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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2001 (15/07/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 14

Pág. 206764 NORMAS LEGALES Lima, domingo 15 de julio de 2001 Autorizan viaje de profesionales de ESSALUD para participar en curso sobre terapia familiar sistémica, a realizarse en los EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 126-2001-TR Lima, 13 de julio de 2001 VISTO: El Oficio Nº 395-PE-ESSALUD-2001 del Presidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud (ESSALUD) y el Acuerdo Nº 156-19-ESSALUD-2001 del Consejo Directi- vo de ESSALUD; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Massachusetts, EE.UU., se llevará a cabo el CURSO "TERAPIA FAMILIAR SISTE- MICA", organizado por el Smith College, del 16 al 27 de julio del 2001; Que, teniendo en cuenta que dicha actividad de capacitación resulta de suma importancia para los fines institucionales del Seguro Social de Salud (ESSALUD), el Consejo Directivo de dicha entidad mediante Acuerdo Nº 156-19-ESSALUD-2001, ex- presó su aprobación a la participación de la señora CELINDA HAYDEE AVALOS VILLENA, Asistenta Social del Servicio de Trabajo Social del Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Martins, en el referido evento; Que, los gastos que irrogue el desplazamiento serán asumidos por la citada profesional; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supre- mo Nº 048-2001-PCM, modificado por el Decreto Supre- mo Nº 053-2001-PCM; y, Estando a lo propuesto; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora CELINDA HAYDEE AVALOS VILLENA, Asistenta Social del Servicio de Trabajo Social del Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Martins del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la ciudad de Massa- chusetts, EE.UU., del 16 al 27 de julio del 2001, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- El viaje autorizado en el artículo prece- dente no irrogará gastos con cargo al presupuesto del Seguro Social de Salud (ESSALUD). Artículo 3º.- La presente resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cua- lesquiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME ZAVALA COSTA Ministro de Trabajo y Promoción Social 27170 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 127-2001-TR Lima, 13 de julio de 2001 VISTO: El Oficio Nº 395-PE-ESSALUD-2001 del Presidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud (ESSALUD) y el Acuerdo Nº 157-19-ESSALUD-2001 del Consejo Directi- vo de ESSALUD; y, CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de Massachusetts, EE.UU., se llevará a cabo el CURSO "TERAPIA FAMILIAR SISTE-MICA", organizado por el Smith College, del 16 al 27 de julio del 2001; Que, teniendo en cuenta que dicha actividad de capa- citación resulta de suma importancia para los fines institucionales del Seguro Social de Salud (ESSALUD), el Consejo Directivo de dicha entidad mediante Acuerdo Nº 157-19-ESSALUD-2001, expresó su aprobación a la participación de la señora PAULINA CRISTINA ESCO- BAR MIRANDA, Asistenta Social del Servicio de Traba- jo Social del Hospital Nacional Edgardo Rebagliati Mar- tins, en el referido evento; Que, los gastos que irrogue el desplazamiento serán asumidos por la citada profesional; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supre- mo Nº 048-2001-PCM, modificado por el Decreto Supre- mo Nº 053-2001-PCM; y, Estando a lo propuesto; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora PAULINA CRISTINA ESCOBAR MIRANDA, Asis- tenta Social del Servicio de Trabajo Social del Hospi- tal Nacional Edgardo Rebagliati Martins del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la ciudad de Mas- sachusetts, EE.UU., del 16 al 27 de julio del 2001, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- El viaje autorizado en el artículo prece- dente no irrogará gastos con cargo al presupuesto del Seguro Social de Salud (ESSALUD). Artículo 3º.- La presente resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cua- lesquiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME ZAVALA COSTA Ministro de Trabajo y Promoción Social 27172 M T C Autorizan viaje de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a los EE.UU., Chile, Ecuador, Colombia, Argentina y Costa Rica, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 095-2001-MTC Lima, 14 de julio de 2001 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 035-99-MTC establece por excepción que los viajes al exterior que realicen los Inspectores de la Dirección General de Transporte Aé- reo, hoy Dirección General de Aeronáutica Civil, del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, que irroguen gastos al Estado por concep- to de viáticos y pasajes, en cumplimiento de sus funcio- nes de acuerdo al Artículo 20º del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, serán autorizados en vía de regulari- zación, mediante Resolución Suprema; Que, asimismo, dicho Decreto Supremo señala que el Director General de Aeronáutica Civil del citado Ministerio presentará la información de los viajes realizados por los inspectores el mes anterior, acredi- tando la necesidad y/o urgencia de los mismos, con el fin de iniciar el trámite de expedición de la Resolución correspondiente; Que, el Director General de Aeronáutica Civil, en aplicación de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 035-99-MTC, ha emitido el Informe Nº 085-2001- MTC/15.16, señalando los montos pertinentes en ob- servancia de la Escala de Viáticos por Zonas Geográ- ficas vigente;