Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2001 (08/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, MORDAZA 8 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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juridicas que se dediquen al cultivo de langostinos y/o al policultivo y/o al manejo de centros de produccion de semillas o post larvas mejoradas, que se encuentren debidamente constituidas y con autorizacion vigente otorgada por parte del Ministerio de Pesqueria y, siempre que, cumplan con los requisitos establecidos en el Reglamento que forma parte del presente Programa. Ello permitiria rehabilitar aproximadamente 75 Has. con una produccion calculada de 1'600,000 kg. por ano que representaria ventas totales del orden de US$ 11 millones anuales, generando empleo directo e indirecto para aproximadamente 6,000 personas. Los solicitantes del credito, seran objeto de una evaluacion que contemple aspectos productivos, tecnicos, patrimoniales, economicos y financieros, entre otros. Asimismo, los proyectos de los solicitantes estaran sujetos a evaluaciones respecto a las medidas que directamente hayan realizado para la reconversion y/o equipamiento de sus instalaciones a fin de poder determinar su viabilidad. VI. DESTINO DEL CREDITO Los recursos del programa de credito solo se podran emplear en: - Inversion en reconversion: movimiento de tierra, obras de arte, MORDAZA, perforacion y equipamiento de pozos de agua, adquisicion e instalacion de materiales como "liners plasticos" o geomembranas, mallas, filtros, cercos de seguridad, entre otros. - Inversion en la adecuacion de laboratorios para la obtencion de semilla o post larva mejorada que pueda ser cultivada en convivencia con el virus. - Equipamiento: aireadores, transformadores electricos, equipos y materiales de analisis de agua, equipos y materiales de sanidad, equipos de produccion (comederos, redes, canoas), materiales y equipos de laboratorio. - Insumos: adquisicion de post larvas o semillas mejoradas producto de centros reconocidos, alimento balanceado, aditivos al alimento, probioticos, desinfectantes, fertilizantes, microalgas, reactivos aplicados a la produccion de microalgas, artemia, energia electrica y combustibles y lubricantes exclusivamente destinados a los equipos para el cultivo. No se considerara combustible y lubricantes para vehiculos. - Pago de impuestos indirectos (IGV y aranceles a la importacion) por la compra de bienes aplicables al proyecto. - Otros bienes o servicios que segun la tecnologia a emplear y a criterio del FONDEPES MORDAZA aceptables. Igualmente, se establece en forma expresa que los recursos economicos destinados al presente Programa no se podran destinar a rubros que no se apliquen en forma directa al Programa de Credito, tales como: pago de deudas anteriores o sus intereses, pago de ningun MORDAZA de tributo directo, compra de bienes y servicios no aplicables directamente al proyecto como vehiculos, mobiliarios, equipos de oficina y/o computo, pago de alquileres, gastos administrativos, estudios, seguros, gastos generales de la empresa, mano de obra directa. VII. MODALIDAD, CONDICIONES, REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO La modalidad de ejecucion, condiciones crediticias, requisitos y procedimientos se detallan en el Reglamento que forma parte del presente Programa de Credito. VIII. DIFUSION A fin de lograr la meta del Programa, se efectuara una masiva difusion a traves de cartillas y otros medios idoneos entre todas las personas naturales y/o juridicas indicadas en el numeral V. Asimismo, se establecera coordinaciones con la Direccion Regional de Pesqueria de Tumbes y con la Asociacion Langostinera del Peru (ALPE). Se preve tambien la participacion de representantes del FONDEPES en certamenes relacionados con el Programa. REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE CREDITO PARA LA RECUPERACION DE LA MORDAZA LANGOSTINERA I. ANTECEDENTES Al termino de la primera fase de trabajo de la Comision Especial constituida por Resolucion Ministerial Nº 016-

2001-PE, para mitigar el efecto del virus de la mancha MORDAZA, se tuvo un diagnostico, el mismo que se resume de la siguiente manera: El virus de la mancha MORDAZA originario de MORDAZA, llego a las costas de Centro y Sudamerica a inicios de 1999, detectandose en las costas del Peru a fines de agosto de dicho ano. A pesar de los esfuerzos realizados para evitar su ingreso al MORDAZA, este virus se presento en los centros de cultivo y se disemino rapidamente. Esto genero la reduccion del empleo y la disminucion de los estanques operativos (de 3,500 a 500 hectareas), el cierre de los centros de produccion de semilla o post larva y la caida de las exportaciones de alrededor de US$ 50 millones anuales a solo US$ 3 millones en el ano 2000. Como consecuencia de este diagnostico se elaboro el Plan de Accion, el mismo que comprende: a) Corto Plazo.- Aplicacion de sistemas de cultivo bioseguros tecnica y economicamente viables. Esto implica la utilizacion de semilla o post larva MORDAZA y certificada, el aislamiento de MORDAZA de contaminacion de enfermedades y el mantenimiento de buenas condiciones ambientales. Tambien se establecio la posibilidad del cultivo del langostino con otras especies simultaneamente (policultivos), con el objeto de aumentar los rendimientos de la operacion y reducir el impacto de enfermedades. Asimismo, se contemplo la posibilidad de realizar cultivos alternativos con tilapias u otras especies, y, finalmente se considero la ejecucion de cultivos extensivos de langostinos a densidades bajas, aplicando un recambio de agua reducido. b) Mediano o Largo Plazo.- El cultivo de los langostinos en el mediano y largo plazo requerira de la obtencion de semilla o post larva mejorada que pueda ser cultivada en convivencia con el virus, para ello se requiere de la implementacion de centros especializados en produccion de semillas o post larvas de lineas geneticas libres o resistentes al virus. c) Programa de Soporte Tecnico.- Se requiere trabajar con un soporte tecnico solido en areas tales como i) investigacion relacionada con enfermedades, domesticacion y cultivo; ii) monitoreo de la presencia del virus en estanques y lugares aledanos; iii) analisis y diagnostico de patogenos, y iv) coordinacion y asistencia tecnica. Como resultado de este Plan de Accion, se inicio la Etapa I, para la consecucion de un Plan Piloto de Investigacion bajo la direccion del IMARPE con apoyo del FONDEPES, dirigido a desarrollar cultivos experimentales de langostinos en convivencia con el virus de la mancha MORDAZA empleando sistemas bioseguros que puedan servir como modulos replicables, para lo cual el Ministerio de Pesqueria destino US$ 600,000 y se MORDAZA un Convenio entre el Ministerio de Pesqueria - MIPE, el Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE y el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES. Actualmente, se vienen desarrollando algunas experiencias de cultivo de langostinos a nivel piloto por parte de algunas empresas del sector privado empleando sistemas bioseguros, las mismas que ya obtuvieron sus primeros resultados, los que serviran de MORDAZA referencial para la determinacion de su aplicabilidad a escalas intermedias. Todo lo cual servira para el MORDAZA de la Etapa II, la misma que permitira al MIPE solicitar US$ 1 millon destinado al Primer Programa de Creditos a cargo del FONDEPES, para replicar estas experiencias en una escala mayor y reactivar al sector langostinero. Cabe recalcar que para esta Etapa se tomara en cuenta el cultivo de langostinos y policultivos, en ambos casos con sistemas bioseguros, por lo tanto no se incorporara a los centros de produccion de semillas mejoradas y, tampoco se incorporaran a los cultivos extensivos, dado que este sistema de cultivo es altamente vulnerable a la ocurrencia de epizootias. Para la Etapa III se preve contar con los resultados de los cultivos experimentales de las Etapas I y II, y habiendo definido aquellos que pudieran ser replicables y que permitan asegurar la recuperacion de la MORDAZA langostinera, se preparara un informe final con el objeto de obtener recursos financieros adicionales de US$ 4 millones que permitira ampliar el mencionado Programa de Creditos. En esta etapa se incorporaran en el indicado Programa, a los centros productores de semillas. Con fecha 16 de MORDAZA del 2001, la Alta Direccion del MIPE encargo al FONDEPES la elaboracion del Programa Crediticio dirigido a las empresas langostineras y centros de produccion de semillas o post larvas mejoradas, con condiciones especiales para promover la reactivacion y el desarrollo de la MORDAZA langostinera.

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