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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MARZO DEL AÑO 2001 (08/03/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 11

Pág. 199681 NORMAS LEGALES Lima, jueves 8 de marzo de 2001 S.A. "COELVI S.A.", aceptado por la misma, el que consta de 18 Cláusulas y 3 anexos. Artículo 4º.- Autorizar al Director General de Electri- cidad para suscribir, a nombre del Estado, el contrato de Concesión Definitiva para distribución de energía eléctrica con carácter de Servicio Público a que se refiere el artículo precedente. Artículo 5º.- El texto de la presente Resolución Supre- ma deberá incorporarse en la escritura pública a que dé origen el Contrato de Concesión Definitiva Nº 180-2001 a que se refiere el Artículo 3º de esta Resolución. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será notificada al concesionario y deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez, dentro de los cinco (5) días calendario de expedida. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República CARLOS HERRERA DESCALZI Ministro de Energía y Minas 19648 Autorizan viaje de funcionarios del IN- GEMMET a Canadá, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 058-2001-EM Lima, 6 de marzo de 2001 Visto el Oficio Nº 064-2001-INGEMMET/DT, de fecha 20 de febrero de 2001, del Director Técnico (e) del Instituto Geológico Minero y Metalúrgico - INGEMMET, solicitando autorización de viaje para dos funcionarios; CONSIDERANDO: Que, el INGEMMET viene ejecutando estudios geológi- cos, conjuntamente con los Servicios Geológicos de Argen- tina, Bolivia, Chile y Canadá, en el marco del Proyecto Multinacional Andino - PMA, financiado por la Canadian International Development Agency - CIDA; Que, la Dra. Catherine J. Hickson, Gerente del Proyec- to precitado, mediante carta de fecha 4 de enero de 2001, ha invitado, en calidad de Miembro del Consejo Ejecutivo del Proyecto, al Ing. Víctor Raúl Eyzaguirre Parra, Presi- dente del Consejo Directivo del INGEMMET y al Ing. Manuel Paz Maidana, Director de Prospección Minera del mismo Instituto, en calidad de Coordinador Nacional, para que participen en la Décima Reunión del Consejo Ejecutivo del Proyecto Multinacional Andino, que se llevará a cabo del 11 al 16 de marzo de 2001, en la ciudad de Toronto, Canadá; Que, asimismo en dicha ciudad, del 11 al 14 de marzo de 2001, se realizará la Convención Internacional y Show Comercial de la Asociación de Prospectores y Desarrollado- res de Canadá; y, se llevarán a cabo dos reuniones de carácter técnico, una para revisión del Mapa Metalogénico y otra para la revisión de la Base de Datos de las muestras obtenidas para el Proyecto; Que, el Consejo Directivo del INGEMMET, en su Sesión Nº 670, de fecha 16 de enero de 2001, aprobó el viaje del Ing. Víctor Raúl Eyzaguirre Parra, Presidente del Consejo Directivo y del Ing. Manuel Paz Maidana, Director de Prospección Minera, para que participen en las reuniones precitadas; Que, en consecuencia es necesario autorizar el corres- pondiente viaje; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje del Ing. Víctor Raúl Eyzaguirre Parra, Presidente del Consejo Directivo y del Ing. Manuel Paz Maidana, Director de Prospección Mine- ra, del INGEMMET, a la ciudad de Toronto, Canadá, del 11 al 16 de marzo de 2001, para el fin a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución que ascienden a la suma de US$ 3453,56 (Tres Mil Cuatrocientos Cincuentitrés y 56/100 Dólares Americanos) serán cubiertos por el INGEMMET de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (US$ 1 173,78 x 2) US$ 2 347,56 Viáticos (US$ 220,00 x 40% x 6 días x 2) US$ 1 056,00 Tarifa CORPAC (US$ 25.00 x 2) US$ 50,00 ------------ TOTAL US$ 3 453,56 Los gastos por concepto de hospedaje y la inscripción en la Convención serán financiados por la Canadian Interna- tional Development Agency - CIDA. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República CARLOS HERRERA DESCALZI Ministro de Energía y Minas 19649 Imponen servidumbres de electroduc- to y de tránsito para custodia, conser- vación y reparación de obras e instala- ciones de línea de transmisión a favor de Electronoroeste S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 056-2001-EM/VME Lima, 9 de febrero de 2001 Visto: el Expediente Nº 21106899 organizado por la concesionaria ELECTRONOROESTE S.A., solicitando la imposición de las servidumbres de electroducto y de trán- sito para la custodia, conservación y reparación de las obras e instalaciones de la línea de transmisión eléctrica 60 kV S.E. Piura Oeste - S.E. Chulucanas, ubicada en las provincias de Piura y Morropón del departamento de Piu- ra; CONSIDERANDO: Que, ELECTRONOROESTE S.A., concesionaria de la línea de transmisión eléctrica 60 kV S.E. Piura Oeste - S.E. Chulucanas, en mérito de la Resolución Suprema Nº 106- 99-EM de fecha 4 de agosto de 1999, ha solicitado la imposición de las servidumbres de electroducto y de trán- sito para la custodia, conservación y reparación de las obras e instalaciones para dicha Línea; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por los incisos b) y f) del Artículo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Eléctricas - Decreto Ley Nº 25844 y el Artículo 220º y siguientes de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el informe favorable Nº 020-2001-EM/DGE; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Imponer las servidumbres de electro- ducto y de tránsito para la custodia, conservación y repa- ración de las obras e instalaciones de la línea de transmi- sión eléctrica 60 kV S.E. Piura Oeste - S.E. Chulucanas, ubicada en las provincias de Piura y Morropón del depar- tamento de Piura, a favor de ELECTRONOROESTE S.A., con carácter permanente, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, confor- me al siguiente cuadro: Nivel de Nº de Longitud Ancho de Cód. Exp. Inicio y Llegada Tensión Ternas (Km.) la Faja de la Línea Eléctrica (kV) (m) 21106899 S.E. Piura Oeste - S.E. 60 01 60,40 16 Chulucanas