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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2001 (14/12/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 62

Pág. 213932 NORMAS LEGALES Lima, viernes 14 de diciembre de 2001 187, 210 y 220 que Regulan los Arbitrios de Limpieza Pú- blica y Parques y Jardines y, Serenazgo. Artículo Segundo.- Fíjese el costo único de emisión de los recibos de pago de los arbitrios, impuesto predial y la correspondiente emisión de las declaraciones juradas de autoavalúo, incluyendo su distribución a domicilio en 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1 de ene- ro del año 2002 y para los contribuyentes que tengan más de un predio se cobrará el 50% por cada predio adicional. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la pre- sente Ordenanza a la Gerencia de Rentas en lo que co- rresponda. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi- cial. Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE LERMO RENGIFO Alcalde 36173 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES Prorrogan plazo de vigencia de las Orde- nanzas Nºs. 022 y 027-2001-MDSMP referidas al Beneficio de Regularización de Licencia de Construcción ORDENANZA Nº 037-2001/MDSMP San Martín de Porres, 20 de noviembre de 2001 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTIN DE PORRES POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 20 de noviembre del año en curso; VISTO, el Informe Nº 437-2001-DDU-MDSMP de fecha 6 de noviembre del 2001 e Informe Nº 123-2001-DLOP- DDU de fecha 31 de octubre del 2001, mediante el cual se solicita la prórroga del Beneficio de Regularización de Li- cencia de Construcción otorgado con la Ordenanza Nº 022- 2001-MDSMP y ampliada su vigencia con Ordenanza Nº 027-2001-MDSMP; CONSIDERANDO: Que, con Ordenanza Nº 022-2001-MDSMP de fecha 28 de junio del 2001, se resuelve otorgar el BENEFICIO DE REGULARIZACION DE LICENCIA DE CONSTRUC- CION aplicables a todas las edificaciones de uso exclusi- vo de vivienda hasta tres pisos, incluyendo en dicho bene- ficio a todos los expedientes pendientes de liquidación y a solicitud del propietario. Ampliándose su vigencia con la Ordenanza Nº 027-2001-MDSMP por un período de 60 días a partir del 4 de septiembre del 2001; Que, es política de la actual Gestión Municipal, mejorar el otorgamiento de facilidades a los contribuyentes modifi- cando el Art. Segundo de la Ordenanza Nº 022-2001- MDSMP a fin de regularizar su trámite de Licencia de Cons- trucción con montos diferenciados según el número de pi- sos edificado, estableciendo procedimientos y requisitos simplificados que posibilitan su cumplimiento; al tener en cuenta la situación de recesión económica y la necesidad de un ordenamiento técnico y profesional para las edifica- ciones existentes; Que, de acuerdo con el Art. 47º Inc. 6), Art. 111º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, el Concejo Municipal por mayoría aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 022-2001-MDSMP y Ordenanza Nº 027- 2001-MDSMP, sobre Beneficio de Regularización de Licen- cia de Construcción, por un período hasta el 31 de diciem- bre del presente año.Artículo Segundo.- Modificar el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 022-2001-MDSMP en el sentido siguiente: Artículo Segundo.- Conceder adicionalmente 15 días de plazo para presentar la documentación técnica, des- pués de haberse acogido al Beneficio según lo estipulado en el Artículo Primero de la presente Ordenanza con la presentación del Formato solicitud y cancelar el pago de acuerdo a lo siguiente: 1.Asentamientos Humanos, Pueblos Jóvenes, Asentamientos Humanos Marginales y análogos S/. 50.00 2.Asociaciones, Cooperativas: Por un Piso S/. 100.00 Por dos Pisos S/. 150.00 Por tres Pisos S/. 200.00 3.Urbanizaciones Por un Piso S/. 100.00 Por dos Pisos S/. 200.00 Por tres Pisos S/. 300.00 Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Desarro- llo Urbano, a la Dirección de Administración Tributaria y Unidad de Imagen Corporativa y Comunicación, la ejecu- ción y difusión de la presente ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. GLADYS UGAZ VERA Alcaldesa 36200 Otorgan amnistía tributaria a favor de contribuyentes relativa al impuesto pre- dial, arbitrios, licencia de funciona- miento e impuesto de alcabala ORDENANZA Nº 038-2001-MDSMP San Martín de Porres, 30 de noviembre de 2001 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 30 de noviembre del 2001; VISTO; el Informe Nº 325-2001-SIAT/MDSMP, pre- sentado por el Director del Sistema de Administración Tributaria, e Informe Nº 1390-2001/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 221-2001- OPRP/SMP de la Oficina de Planificación, Presupuesto y Racionalización y contando con el Dictamen favora- ble de la Comisión de Economía, Planificación y Presu- puesto; CONSIDERANDO: Que, la actual gestión municipal, tiene como principal objetivo, como parte de su política de apoyo y defensa de la economía popular hecho que se ha puesto de manifiesto con los beneficios otorgados mediante ordenanzas apro- badas por el Concejo Municipal durante la presente admi- nistración; Que, de acuerdo al Art. 191º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local y tienen autonomía política, económica y administra- tiva en los asuntos de su competencia; Que, mediante el Art. 41º del D.S. Nº 135-99-EF, Códi- go Tributario, los Gobiernos Locales pueden condonar el interés moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administran, asimismo, de acuerdo al Art. 10º numeral 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, es competencia de la Municipalidad administrar sus bienes y rentas; Que, el Art. 36º numeral 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades concordante con la Norma IV del Código Tributario, D.S. Nº 135-99-EF, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad la siguiente: