Norma Legal Oficial del día 17 de diciembre del año 2001 (17/12/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 17 de diciembre de 2001

b. La oferta de filetes de pescado, conchas de abanico, caracoles y otros moluscos pelados, debe realizarse en bandejas de material no oxidable, limpias y desinfectadas, colocadas sobre el hielo del exhibidor. c. No se debe mezclar el pescado entero con los filetes o moluscos pelados, al momento de ofrecerlos y exponerlos a la venta. d. El hielo utilizado, debe ser limpio, almacenado higienicamente, elaborado a partir de agua potable y estar convenientemente molido, de tal forma que permita su mezcla homogenea con el pescado. e. La comercializacion de moluscos bivalvos, gasteropodos y equinodermos enteros, se debe realizar al estado vivo o refrigerados con hielo y deben haber ingresado al MORDAZA en esta condicion. f. Los camarones de rio deben ser expendidos vivos o refrigerados con hielo. Los camarones refrigerados con hielo deben haber ingresado al MORDAZA bajo esta condicion. g. Las colas de langostas refrigeradas con hielo, deben haber ingresado al MORDAZA bajo esta condicion. h. Los langostinos enteros o en colas, deben ser refrigerados con hielo y llegar en tales condiciones al mercado. i. Los moluscos bivalvos, gasteropodos y equinodermos desconchados, crudos y/o precocidos, deben venderse refrigerados con hielo o congelados. j. El pescado ligeramente salado (salpreso o salado humedo), debe exponerse en forma separada del pescado fresco. Asimismo, debe ser almacenado con refrigeracion a temperaturas cercanas a 0° C. La venta debe realizarse en MORDAZA o bolsas. k. Los productos congelados, crudos o precocidos, se deben presentar congelados y debidamente empacados. En este caso se deben mantener almacenados en congeladores a temperaturas de -18° C o menos. La limpieza del puesto de venta Articulo 58º.- Los vendedores minoristas o manipuladores son responsables de mantener su limpieza personal, asi como la higiene de los puestos, equipos y utensilios de tal manera que no signifiquen riesgo de contaminacion del pescado. El comerciante minorista debe mantener limpios los utensilios y elementos utilizados para la venta. Por lo menos una vez al dia, se debe ejecutar una operacion de limpieza y desinfeccion, incluyendo materiales, utensilios y todo el puesto de venta, aplicando procedimientos de limpieza y desinfeccion, para lo cual debe utilizarse detergentes y desinfectantes aprobados por la autoridad de inspeccion sanitaria. TITULO VII DE LAS ACTIVIDADES DE PROCESAMIENTO CAPITULO I GENERALIDADES Aplicacion Articulo 59º.- El presente titulo regula los requerimientos sanitarios y las condiciones que deben cumplir los establecimientos y plantas de procesamiento de productos pesqueros destinados al consumo humano, independientemente de la capacidad instalada y de la tecnologia empleada, incluyendo las areas circundantes a las instalaciones respecto a las que el operador tiene competencia y control. Tambien se aplica, en lo que corresponda, a las instalaciones o establecimientos dedicados a la provision de servicios de almacenamiento de productos pesqueros en forma exclusiva o conjuntamente con otros productos alimenticios. Actividades de procesamiento Articulo 60º.- El procesamiento de productos pesqueros incluye las actividades de refrigerado, congelado, salado, secado, marinado, ahumado, conservas, produccion de concentrados proteinicos, u otras tecnicas dirigidas a la preservacion o transformacion del pescado destinado al consumo humano.

Ubicacion Articulo 61º.- Las fabricas o plantas de procesamiento pesquero deben estar ubicadas en lugares que no signifiquen riesgo de contaminacion para los productos pesqueros. La ubicacion de la planta debe garantizar el acceso a un suministro de agua limpia, asi como a la eliminacion adecuada de sus residuos y efluentes. Asimismo, deben estar localizadas en areas libres de riesgos de inundacion o exposicion a un deficiente drenaje. Alrededores y vias de acceso Articulo 62º.- Los alrededores del establecimiento deben estar libres de maleza o de acumulacion de desperdicios o basura que pudiera significar el refugio de plagas u otros animales. Las vias de acceso inmediatas a las plantas deben estar pavimentadas con superficies impermeables, resistentes al uso propuesto y faciles de limpiar. CAPITULO II REQUERIMIENTOS DE DISENO Y CONSTRUCCION Fabricas o plantas Articulo 63º.- El diseno, construccion y dimensiones de las fabricas o plantas, deben asegurar un procesamiento bajo condiciones higienicas y sanitarias, previniendo la contaminacion y facilitando su mantenimiento, limpieza y desinfeccion. Condiciones Articulo 64º.- Las fabricas o plantas de procesamiento deben contar con ambientes cerrados, asimismo con las necesarias puertas y ventanas u otro MORDAZA de comunicacion con el exterior, disenadas y construidas de modo que prevengan la contaminacion hacia el interior de la planta. Estructuras y acabados Articulo 65º.- El diseno, construccion de las estructuras y acabados de las plantas de procesamiento deben permitir la higiene, la proteccion contra la contaminacion y facilitar un adecuado mantenimiento, para lo cual: a. Los pisos: Debe ser construidos de materiales resistentes, durables, no deslizantes. En las zonas humedas de trabajo, debe tener pendientes hacia los sistemas de drenaje, sumideros o canaletas. Las uniones de los pisos con las MORDAZA deben ser redondeadas y estancas a la filtracion de agua. b. Las paredes: Deben ser de superficies lisas e impermeables. Las superficies internas de las MORDAZA de las zonas humedas, deben ser recubiertas con un acabado liso, no absorbente, durable, resistente al MORDAZA frecuente, de color MORDAZA, hasta una altura no menor de 1.2 m. Las MORDAZA no recubiertas deben ser protegidas con pinturas impermeables, lavables y de color claro. c. Los techos: Deben ser disenados de tal manera que permitan su facil limpieza y adecuado mantenimiento, construidos de materiales resistentes, a prueba de lluvias y otras inclemencias climaticas y con acabados interiores de color claro. La uniones con las MORDAZA no deben permitir el ingreso ni acumulacion de polvo, asi como plagas y otros animales. d. Las puertas: Deben tener superficies lisas, no absorbentes y permitir un cierre adecuado de manera tal que se impida el paso del polvo, insectos o roedores. e. Las ventanas: Deben ser disenadas y construidas de tal manera que no acumulen polvo, ni otras suciedades. SUBCAPITULO I SUMINISTROS Y OTROS SERVICIOS Agua Articulo 66º.- Las fabricas o plantas deben tener un sistema adecuado de suministro, almacenamiento y distribucion de agua limpia para sus operaciones de procesamiento.

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