Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2001 (21/10/2001)


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VISTOS:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 21 de octubre de 2001

El Expediente Nº 2001/009338 presentado por la empresa Plan de Ahorro Previo EAFC S.A.C. y el Informe Nº 005-2001-EF/94.55.3 de fecha 11 de octubre del 2001, con la opinion favorable de la Responsable Legal; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el inciso c) del Articulo 2º del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, corresponde a esta Comision Nacional reglamentar y controlar las actividades de las empresas administradoras de fondos colectivos; Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 206-86EF/94.10 se autorizo a la empresa Plan de Ahorro Previo S.A. (hoy Plan de Ahorro Previo EAFC S.A.C.) a funcionar como empresa administradora de fondos colectivos; Que, con fecha 5 de MORDAZA de 2001, Plan de Ahorro Previo EAFC S.A.C. solicito a CONASEV la autorizacion de un MORDAZA programa al cual denomino "A 30"; asimismo, mediante escrito de fecha 25 de MORDAZA de 2001 la empresa administradora solicito mantener en suspenso la autorizacion requerida, presentando con fecha 6 de agosto de 2001 modificaciones significativas a las caracteristicas del Programa "A 30"; Que, mediante Oficio Nº 3411-2001-EF/94.55 de fecha 15 de agosto de 2001, CONASEV hizo de conocimiento de Plan de Ahorro Previo EAFC S.A.C. las observaciones a la documentacion presentada, las mismas que fueron subsanadas con los escritos presentados por la empresa el 2 y 5 de octubre del 2001; Que, la principal innovacion introducida en el Programa "A 30" consiste en otorgar a los asociados la posibilidad de que elijan Planes de Pago Predeterminados, pudiendo de esta forma cancelar el certificado de compra en plazos menores al plazo de vigencia del grupo, lo cual conlleva a que el asociado se beneficie con el pago de cuotas de inscripcion y de

administracion de menor valor, dependiendo estas del plan elegido; Que, luego de evaluada la documentacion presentada por Plan de Ahorro Previo EAFC S.A.C. se ha verificado que la empresa ha cumplido lo dispuesto en los Articulos 13º y 15º del Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de CONASEV, por lo que corresponde proceder a la autorizacion del programa denominado "A 30"; Que, a fin de flexibilizar la operatividad de los programas por parte de las empresas administradoras de fondos colectivos, CONASEV permite establecer como valor de certificado de compra un rango; sin embargo, a efectos de un adecuado control por parte de las empresas administradoras y de CONASEV, resulta necesario limitar a un determinado numero de valores, los certificados de compra a ofrecer por grupo; Que, asimismo, MORDAZA las innovaciones introducidas en el programa a aprobarse se considera conveniente autorizar inicialmente a la empresa administradora la formacion de dos (2) grupos y, posteriormente de acuerdo a la evaluacion que realice CONASEV del desarrollo en el MORDAZA del referido programa, se definira su continuidad; y, Estando a lo dispuesto en los Articulos 13º y 15º del Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 730-97-EF/94.10, en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de CONASEV, aprobado por Decreto Supremo Nº 127-2001-EF; y a las facultades delegadas a la Gerencia de Intermediarios y Fondos, mediante Acuerdo Nº 118-99 del Directorio de esta Institucion, reunido en sesion de fecha 6 de MORDAZA de 1999; SE RESUELVE: Articulo 1º.-Autorizar a la empresa Plan de Ahorro Previo EAFC S.A.C. la administracion del programa denominado "A 30", bajo el Sistema de Certificado de Compra con Proveedor Predeterminado cuyas caracteristicas son las siguientes:

SISTEMA

CERTIFICADO DE COMPRA CON PROVEEDOR PREDETERMINADO CARACTERISTICAS DEL PROGRAMA

A. B. C. D. E. F.

Denominacion Objeto Valor de los Certificados de Compra Numero de Asociados Duracion del Grupo Cuota de Inscripcion

"A 30" La adjudicacion de un Certificado de Compra destinado obligatoriamente a la compra de un vehiculo MORDAZA, en un proveedor predeterminado por la empresa administradora, segun la lista de precios de venta al contado. De US$ 10 000 hasta US$ 15 000 Al interior de cada grupo, el numero de valores de los certificados de compra no podra exceder de tres (3) valores distintos. Ciento noventa y dos (192) 96 meses Porcentaje del valor del Certificado de Compra (mas el IGV) determinado en funcion al Plan de Pago Predeterminado PPP elegido por el asociado. La forma de pago puede ser hasta en doce (12) armadas. Es obligacion de todo asociado sea cual fuera su situacion, cancelar la totalidad de la cuota de inscripcion en el plazo establecido en el contrato y MORDAZA de la entrega del bien o en su defecto a la liquidacion del Grupo. 12 cuotas 2% 24 cuotas 4% 36 cuotas 6% 48 cuotas 8% 60 cuotas 10% 72 cuotas 12% 84 cuotas 14% 96 cuotas 16%

Plan de Pagos Predeterminado % MORDAZA DE CUOTA DE INSCRIPCION G. Cuota Capital

Resulta de dividir el valor del Certificado de Compra entre el numero de meses de duracion del grupo. Los asociados podran acogerse a una de las alternativas del Plan de Pagos Predeterminado PPP siguiente: 12 cuotas 8.00 1.00 7.00 24 cuotas 4.00 1.00 3.00 36 cuotas 2.67 1.00 1.67 48 cuotas 2.00 1.00 1.00 60 cuotas 1.60 1.00 0.60 72 cuotas 1.33 1.00 0.33 84 cuotas 1.14 1.00 0.14 96 cuotas 1.00 1.00

Plan de Pagos Predeterminado Factor Proporcionalidad (FP) Factor cuota Remate Prepagado Acumulativo (RPA)

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