Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2001 (14/12/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 63

Pág. 213933 NORMAS LEGALES Lima, viernes 14 de diciembre de 2001 ORDENANZA DECLARAN AMNISTÍA GENERAL EN EL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES Artículo Primero.- OTORGAR AMNISTÍA por el pe- ríodo del 1 al 31 de diciembre del presente año, sobre la cobranza de los intereses, moras, reajustes y multas tribu- tarias, dejando sin efecto las Resoluciones de Determina- ción de Deuda Tributaria y Resoluciones de Ejecución Co- activa, por los conceptos siguientes: - Impuesto Predial de los años 1995 al 2001. - Arbitrios de Limpieza Pública, Relleno Sanitario, Par- ques y Jardines del año 1995 al 2001. - Tasa de Licencia de Funcionamiento del año 1996 al año 1999. - Impuesto de Alcabala del año 1996 al 2001. Artículo Segundo.- Mantener los beneficios otorgados mediante Ordenanza Nº 035-2001-MDSMP para los pre- dios dedicados a casa habitación, sobre los arbitrios de Limpieza Pública, Relleno Sanitario, Parques y Jardines. Artículo Tercero.- Incluir en la AMNISTÍA a los contribuyentes que estuvieran pendientes de pago por ha- berse acogido al fraccionamiento tributario por las cuotas pendientes de pago, siempre y cuando efectúen la cance- lación de la deuda dentro del período de amnistía. Artículo Cuarto.- Considerar dentro de la AMNISTÍA a los contribuyentes que estuvieran en Cobranza Coactiva liberando del pago de las Costas Procesales y otros gas- tos administrativos, exceptuándose a los que se encuen- tren con medidas cautelares en forma de inscripción, y las que se encuentren con retención bancaria efectiva. Artículo Quinto.- Encargar a la Oficina del Sistema de Administración Tributaria, Oficina de Administración, Unidad de Informática y la Unidad de Imagen Corporativa y Comunica- ción, la difusión y ejecución de la presente Ordenanza. DISPOSICIÓN FINAL Primera.- Efectuar las diligencias que el caso amerite con la finalidad de adecuar los Estados Financieros a la presente Ordenanza a través de la Comisión de Deudas Por Cobrar integrada por la Unidad de Control y Recaudación, la Unidad de Contabilidad y la Unidad de Informática. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. GLADYS UGAZ VERA Alcaldesa 36201 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Disponen remitir a la Secretaría Ge- neral los proyectos referidos a la ob- tención de licencia de obra en el mar- co de la Ley Nº 27157 y el D.S. Nº 008- 2000-MTC ORDENANZA Nº 04-2001-MDSM San Miguel, 31 de enero de 2001 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 191º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local con autonomía política y administrativa en los asuntos que son de su competencia; Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 11) del Artículo 65º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853, son funciones específicas de las Municipa- lidades en materia de acondicionamiento territorial, vivien- da y seguridad colectiva, reglamentar, otorgar licencias y controlar las construcciones, remodelaciones y demolicio- nes de los inmuebles de las áreas urbanas, de conformi-dad con las normas del Reglamento Nacional de Cons- trucciones y el Reglamento Provincial respectivo; Que, la Ley Nº 27157 establece los procedimientos para el saneamiento de la titulación y de unidades inmobiliarias de propiedad exclusiva y propiedad común, así como el procedimiento para la tramitación de la declaratoria de fá- brica y el régimen legal de las unidades inmobiliarias de propiedad exclusiva y de propiedad común; Que, el Reglamento de la Ley Nº 27157 ha sido apro- bado por el Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC, publica- do con fecha 17 de febrero de 2000, estableciendo en el numeral 85.1 del Artículo 85º que el Presidente de la Co- misión Técnica Calificadora de Proyectos, en su calidad de funcionario municipal debe emitir una resolución defini- tiva de Licencia de Obra; Que, en consecuencia corresponde al funcionario mu- nicipal emitir la Resolución definitiva de Licencia de Obra por mandato expreso del Reglamento de la Ley Nº 27157; Que, estando a lo dispuesto por el Artículo 28º literal f) y g), del Edicto Nº 02-98-MDSM - Reglamento de Organi- zación y Funciones de la Municipalidad Distrital de San Miguel, y acorde al marco legal que se menciona en los párrafos precedentes, es necesario asignar como función de la Dirección de Infraestructura y Desarrollo Urbano, la de resolver los casos de otorgamiento de Licencia de Obra, vía Resolución Directoral, observando los procedimientos y plazos establecidos en la Ley Nº 27157 y su Reglamen- to, Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC; Que, es función de la Secretaría General mantener y organizar la base de datos y el archivo central de la Muni- cipalidad, por lo que en ese sentido es necesario que to- dos los proyectos de las resoluciones directorales se re- gistren en la Secretaría General, por un plazo único y es- pecial que se integre al Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad de San Miguel y a las normas emanadas del Gobierno Central; De conformidad a lo dispuesto en los Artículos 66º y 109º de la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley Nº 23853); POR CUANTO: En Sesión Extraordinaria de la fecha el Concejo Distri- tal, con dispensa de la aprobación del Acta acordó aprobar la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Dispóngase la remisión de los pro- yectos referidos a la obtención de la Licencia de Obra, en el marco de la aplicación de la Ley Nº 27157 y el Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC, por la Dirección de Infraes- tructura y Desarrollo Urbano previo a su aprobación y den- tro de los términos que exige el trámite, a la Secretaría General por espacio de diez (10) días hábiles. Artículo Segundo.- La Secretaría General imple- mentará un registro especial denominado "Registro de Pro- yectos de Licencias Obra" donde quedarán registrados los expedientes administrativos ingresados por dicho trámite a la Dirección de Infraestructura y Desarrollo Urbano. Al cabo del plazo de diez (10) días hábiles, la Secreta- ría General devolverá los proyectos de Licencia de Obra a la Dirección de Infraestructura y Desarrollo Urbano debi- damente ingresados y registrados, para la prosecución del trámite administrativo. El Director de Infraestructura y Desarrollo Urbano será responsable de las Resoluciones Directorales que emita. Artículo Tercero.- Intégrese el plazo a que se refiere el Artículo Primero de la presente Ordenanza a los plazos que establece el Texto Unico de Procedimientos Adminis- trativos -TUPA- de la Municipalidad Distrital de San Miguel al amparo de la Ley Nº 27157 y su Reglamento, Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC. Artículo Cuarto.- Las Resoluciones Directorales que se expidan sin observar el requisito de registro previsto en esta ordenanza serán nulas y acarrearán responsabilidad en los funcionarios que la expidan. Artículo Quinto.- Facúltese a la Alcaldía para que vía decreto dicte las disposiciones reglamentarias de la pre- sente Ordenanza. Artículo Sexto.- Encargar a la Dirección de Infraestructura y Desarrollo Urbano, a sus dependencias y a la Secretaría General el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARINA SEQUEIROS MONTESINOS Alcaldesa 36088