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Pág. 211584 NORMAS LEGALES Lima, domingo 21 de octubre de 2001 VISTOS: El Expediente Nº 2001/009338 presentado por la empresa Plan de Ahorro Previo EAFC S.A.C. y el Informe Nº 005-2001-EF/94.55.3 de fecha 11 de octu- bre del 2001, con la opinión favorable de la Responsa- ble Legal; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el inciso c) del Artículo 2º del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de CONASEV, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, corresponde a esta Comisión Nacional reglamentar y controlar las actividades de las empre- sas administradoras de fondos colectivos; Que, mediante Resolución CONASEV Nº 206-86- EF/94.10 se autorizó a la empresa Plan de Ahorro Previo S.A. (hoy Plan de Ahorro Previo EAFC S.A.C.) a funcionar como empresa administradora de fondos colectivos; Que, con fecha 5 de julio de 2001, Plan de Ahorro Previo EAFC S.A.C. solicitó a CONASEV la auto - rización de un nuevo programa al cual denominó “A 30”; asimismo, mediante escrito de fecha 25 de julio de 2001 la empresa administradora solicitó mantener en suspenso la autorización requerida, presentando con fecha 6 de agosto de 2001 modifica- ciones significativas a las características del Progra- ma “A 30”; Que, mediante Oficio Nº 3411-2001-EF/94.55 de fecha 15 de agosto de 2001, CONASEV hizo de conocimiento de Plan de Ahorro Previo EAFC S.A.C. las observaciones a la documentación presentada, las mismas que fueron subsanadas con los escritos presentados por la empresa el 2 y 5 de octubre del 2001; Que, la principal innovación introducida en el Programa “A 30” consiste en otorgar a los asociados la posibilidad de que elijan Planes de Pago Predeter- minados, pudiendo de esta forma cancelar el certifi- cado de compra en plazos menores al plazo de vigen- cia del grupo, lo cual conlleva a que el asociado se beneficie con el pago de cuotas de inscripción y deadministración de menor valor, dependiendo éstas del plan elegido; Que, luego de evaluada la documentación presentada por Plan de Ahorro Previo EAFC S.A.C. se ha verificado que la empresa ha cumplido lo dispuesto en los Artículos 13º y 15º del Reglamento de las Empresas Administrado- ras de Fondos Colectivos y en el Texto Único de Proce- dimientos Administrativos de CONASEV, por lo que corresponde proceder a la autorización del programa denominado “A 30”; Que, a fin de flexibilizar la operatividad de los programas por parte de las empresas administrado- ras de fondos colectivos, CONASEV permite estable- cer como valor de certificado de compra un rango; sin embargo, a efectos de un adecuado control por parte de las empresas administradoras y de CONASEV, resulta necesario limitar a un determinado número de valores, los certificados de compra a ofrecer por grupo; Que, asimismo, dadas las innovaciones introducidas en el programa a aprobarse se considera conveniente autorizar inicialmente a la empresa administradora la formación de dos (2) grupos y, posteriormente de acuer- do a la evaluación que realice CONASEV del desarrollo en el mercado del referido programa, se definirá su continuidad; y, Estando a lo dispuesto en los Artículos 13º y 15º del Reglamento de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos, aprobado por Resolución CONASEV Nº 730-97-EF/94.10, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de CONASEV, apro- bado por Decreto Supremo Nº 127-2001-EF; y a las facultades delegadas a la Gerencia de Intermediarios y Fondos, mediante Acuerdo Nº 118-99 del Directorio de esta Institución, reunido en sesión de fecha 6 de abril de 1999; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la empresa Plan de Ahorro Previo EAFC S.A.C. la administración del programa denominado “A 30”, bajo el Sistema de Certificado de Compra con Proveedor Predeterminado cuyas caracte- rísticas son las siguientes: SISTEMA CERTIFICADO DE COMPRA CON PROVEEDOR PREDETERMINADO CARACTERISTICAS DEL PROGRAMA A. Denominación “A 30” B. Objeto La adjudicación de un Certificado de Compra destinado obligatoriamente a la compra de un vehículo nuevo, en un proveedor predeterminado por la empresa administradora, según la lista de precios de venta al contado. C. Valor de los Certificados De US$ 10 000 hasta US$ 15 000 de Compra Al interior de cada grupo, el número de valores de los certificados de compra no podrá exceder de tres (3) valores distintos. D. Número de Asociados Ciento noventa y dos (192) E. Duración del Grupo 96 meses F. Cuota de Inscripción Porcentaje del valor del Certificado de Compra (más el IGV) determinado en función al Plan de Pago Predeterminado PPP elegido por el asociado. La forma de pago puede ser hasta en doce (12) armadas. Es obligación de todo asociado sea cual fuera su situación, cancelar la totalidad de la cuota de inscripción en el plazo establecido en el contrato y antes de la entrega del bien o en su defecto a la liquidación del Grupo. Plan de Pagos Predeterminado 12 24 36 48 60 72 84 96 cuotas cuotas cuotas cuotas cuotas cuotas cuotas cuotas % MÁXIMO DE CUOTA DE 2% 4% 6% 8% 10% 12% 14% 16% INSCRIPCIÓN G. Cuota Capital Resulta de dividir el valor del Certificado de Compra entre el número de meses de duración del grupo. Los asociados podrán acogerse a una de las alternativas del Plan de Pagos Predeterminado PPP siguiente: Plan de Pagos Predeterminado 12 24 36 48 60 72 84 96 cuotas cuotas cuotas cuotas cuotas cuotas cuotas cuotas Factor Proporcionalidad (FP) 8.00 4.00 2.67 2.00 1.60 1.33 1.14 1.00 Factor cuota 1.00 1.00 1.00 1.00 1.00 1.00 1.00 1.00 Remate Prepagado Acumulativo 7.00 3.00 1.67 1.00 0.60 0.33 0.14 (RPA)