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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MARZO DEL AÑO 2001 (08/03/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 15

Pág. 199685 NORMAS LEGALES Lima, jueves 8 de marzo de 2001 MITINCI Aprueban Directiva sobre formalidad exigida al Sector de publicar en la página web del Ministerio las convoca- torias y bases de procesos de licita- ción pública, concurso público y adju- dicación directa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 049-2001-ITINCI/DM Lima, 5 de marzo de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Ley Nº 25831, se aprobó la Ley Orgánica del Ministerio de Industria, Turismo, Integra- ción y Negociaciones Comerciales Internacionales - MI- TINCI, incluyendo dentro de sus alcances a las Institucio- nes Públicas Descentralizadas y Organismos Descentrali- zados Autónomos del Sector Industria; Que, la transparencia administrativa es uno de los principios que rige a los procesos de adquisición y contra- tación de bienes y servicios, conforme a la Ley Nº 26850, "Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado" y sus disposiciones complementarias y reglamentarias; Que, la difusión oportuna de información suficiente y la publicidad de los procesos de contratación de bienes y servicios son factores que coadyuvan a la transparencia administrativa de dichos procesos; Que, en tales condiciones se ha visto por conveniente dictar disposiciones a fin de publicar en la página web del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, las Convocatorias y Bases sobre los Procesos de Licitación Pública, Concursos Públicos y Adjudicaciones Direc- tas que se lleven a cabo en el Sector Industria; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25831, "Ley Orgánica del Ministerio de Industria, Turismo, Integra- ción y Negociaciones Comerciales Internacionales" y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Suprema Nº 087-2000-MITINCI; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 01-2001-MITIN- CI, sobre Formalidad exigida al Sector Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, de publicar en la página web del Ministerio las Convocato- rias y Bases de los Procesos de Licitación Pública, Concurso Público y Adjudicación Directa. Artículo 2º.- Los Directores Generales de las Oficinas Generales de Administración del Sector o quienes hagan sus veces, serán los responsables de velar por el cumplimiento de lo señalado en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN INCHAUSTEGUI VARGAS Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales DIRECTIVA Nº 01-2001-MITINCI/DM FORMALIDAD EXIGIDA AL SECTOR INDUSTRIA, TURISMO, INTEGRACION Y NEGOCIACIONES COMERCIALES INTERNACIONALES DE PUBLICAR EN LA PAGINA WEB DEL MINISTERIO, LAS CONVOCATORIAS Y BASES DE LOS PROCESOS DE LICITACION PUBLICA, CONCURSO PUBLICO Y ADJUDICACION DIRECTA. I. FINALIDAD Lograr la adecuada transparencia y difusión de los procesos de adquisiciones de bienes y servicios del Sector Industria, Turismo, Integración y Negociacio- nes Comerciales Internacionales, estableciendo la for- malidad de publicar en la página web del Ministerio (MITINCI), las convocatorias y las bases de los procesos de Licitación Publica, Concurso Público y Adjudicación Directa.II. OBJETIVO Publicar, bajo sanción de nulidad en la página web del MITINCI - www.mitinci.gob.pe., las convocatorias y las bases de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público y Adjudicación Directa, en simultáneo a la publica- ción en el Diario Oficial, en uno de circulación nacional o local de la institución que se realiza la Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa. III. VIGENCIA La presente directiva rige a partir del 12 de marzo del 2001. IV. ALCANCE Es responsabilidad de las Oficinas Generales de Adminis- tración del Sector Industria, Turismo, Integración y Negocia- ciones Comerciales Internacionales, la publicación en la pági- na WEB del Ministerio, de las convocatorias y de las bases de los procesos que exceden el monto de S./ 35,000.00 (Treinta y Cinco Mil y 00/100 Nuevos Soles), de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 7.1 de la presente directiva. V. AMBITO DE APLICACIÓN 5.1. Comprende todas la Unidades Orgánicas, Oficinas y Proyectos de Inversión de la Unidad Ejecutora de la Oficina de Administración del Pliego Ministerio de Indus- tria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales. 5.2. La formalidad establecida en la presente Directiva, también deberá ser cumplida por las respectivas Oficinas Generales de Administración de las Empresas, Institucio- nes y Organismos Públicos Descentralizados adscritos al Sector. VI. BASE LEGAL Y/O NORMATIVA 6.1. Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecuti- vo. 6.2. Decreto Ley Nº 25831, Ley Orgánica del MITINCI. 6.3. Resolución Suprema Nº 087-2000-ITINCI, Regla- mento de Organización y Funciones del MITINCI. 6.4. Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado. 6.5. D.S. Nº 039-98-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. VII. DISPOSICIONES 7.1. De acuerdo a lo establecido en el Artículo 13º de la Ley Nº 26850, en toda Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, la convocatoria deberá publicarse en el Diario Oficial El Peruano, en uno de circulación nacional o local en que se realiza el Concurso, Licitación Pública o Adjudicación Directa. En las bases de los respectivos procesos de adquisición, deberá expresarse que para la validez del proceso de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Direc- ta, se publicará adicionalmente la convocatoria y las bases correspondiente, en la Página web del MITINCI - www.mitinci.gob.pe a más tardar el mismo día en el que se ponen a la venta dichas bases. 7.2. Las Empresas, Instituciones y los Organismos Descentralizados que conformen el Sector 14: Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Inter- nacionales para el envío de los archivos de la publicación de la convocatoria y de las bases de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, deberán ceñirse al formato que en Anexo forma parte de esta Directiva. 7.3. Dicho archivo debe ser remitido físicamente o vía correo electrónico en formato.HTM a la dirección compras@mitinci.gob.pe con una anticipación no menor de un día útil a la publicación de la convocatoria del Concurso, Licitación o Adjudicación Directa bajo responsabilidad administrativa del funcionario designado para tal fin. 7.4. La supervisión de la recepción para la publicación oportuna en la página web del archivo mencionado en el punto anterior, estará a cargo de la Oficina de Informática, la misma que se encargará de revisar la calidad de informa- ción solicitada de acuerdo al anexo 1 de la presente direc- tiva, debiendo reportar a la Secretaría General del Minis- terio el incumplimiento de plazos que hubieran impedido una publicación oportuna en la página web. 7.5. La publicación en la página web del Ministerio de la convocatoria y bases de Concursos, Licitaciones y Adqui- siciones Directas, no implica de manera alguna, la publica- ción de absolución de consulta, circulares etc.