Norma Legal Oficial del día 12 de febrero del año 2001 (12/02/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, lunes 12 de febrero de 2001

NORMAS LEGALES

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Autorizan a procurador formular denuncia contra presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 071-2001-MTC/15.02 MORDAZA, 8 de febrero de 2001 VISTOS, los expedientes de Registros Nºs. 06786, 06269, 01060, 02914010, 008848, 06514, 05891 y 05873, Informes Nºs. 1609 y 1427-2000-MTC/15.18.05.3 AA elaborados por el Area de Antecedentes de la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir e Informe Nº 711-2000-MTC/15.18.01 de la Direccion de Asesoria Legal de la Direccion General de Circulacion Terrestre; CONSIDERANDO: Que, las siguientes comisarias de la Policia Nacional del Peru mediante los correspondientes oficios, han remitido las siguientes Licencias de Conducir a la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion para la verificacion correspondiente:
COMISARIA UCOTRAM P.N.P. UCOTRAM P.N.P. Unidad de Control de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Centro MORDAZA OFICIO 562-2000-DISENVI-DPTUCOTRAM-JPO 520-2000-DINSEVI-DPTUCOTRAM-JPO 93 y 335-2000DINSEVI-DPT-UCTLC/JPO 1146-00-COMIS. MORDAZA "A"SIAT 312-JAP-L4-SL-CY-SIAT 598-JAP.10-SJM-CJCM-SIAT LICENCIAS AC-0117023/A-II AB-0125796/A-III G-286104/2D FECHA DE REVALIDACION 31.7.2000 28.2.2000 -----

representacion y defensa de los intereses del Estado inicie e impulse las acciones legales que correspondan contra los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables por los hechos descritos precedentemente. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial asi como los antecedentes del caso al mencionado Procurador Publico para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 17984

Aprueban la Regulacion Aeronautica del Peru Nº 141
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 290-2000-MTC/15.16 MORDAZA, 13 de diciembre del 2000 CONSIDERANDO: Que, el Articulo 9º, inciso c) de la Ley de Aeronautica Civil del Peru, Ley Nº 27261 establece que la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para aprobar, modificar y dejar sin efecto las Regulaciones Aeronauticas del Peru y las directivas tecnicas; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 126-96MTC/15.12, del 18 de noviembre de 1996, dentro del MORDAZA de adecuacion de la normatividad tecnica nacional a los estandares internacionales establecidos por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, la Direccion General de Aeronautica Civil aprobo las Regulaciones Aeronauticas del Peru; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 077-97MTC/15.16, del 16 de MORDAZA de 1997, la Direccion General de Aeronautica Civil, luego de analizar y evaluar las Regulaciones Aeronauticas del Peru, tomando en consideracion los aportes y sugerencias recibidos por parte de operadores, personal aeronautico y publico en general, dispuso su aplicacion a todas las personas y entidades, naturales y juridicas del ambito aeronautico; Que, en el MORDAZA del MORDAZA permanente de revision y evaluacion de todos los aspectos tecnicos y operativos se ha revisado la RAP 141 - Escuela de Pilotos; por lo que es necesario aprobar dicha revision a fin de que su cumplimiento sea obligatorio a nivel nacional; De conformidad con la Ley de Aeronautica Civil del Peru, Ley Nº 27261, el Reglamento, Decreto Supremo Nº 054-88-TC, modificado por el Decreto Supremo Nº 019-90-TC y Decreto Supremo Nº 009-96-MTC, vigente segun lo establecido en la Tercera Disposicion Transitoria y Final de la Ley Nº 27261 y estando a lo opinado por la Direccion de Seguridad Aerea y la Oficina de Asesoria Legal; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el texto de la Revision de la Regulacion Aeronautica del Peru 141, el cual forma parte integrante de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese.

AA-0210788/A-II

14.8.2002

Yerbateros MORDAZA MORDAZA Mariategui

AE-0022354/A-I AC-0147522/A-II

8.5.2003 9.2.2002

Que, de la Revision de la Base de Datos del Centro de Computo, Antecedentes Registrales y Padron General de la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial, se ha constatado que las Licencias de Conducir Nºs. AC-0117023/A-II, AB-0125796/A-III, G-286104/2D y AA-0210788/A-III de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA respectivamente, han sido adulteradas presuntamente por sus titulares y las Licencias de Conducir Nºs. AE 0022354/A-I y AC-0147522/A-II, a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA respectivamente, corresponden a otras personas que resultan ser los verdaderos titulares, lo que determina que dichas Licencias de Conducir MORDAZA falsas; Que, los hechos descritos anteriormente constituirian delito contra la fe publica conforme lo tipifica el Articulo 427º del Codigo Penal por lo que resulta necesario autorizar al Procurador Publico de este Ministerio para que inicie las acciones legales correspondientes contra las personas MORDAZA mencionadas y los que resulten responsables; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 y 25862; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion para que en

MORDAZA MORDAZA HARMES BOURONCLE Director General de Aeronautica Civil

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