Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2001 (26/06/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, martes 26 de junio de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 205133

j) De no presentarse interesados o no obtener ningun solicitante el puntaje minimo requerido, se declara desierto el Concurso Publico. k) De declararse ganador, se otorga la concesion de conformidad con el Articulo 139º. Articulo 141º.- Del procedimiento de otorgamiento de concesiones a solicitud del interesado 141.1 Concesiones mediante solicitud para el desarrollo actividades turisticas en los sitios identificados en la planificacion del Area Natural Protegida. Para esta modalidad de otorgamiento se establece el siguiente procedimiento: a) El INRENA identifica los sitios susceptibles de ser otorgados en concesion a traves de los documentos de planificacion del area natural protegida. b) La persona natural o juridica interesada en obtener una concesion en alguno de los sitios identificados, presenta una solicitud al INRENA, cuyo resumen es publicado por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano y en otro diario de circulacion nacional, a costo del solicitante, para conocimiento publico. c) Igualmente, en los locales de la municipalidad distrital y provincial correspondientes, debe colocarse, durante treinta (30) dias, un aviso en que se informe sobre la solicitudes presentadas por los interesados en estas concesiones. De no quedar MORDAZA cual es la Municipalidad correspondiente, la Direccion General lo determina. Dichos carteles deben consignarse en castellano y en lo posible en la lengua indigena mas usada en la localidad donde se ubican. En todos los casos el solicitante asume los costos. d) Si dentro de los treinta (30) dias siguientes a la publicacion de avisos se presentan otros interesados, se seguira el procedimiento de concurso publico a que se refiere el articulo anterior, desde el acapite b). e) Aquellas personas que soliciten la apertura de concurso publico quedan obligadas a presentar una Propuesta Tecnica. En caso no lo MORDAZA, seran sujetas de las sanciones administrativas a que a que se refiere el Articulo 182º del presente Reglamento, sin perjuicio de las acciones judiciales civiles y penales por dano economico al Estado. La multa establecida no es menor en ningun caso a una (1) UIT. Cualquier MORDAZA interesado podra tambien participar del Concurso Publico. f) En caso no se presenten otros interesados se seguira el procedimiento de concesion directa. g) No procede la solicitud en caso de existencia de derechos excluyentes o exclusivos en el area propuesta. En estos casos se seguira el tramite de oposicion de acuerdo a lo senalado en el Articulo 142º. 141.2 Del otorgamiento de concesiones sobre sitios no identificados previamente por el INRENA en la planificacion del area. En el caso de Areas Naturales Protegidas cuyas zonas de uso turistico ya han sido identificadas se contempla el siguiente procedimiento: a) El interesado presenta una solicitud conteniendo: - Nombre o razon social del peticionario; - Perfil de Proyecto Ecoturistico, que incluira el plano perimetrico del area senalando las coordenadas UTM y memoria descriptiva. b) Con la conformidad del INRENA mediante Oficio de la Direccion General y dentro de los treinta (30) dias siguientes, se seguira el tramite de acuerdo a lo establecido en el numeral 141.1. En el caso de areas que no cuenten con zonificacion, el interesado puede solicitar que se realicen, a su costo, los estudios tecnicos a que se refiere el Articulo 138.6. 141.3 Concesion Directa En caso de no haber otros interesados y vencido el plazo de treinta (30) dias a que se refiere el Articulo 141.1 b) y c), el solicitante tiene noventa (90) dias calendario para presentar al INRENA el Proyecto Ecoturistico, de acuerdo a lo senalado en el Articulo 145º. Articulo 142º.- Oposicion a la solicitud. Las personas que acrediten tener algun derecho preexistente en el area materia de solicitud de Concesion, pueden dentro del periodo de treinta (30) dias calenda-

rio en que pueden presentarse otros interesados a la solicitud de concesion, interponer recurso de oposicion ante la Direccion General. Con el recurso de oposicion, ademas de los datos de identificacion del oponente, deben acompanarse todos los documentos que prueben y sustenten el derecho alegado, sin cuyo requisito se declarara inadmisible la misma. Admitido el recurso de oposicion, el Director General tendra 10 dias para resolver la oposicion planteada. Articulo 143º.- Del Perfil de Proyecto Ecoturistico El Perfil de Proyecto Ecoturistico debe contener: - Plano perimetrico del area senalando las coordenadas UTM y memoria descriptiva; - Objetivos y metas del proyecto; - Actividades a desarrollar. - Proyecto Arquitectonico de corresponder Articulo 144º.- De la Propuesta Tecnica y Economica La Propuesta Tecnica y Economica debe contener cuando menos: a) Informacion general del solicitante; b) Objetivos y metas del proyecto; c) Plano y memoria descriptiva del area del proyecto en coordenadas UTM; d) Planos de ubicacion e infraestructura a instalar; e) Cronograma de actividades; f) Plan y cronograma de inversiones, indicando entre otros el numero de camas proyectadas de ser el caso; g) Una propuesta del nivel de Evaluacion de Impacto Ambiental que requerira presentar dentro del Proyecto Ecoturistico. h) Proyecto Arquitectonico; i) Oferta que se hace al INRENA por el pago del derecho correspondiente, compuesta por un componente fijo anual y por un componente variable asociado al numero de visitantes, como retribucion economica al Estado por el aprovechamiento del paisaje como recurso. Articulo 145º.- Del Proyecto Ecoturistico. 145.1 El Proyecto Ecoturistico se elabora en base a los TerminosdeReferenciaqueelINRENApresentaalconcesionario en el acto de la suscripcion del Contrato. Los Terminos de Referencia para la elaboracion del Proyecto Ecoturistico son parte integrante del Contrato de Concesion. 145.2 Todo Proyecto Ecoturistico debe adjuntar una Declaracion de Impacto Ambiental, la cual es evaluada por el INRENA a fin de determinar la viabilidad ambiental del proyecto o la necesidad de la MORDAZA de un EIA, cuando los impactos ambientales y sociales previstos en su evaluacion, asi lo requiera. 145.3 El concesionario puede presentar directamente un Estudio de Impacto Ambiental junto a su Proyecto Turistico en aquellos casos que prevea que su proyecto requiere de este nivel de Evaluacion o cuando el INRENA se lo MORDAZA solicitado expresamente al momento de otorgar la concesion. 145.4 El Proyecto Ecoturistico debe contener una descripcion de las actividades de monitoreo de cargo del concesionario y las medidas de contingencia en caso de accidentes o desastres naturales. 145.5 El concesionario debe presentar conjuntamente con el Proyecto Ecoturistico, una Carta Compromiso de conservar el area de la concesion. Articulo 146º.- Aprobacion del Proyecto Ecoturistico 146.1 Presentado el Proyecto Ecoturistico por el Concesionario ante la Direccion General, esta tiene sesenta (60) dias para su aprobacion. En caso la Direccion formule observaciones, las comunicara mediante Oficio al Concesionario quien tiene un plazo de treinta (30) dias para subsanarlas. Levantadas las observaciones por parte del Concesionario, el INRENA tendra un plazo de quince (15) dias para aprobar o desaprobar formalmente el Proyecto Ecoturistico. 146.2 La aprobacion se formaliza a traves de una Resolucion Directoral de la Direccion General. En caso de desaprobacion, se requiere la expedicion de una Resolucion Jefatural que resuelva el contrato de concesion. La aprobacion del Proyecto Ecoturistico implica la aprobacion del Estudio o Declaracion de Impacto Ambiental, segun corresponda.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.