesoría Jurídica. b) Asesorar y/o emitir opinión en asuntos de carácter jurídico - legal a nivel institucional, remitidas por el Consejo Directivo, la Presidencia Ejecutiva, la Gerencia