Norma Legal Oficial del día 27 de julio del año 2001 (27/07/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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PREPUBLICACION NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2001

la coordinacion de los estimados de datos de lanzamiento obligatorios y la coordinacion del evento de lanzamiento; (b) La cantidad estimada de cohetes que se van a operar; (c) La dimension estimada y el peso estimado de cada cohete; (d) La altitud o nivel de vuelo mas altos a los que se estima cada cohete va a operar; (e) El lugar de la operacion; (f) La fecha, hora y duracion de la operacion; y (g) Cualquier otra informacion pertinente que solicite la estacion ATC. SUBPARTE D: GLOBOS LIBRES NO TRIPULADOS

(d) Ninguna persona puede operar entre el amanecer y atardecer un globo libre no tripulado que este equipado con un dispositivo de suspension (que no sea un paracaidas abierto de MORDAZA vistosos) por mas de 50 pies (15 m) hacia adelante, a menos que el dispositivo de suspension tenga bandas de MORDAZA alternados de fuerte vistosidad o tenga banderolas o cintas de MORDAZA atadas con una visibilidad minima de 1 MORDAZA (1,6 Km.). 101.37 Obligatoriedad de notificacion (a) Aviso de Prelanzamiento: A excepcion de lo dispuesto en el parrafo (b) de esta seccion, ninguna persona puede operar un globo libre no tripulado a menos que, en un periodo no mayor entre las 6 a 24 horas previas al inicio de la operacion, proporcione la siguiente informacion a la estacion ATC mas cercana al lugar de la operacion deseada: (1) La identificacion del globo; (2) La fecha y hora estimada de lanzamiento, modificada segun sea necesario para permanecer sin exceder ± 30 minutos; (3) La ubicacion del sitio de lanzamiento; (4) La altitud de crucero; (5) La trayectoria pronosticada y hora estimada a altitud de crucero o altitud de presion estandar de 60,000 pies (18 Km.), lo que sea menor; (6) La longitud y diametro del globo, longitud del dispositivo de suspension, peso de la carga paga y longitud de la antena colgante; (7) La duracion del vuelo; y (8) La hora pronosticada y ubicacion del impacto con la superficie de la Tierra. (b) Para las investigaciones de perturbacion solar o cosmica en la que participa un elemento de tiempo decisivo, se entregara la informacion del parrafo (a) de esta seccion en un periodo no mayor entre los 30 minutos a las 24 horas previas al inicio de la operacion. (c) Notificacion de cancelacion: Si se cancela la operacion, la persona que deseaba efectuar la operacion debera notificar inmediatamente a la estacion ATC mas cercana. (d) Notificacion de lanzamiento: Toda persona que opera un globo libre no tripulado debera notificar, a la estacion ATC o instalacion militar mas cercana, la hora de lanzamiento inmediatamente despues del lanzamiento del globo. 101.39 Informes de posicion del globo

101.31 Aplicabilidad Esta subparte se aplica a la operacion de globos libres no tripulados. Sin embargo, una persona que opera un globo libre no tripulado dentro de un area restringida, debe cumplir lo prescrito solamente en la seccion 101.33(d) y (e), de acuerdo a las limitaciones adicionales que imponga el ente usuario o de control, segun corresponda. 101.33 Limitaciones de operacion Ninguna persona puede operar un globo libre no tripulado: (a) A menos que el ATC emita otra autorizacion, por debajo de 2,000 pies (600 m) sobre la superficie dentro de los limites laterales de las areas de superficie del espacio aereo de Clase B, Clase C, Clase D o Clase E que se designe para un aeropuerto: (b) A cualquier altitud donde existan nubes o fenomenos meteorologicos que impidan la visibilidad de mas de cinco decimos de cobertura; (c) A cualquier altitud por debajo de una altitud de presion estandar de 60,000 pies (18 Km.) donde la visibilidad horizontal sea menor a 5 millas (8 Km.); (d) Durante los primeros 1,000 pies (300 m) de ascenso, sobre un area congestionada de una MORDAZA, pueblo o asentamiento o de una asamblea de personas al aire libre ajenas a la operacion; o (e) De tal manera que un impacto del globo o de una parte del mismo, incluyendo su carga paga, con la superficie ocasione un peligro para las personas o propiedades ajenos a la operacion. 101.35 Requisitos de equipos y senalizacion (a) Ninguna persona puede operar un globo libre no tripulado a menos que: (1) Este equipado con un minimo de dos sistemas o dispositivos de corte de carga paga que operen de manera independiente entre si; (2) Se emplee un minimo de dos metodos, sistemas, dispositivos o combinaciones de los mismos, que funcionen de manera independiente entre si, para concluir el vuelo de la cubierta del globo; y (3) La cubierta del globo este equipada con un (varios) dispositivo(s) o material(es) que refleje(n) las ondas de radar el (los) cual(es) presente(n) un eco al radar de superficie que opera en la banda de frecuencia de 200 MHz a 2700 MHz. El operador debera activar los dispositivos pertinentes exigidos en los parrafos (a)(1) y (a)(2) de esta seccion cuando las condiciones meteorologicas MORDAZA menores a las que se estipulan para la operacion en virtud a esta subparte, o si un desperfecto o cualquier otro motivo hacen que continuar la operacion sea peligroso para otro MORDAZA aereo o para personas y propiedades en la superficie. (b) Ninguna persona puede operar un globo libre no tripulado por debajo de una altitud de presion estandar de 60,000 pies (18 Km.) (corregida de acuerdo a la altitud de operacion) entre el atardecer y amanecer a menos que el globo y sus sujeciones y la carga paga, ya sea se separen o no durante la operacion, esten equipados con luces que pueda verse desde una distancia minima de 5 millas (8 Km.) y tengan una frecuencia de destello minima de 40, y no mas de 100, ciclos por minuto. (c) Ninguna persona puede operar un globo libre no tripulado que este equipado con una antena colgante la cual necesite una fuerza de impacto de mas de 50 libras (23 Kg.) para romperla en cualquier punto, a menos que la antena tenga banderolas o cintas a MORDAZA que esten atadas a intervalos no mayores a 50 pies (15 m) y con una visibilidad minima de 1 MORDAZA (1,6 Km.).

(a) Toda persona que opera un globo libre no tripulado debera: (1) A menos que el ATC expida otra autorizacion, monitorear el curso del globo y registrar su posicion con un minimo de cada dos horas; y (2) Enviar cualquier MORDAZA de informe de posicion de globo que solicite el ATC. (b) Una hora MORDAZA del inicio del descenso, toda persona que opere un globo libre no tripulado debera enviar a la estacion ATC mas cercana la siguiente informacion con respecto al globo: (1) La posicion geografica actual; (2) La altitud; (3) La hora pronosticada de penetracion de altitud de crucero altitud de presion estandar de 60,000 pies (18 Km.) (si fuera el caso); (4) La trayectoria pronosticada para el balance del vuelo; y (5) La hora y lugar de impacto con la superficie de la Tierra. (c) Si no se registra el informe de posicion de globo por un periodo de vuelo de dos horas, la persona que opera un globo libre no tripulado debera notificar inmediatamente a la estacion ATC mas cercana. La notificacion debera incluir la MORDAZA posicion registrada y cualquier modificacion a la trayectoria pronosticada. Al restablecer la direccion del globo, se debera notificar de inmediato a la estacion ATC mas cercana. (d) Toda persona que opere un globo libre no tripulado debera notificar de inmediato a la estacion ATC mas cercana cuando finalice la operacion. 27927

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