Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2001 (26/06/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, martes 26 de junio de 2001

NORMAS LEGALES

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Autorizan al MEF gestionar operacion de endeudamiento externo para ejecutar labores de reconstruccion y rehabilitacion de zonas afectadas por el sismo ocurrido en MORDAZA sur del MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 121-2001-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 035-2000-EF dispone que las gestiones para la consecucion de operaciones de Endeudamiento Externo a plazos mayores de un ano solo podran iniciarse previa aprobacion del Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, como consecuencia del sismo que ha asolado la MORDAZA sur del MORDAZA, se han visto afectadas la poblacion, asi como las actividades productivas, sociales, de infraestructura, obras publicas, monumentos historicos, instalaciones de propiedad del Estado ubicados en las respectivas areas del desastre; Que, para ejecutar las labores de reconstruccion y rehabilitacion de las zonas afectadas por el sismo, se requiere contar con recursos que permitan su financiamiento; Que, para tal fin, es necesario autorizar el inicio de las gestiones de una operacion de Endeudamiento Externo con el Banco Interamericano de Desarrollo -BIDhasta por US$ 20'000,000.00 (Veinte Millones y 00/100 Dolares Americanos); De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizase al Ministerio de Economia y Finanzas a gestionar la consecucion de una operacion de Endeudamiento Externo con el Banco Interamericano de Desarrollo -BID- hasta por US$ 20'000,000.00 (Veinte Millones y 00/100 Dolares Americanos), para la ejecucion de las labores de reconstruccion y rehabilitacion de las zonas afectadas por el sismo ocurrido el 23 de junio de 2001. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de junio del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA INCHAUSTEGUI MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales Encargado de la Cartera de Economia y Finanzas 26003

(DOS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 17/100 DOLARES AMERICANOS) seria asumida por el Ministerio de Economia y Finanzas, a partir del 31 de diciembre de 1992; Que, mediante Oficio Nº 58-2001-EF/75.22 de fecha 17 de enero del 2001, la Direccion General de Credito Publico del Ministerio de Economia y Finanzas solicito a Reaseguradora Peruana S.A., el reconocimiento de la suma ascendente a US$ 675 712.93 por concepto de intereses legales, calculados del 1 de enero de 1993 al 19 de junio de 1996, fecha en la que se declaro en liquidacion a Reaseguradora Peruana S.A., de acuerdo a lo senalado mediante Resolucion Suprema Nº 224-96-PCM; sin embargo mediante Resolucion Nº 006-2001-RSBS-RP de fecha 16 de febrero del 2001, la Comision Liquidadora de Reaseguradora Peruana S.A. rechazo el requerimiento de la citada Direccion General, reconociendo solo la obligacion de pago correspondiente al monto materia de asuncion; Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 229º de la Ley General de Instituciones Bancarias, Financieras y de Seguros, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 770, vigente a la fecha en que la compania fue declarada en disolucion y liquidacion, el interesado que no se encuentre conforme con la tercera lista de acreencias aprobadas o rechazadas puede apelar ante la Corte Superior respectiva, siempre que la suma materia del reclamo exceda de S/. 100 000,00 (CIEN MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, en consecuencia resulta procedente autorizar al Procurador Publico encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que, en defensa y cautela de los intereses del Estado, interponga el recurso de apelacion a que se refiere el Articulo 229º de la Ley General de Instituciones Bancarias, Financieras y de Seguros, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 770; Con la opinion favorable de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, y el Decreto Legislativo Nº 770; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Economia y Finanzas para que en representacion del Estado interponga el recurso de apelacion a que se refiere el Articulo 229º de la Ley General de Instituciones Bancarias, Financieras y de Seguros, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 770, destinado a requerir el reconocimiento de los intereses solicitados, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitase MORDAZA de la presente Resolucion al mencionado Procurador Publico, para su cumplimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA INCHAUSTEGUI MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales Encargado de la Cartera de Economia y Finanzas 26001

Autorizan a Procurador interponer recurso de apelacion contra resolu- Modifican denominacion del Comite cion de la Comision Liquidadora de Consultivo Nacional Pedagogico y Tecnologico de la experimentacion del Reaseguradora Peruana S.A. Modelo de Educacion Tecnica y ForRESOLUCION MINISTERIAL Nº 209-2001-EF/10 macion Profesional
MORDAZA, 25 de junio del 2001 Visto el Oficio Nº 626-2001-PP-EF/16, de fecha 21 de junio del 2001, remitido por el Procurador Publico del Ministerio de Economia y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 027-93-EF de fecha 27 de febrero de 1993, se dispuso que la obligacion de pago contraida por la Reaseguradora Peruana S.A. con la empresa Popular y Porvenir, hasta por la suma de US$ 2 431 584,17 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 281-2001-ED MORDAZA, 22 de junio de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 497-2000ED de fecha 18 de MORDAZA de 2000 se autorizo a las instituciones educativas consideradas en el anexo de la misma, a llevar a cabo el MORDAZA de experimentacion del curriculo del Modelo de Formacion Profesional;

EDUCACION

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