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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2001 (31/03/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 70

Pág. 200720 NORMAS LEGALES Lima, sábado 31 de marzo de 2001 AREA DE TESORERÍA DE LA SOCIEDAD DE BENE- FICENCIA PÚBLICA DE ICA- EJERCICIO 1999", la Co- misión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, del Instituto Nacional de Bienestar Familiar considera que la irregularidad descrita constituye falta de carácter disci- plinario y se halla tipificada en el inciso d) del Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276; De conformidad a lo previsto por la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y su Reglamento aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM, Ley Nº 26918, y la Resolución Minis- terial Nº 030-2000-PROMUDEH; y, En uso de las facultades conferidas por el Inc. c) del Art. 8º del Decreto Legislativo Nº 830 y la Resolución Suprema Nº 084-2000-PROMUDEH; SE RESUELVE: Artículo 1º.- INSTAURAR Proceso Administrativo Disciplinario, por las razones expuestas en la parte consi- derativa de la presente Resolución, contra el ex Gerente de la Beneficencia Pública de Ica, LUIS HERNÁNDEZ APAR- CANA, el Tesorero ALFREDO AQUIJE CABRERA y el Asesor Legal MANUEL HUAYAMARES HUAMÁN. Artículo 2º.- Las personas a que se refiere el artículo anterior, tienen derecho a presentar los descargos escritos y las pruebas que crean conveniente a su defensa, dentro del plazo de 5 días hábiles, contados a partir del día siguiente de notificados con la presente Resolución. Artículo 3º.- REMITIR los actuados a la Comisión de Procesos respectiva, para que dentro del plazo de ley, concluya las acciones correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA VIDAL COBIÁN Presidenta Instituto Nacional de Bienestar Familiar 21065 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 003-2001-PROMUDEH Mediante Oficio Nº 855-2001-PROMUDEH/GGA, el Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 003-2001-PROMUDEH, publicado en nuestra edición del día 27 de marzo de 2001, en la página 200455. En el Artículo 2º; DICE: Califíquese como información del Sector, accesible por la ciudadanía conforme al Artículo 2º de la Constitución Política del Perú, la siguiente ... DEBE DECIR: Califíquese como información del Sector accesible por la ciudadanía conforme al Artículo 2º de la Constitución Política del Perú, entre otras, la siguiente: ... - Anexo: Calificación/Con Evaluación Previa/Positivo, 12 días que se considerará en: 7 días de evaluación y los 5 restantes entrega al usuario 21151 RELACIONES EXTERIORES Precisan fechas de participación del Ministro de Relaciones Exteriores y de funcionario diplomático en reuniones realizadas en Chile RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 151-2001-RE Lima, 27 de marzo de 2001Vista la Resolución Suprema Nº 146-2001-RE, de 23 de marzo del año 2001, mediante la cual se designa a la Delegación peruana que participará en la XX Reunión de Cancilleres del Grupo de Río, en la X Reunión Institucio- nalizada de Ministros de Relaciones Exteriores del Grupo de Río - Unión Europea y las reuniones de Coordinadores Nacionales del Grupo de Río y III de Altos Funcionarios para seguimiento de la Cumbre ALC-UE, a realizarse en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 26 al 30 de marzo del año 2001; Teniendo en cuenta que la participación del Embajador Javier Pérez de Cuéllar, Presidente del Consejo de Minis- tros y Ministro de Relaciones Exteriores y del Ministro Consejero Francisco Rivarola Rubio, Director del Gabinete del Ministro, en las referidas reuniones, se realizará del 27 al 29 de marzo del año 2001; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1º.- Precisar que la participación del Embajador Ja- vier Pérez de Cuéllar, Presidente del Consejo de Minis- tros y Ministro de Relaciones Exteriores y del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República, don Francisco Rivarola Rubio, Director de Gabinete del Ministro, como miembros de la Delegación peruana en las reuniones antes señaladas, se realizará del 27 al 29 de marzo del año 2001. 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución, por concepto de viáticos US$ 1 600,00, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo reintegrarse a dicho Pliego el monto adicional otorgado mediante Resolución Suprema Nº 146-2001-RE, de 23 de marzo del año 2001. 3º.- Dejar subsistente en todo lo demás la Resolución Suprema Nº 146-2001-RE, de 23 de marzo del año 2001. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao Presidente Constitucional de la República JAVIER PÉREZ DE CUÉLLAR Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 21137 M T C Otorgan autorizaciones y permisos de instalación a empresas y persona na- tural para operar estaciones trans- misoras del servicio de radiodifusión sonora comercial RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 207-2001-MTC/15.03 Lima, 23 de marzo de 2001 VISTA, la solicitud formulada por la empresa RADIO CUSCO S.A., para que se le otorgue autorización para instalar y operar una estación transmisora del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito de Sicuani, provincia de Canchis, departamento del Cusco; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión se requiere de autorización y permiso otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción; Que, los Artículos 48º y 49º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones antes referido, establecen que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomuni- cación;