Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2001 (16/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, sabado 16 de junio de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 204517

del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Superior Coordinador del Equipo de Fiscales Provinciales, materia de la Resolucion Nº 279-2001-MP-FN, de fecha 23 de MORDAZA del 2001. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento, la presente Resolucion, al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de MORDAZA, Gerencia de la Oficina de Registro de Fiscales, Gerencia General del Ministerio Publico y al Fiscal mencionado para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 25420

Informe Nº DESF"E" Nº 058-OT/2001 y a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones que le confiere la Ley General; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolucion SBS Nº 0807-99 del 99.8.26; RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Articulo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, para que la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito La MORDAZA proceda con la enajenacion de los bienes senalados en el Anexo adjunto, que forma parte integrante de la presente Resolucion, debiendo ajustarse a los lineamientos establecidos en la Circular SBS Nº CR0132-2000. Articulo 2º.- Vencido el plazo de prorroga otorgado a la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito La MORDAZA, sin que se MORDAZA efectuado su enajenacion, dicha empresa debera proceder conforme a lo establecido en el MORDAZA parrafo del Articulo 215º de la Ley General, debiendo constituirse la correspondiente provision. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca

SBS
Prorrogan plazo otorgado a la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito La MORDAZA para que proceda a enajenar bienes adjudicados en pago de deudas
RESOLUCION SBS Nº 434-2001 MORDAZA, 4 de junio del 2001 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: Las solicitudes de prorrogas del plazo para la enajenacion de los bienes que forman parte del anexo de la presente resolucion recibidos o adjudicados en cobro de acreencias, presentada por la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito La MORDAZA, conforme a lo previsto por el Articulo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, en adelante Ley General; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 215º de la Ley General establece que, cuando como consecuencia del pago de una deuda contraida previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que, en el MORDAZA parrafo del referido articulo se precisa que, vencido dicho plazo, sin que se MORDAZA efectuado la enajenacion, la empresa debera constituir una provision hasta por el monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Que, la Circular Nº CR-0132-2000 establece que la solicitud para la prorroga del plazo establecido en el Articulo 215º de la General, debera ser presentada con una anticipacion de, por lo menos, quince (15) dias MORDAZA de su vencimiento, en caso contrario la solicitud sera rechazada; Que, la indicada Circular establece la metodologia a seguir en el calculo de las provisiones a constituir por los inmuebles en referencia; asimismo, establece que la valuacion de los inmuebles se realicen por peritos inscritos en el Registro de Peritos Valuadores (REPEV) a cargo de esta Superintendencia, bajo los criterios establecidos en el numeral 3 del Capitulo IV de la Resolucion SBS Nº 572-97 y sus normas modificatorias y complementarias; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "E" mediante

ANEXO BIENES MUEBLES E INMUEBLES ADJUDICADOS POR OBLIGACIONES DE DEUDORES SOBRE LOS CUALES SE AUTORIZA PRORROGA PARA SU VENTA (Articulo 215º - Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros)
MORDAZA DE BIEN DESCRIPCION/UBICACION FECHA DE ADJUDICACION 2000.5.23 VALOR EN LIBROS (En Nuevos Soles) 15 782.80 PRORROGA DE TENENCIA

INMUEBLE Terreno Area: 150.66 mt2 Predio MORDAZA - Vivienda unifamiliar un piso, material noble Ubicacion: MORDAZA San MORDAZA Nº 340, Lote 6ª, Mz. 3 - Alto Moche, distrito de Moche, provincia de MORDAZA, departamento de La Libertad. INMUEBLE Terreno Area: 3.41 Has. Ubicacion: en la parcela U.C.Nº 10052, Predio Tomabal y Anexos, Sector Susanga-Huacapongo, distrito y provincia de MORDAZA, departamento de La Libertad. INMUEBLE Terreno Area: 2.35 Has. Ubicacion: en la parcela U.C. Nº 10047, Predio Tomabal y Anexos, Sector Susanga-Huacapongo, distrito y provincia de MORDAZA, departamento de La Libertad. INMUEBLE Terreno Area: 8.75 Has. Ubicacion: en la parcela U.C. Nº 10025, Predio Tomabal y Anexos, Sector Susanga-Huacapongo, distrito y provincia de MORDAZA, departamento de La Libertad.

2001.11.23

2000.5.29

9 366.59

2001.11.29

2000.5.29

7 165.03

2001.11.29

2000.5.29

26 678.31

2001.11.29

25346

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