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Pág. 207728 NORMAS LEGALES Lima, viernes 27de julio de 2001 N° DENOMINACION REQUISITOS Derecho CALIFICACION Dependencia Autoridad Recursos de DE PROCEDIMIENTO de Pago Auto- Evaluación No donde se inicia Competente Impugnativos or- mático Previa regu- el trámite para Aprobación den Posi- Nega- lado tivo tivo público del mercado de Fondos de Pensiones, según formato del anexo Nº II-I de la Resolución N° 72 valores de CONASEV 115-98-EF/SAFP. 3. Información relacionada con los datos que debe contener la Ficha de Registro. 56 Aprobación del Plan de Los acreedores de una empresa que acumulativamente representen Inafecto X Trámite Superintendente Recursos de Rehabilitación de cuando menos el treinta por ciento (30%) de los pasivos, podrán Documentario de Banca y impugnación empresas en liquidación presentar a la Superintendencia un Plan de Rehabilitación que Seguros conforme al de los sistemas contenga: procedimiento financiero y de seguros 1. Diagnóstico de la situación de la empresa a la fecha de declaratoria N° 72 de disolución; 2. Las acciones a tomar para reforzar patrimonial, financiera y administrativamente la empresa, así como las medidas a adoptar para la reducción de la cartera pesada; 3. Determinación del costo estimado del proceso de rehabilitación; 4. Aplicación de la deuda subordinada que corresponda para absorber pérdidas y de haber saldo, su conversión a capital; 5. Monto de los aportes de capital a ser suscrito y pagado, en un plazo no mayor de siete (7) días, que permita alcanzar, por lo menos, el patrimonio necesario para cumplir con los límites operativos establecidos en la Ley N° 26702; 6. Plan de Trabajo para la implementación de las medidas señaladas en los numerales precedentes que incluya, entre otros, el detalle de las acciones legales, administrativas y de negocios a adoptar y el cronograma de actividades respectivo; y, 7. Duración del Plan. El plan de rehabilitación podrá incluir únicamente aportes o capitalización de pasivos, efectuados por el sector privado. Una vez recibido el Plan, la Superintendencia lo evaluará en un plazo no mayor de cinco (5) días y emitirá un informe sobre la condición de elegible o no del mismo, señalando de ser el caso, las observaciones pertinentes. De no considerarlo elegible, se continuará con el proceso liquidatorio. De considerar la Superintendencia factible la realización del Plan, lo remitirá con el informe correspondiente al Banco Central para su opinión, cuando se trate de las empresas comprendidas en los literales A, B y C del artículo 16° de la Ley N° 26702. Recibida la opinión del Banco Central, la Superintendencia, de ser el caso, procederá a la aprobación del Plan en un plazo no mayor de tres (3) días. 57 Autorización para 1. Presentar solicitud de inscripción en el registro, dirigida a la Inafecto X Trámite Registrador Recurso de inscripción de Superintendencia Documentario impugnación instituciones de custodia 2. Copia de la escritura de constitución y estatuto social actualizado, conforme al de valores en el Registro con la debida anotación de su inscripción en los registros públicos. procedimiento 3. Copia de la escritura pública correspondiente al último aumento o N° 72 reducción de capital, de ser el caso. 4. Copia certificada de la resolución autoritativa de CONASEV, de ser el caso. 5.Copia de los últimos informes de clasificación de riesgo de los instrumentos emitidos por la institución de custodia, elaborados por al menos dos (2) empresas clasificadoras de riesgo, de ser el caso. 6.Copia de los documentos que acrediten los tipos de cobertura contratados para resguardar los instrumentos sujetos a custodia. 7. Copia del contrato que certifique a la institución de custodia como participante directo de una institución de compensación y liquidación de valores, de ser el caso. 8. Declaración jurada de veracidad de la información proporcionada y sometimiento a las Normas del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, según formato del anexo Nº II-I de la Resolución 115-98-EF/SAFP. 9. Información relacionada con los datos que debe contener la Ficha de Registro. 58 Autorización para 1. Presentar solicitud de inscripción en el registro, dirigida a la Inafecto X Trámite Registrador Recurso de inscripción de Superintendencia . Documentario impugnación instituciones de guarda 2. Copia de la escritura de constitución y estatuto social actualizado, conforme al física de valores en el con la debida anotación de su inscripción en los registros públicos. procedimiento Registro 3. Copia de la escritura pública correspondiente al último aumento o N° 72 reducción de capital, de ser el caso. 4. Copia certificada de la resolución autoritativa de CONASEV, de ser el caso. 5.Copia de los documentos que acrediten los tipos de cobertura contratados para resguardar los instrumentos sujetos a guarda física. 6. Declaración jurada de veracidad de la información proporcionada y sometimiento a las Normas del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, según formato del anexo Nº II-I de la Resolución 115-98-EF/SAFP. 7. Información relacionada con los datos que debe contener la Ficha de Registro. 59 Autorización para 1. Presentar solicitud de inscripción en el registro, dirigida a la Inafecto X Trámite Registrador Recurso de inscripción de médicos y Superintendencia. Documentario impugnación psicólogos consultores 2. Declaración jurada de veracidad de la información proporcionada y conforme al en el Registro sometimiento a las Normas del Sistema Privado de Administración de procedimiento Fondos de Pensiones, según formato del anexo Nº II-II de la Resolución N° 72 115-98-EF/SAFP. 3. Información relacionada con los datos que debe contener la Ficha de Registro. 60 Autorización para 1.Presentar solicitud de inscripción en el registro, dirigida a la Inafecto X Trámite Registrador Recurso de inscripción de Superintendencia. Documentario impugnación procedimientos de 2.Declaración jurada de veracidad de la información proporcionada y conforme al mecanismos no sometimiento a las Normas del Sistema Privado de Administración de procedimiento centralizados de Fondos de Pensiones, según formato del anexo Nº II-I de la Resolución N° 72 negociación de valores 115-98-EF/SAFP. mobiliarios en el Registro 3.Información relacionada con los datos que debe contener la Ficha de Registro. 61 Autorización para 1.Presentar solicitud de inscripción en el registro, dirigida a la Inafecto X Trámite Registrador Recurso de inscripción de Superintendencia. Documentario impugnación instituciones colocadoras 2.Declaración jurada de veracidad de la información proporcionada y conforme al