Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2001 (21/10/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 21 de octubre de 2001

los senores Patrik Hayoz y MORDAZA Pianca como sus representantes alternos en el Peru, en sustitucion de los senores MORDAZA Bosshard Honegger, MORDAZA Bonvin y MORDAZA MORDAZA Troillet; y, CONSIDERANDO: Que, UBS AG mediante Escritura Publica de fecha 23 de febrero del 2000 otorgo poderes al senor Patrik Hayoz para que actue como su representante alterno en el Peru; Que, a fin de adecuarse a lo dispuesto por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, UBS AG revoco parcialmente los poderes otorgados en favor del senor Patrik Hayoz, dejando sin efecto la facultad conferida para mantener relaciones comerciales con demandantes potenciales de seguros y reaseguros; Que, UBS AG mediante Escritura Publica de fecha 21 de MORDAZA del 2001 revoco los poderes otorgados a los senores MORDAZA Bosshard Honegger, MORDAZA Bonvin y MORDAZA MORDAZA Troillet para actuar como sus representantes alternos en el Peru; Que, UBS AG mediante Escritura Publica de fecha 21 de junio del 2001 otorgo poderes al senor MORDAZA Pianca para que actue como su representante alterno en el Peru; Que, los precitados instrumentos publicos corren inscritos en la Partida Electronica Nº 11043328 de la Seccion de Poderes Especiales de Sociedades Extranjeras que no tienen Sucursal en el MORDAZA del Registro de Personas Juridicas de los Registros Publicos de Lima; Estando a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 940-2001LEG de fecha 26 de setiembre del 2001, a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "B" mediante Informe Nº DESF "B"-109-OT/2001 de fecha 2 de octubre del 2001, contando con el visto MORDAZA de la Superintendencia Adjunta de Banca; y, De acuerdo con lo dispuesto por el Articulo 43º de la Ley General; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a los senores Patrik Hayoz y MORDAZA Pianca como representantes alternos de la entidad bancaria extranjera no domiciliada UBS AG en el Peru, en sustitucion de los senores MORDAZA Bosshard Honegger, MORDAZA Bonvin y MORDAZA MORDAZA Troillet. Los representantes alternos en el ejercicio de sus actividades deberan sujetarse a lo establecido en el Capitulo V del Titulo II de la Seccion Primera de la Ley General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 33065 RESOLUCION SBS Nº 762-2001 MORDAZA, 15 de octubre del 2001 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la entidad bancaria extranjera no domiciliada UBS AG para que se acredite al senor Ulrich MORDAZA Ehrsam como su representante titular en el Peru, en sustitucion del senor MORDAZA Gnaegi Urriola; y, CONSIDERANDO: Que, UBS AG mediante Escritura Publica de fecha 10 de enero del 2000 otorgo poderes al senor Ulrich MORDAZA Ehrsam para que actue como su representante en el Peru, en sustitucion del senor MORDAZA Gnaegi Urriola;

Que, a fin de adecuarse a lo dispuesto por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, UBS AG revoco parcialmente los poderes otorgados en favor del senor Ulrich MORDAZA Ehrsam, dejando sin efecto la facultad conferida para mantener relaciones comerciales con demandantes potenciales de seguros y reaseguros; Que, UBS AG mediante Escritura Publica de fecha 21 de MORDAZA del 2001 revoco los poderes otorgados al senor MORDAZA Gnaegi Urriola para actuar como su representante en el Peru; Que, los precitados instrumentos publicos corren inscritos en la Partida Electronica Nº 11043328 de la Seccion de Poderes Especiales de Sociedades Extranjeras que no tienen Sucursal en el MORDAZA del Registro de Personas Juridicas de los Registros Publicos de Lima; Estando a lo opinado por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 940-2001LEG de fecha 26 de setiembre del 2001, a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "B" mediante Informe Nº DESF "B"-109-OT/2001 de fecha 2 de octubre del 2001, contando con el visto MORDAZA de la Superintendencia Adjunta de Banca; y, De acuerdo con lo dispuesto por el Articulo 43º de la Ley General; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al senor Ulrich MORDAZA Ehrsam como representante de la entidad bancaria extranjera no domiciliada UBS AG en el Peru, en sustitucion del senor MORDAZA Gnaegi Urriola. El representante en el ejercicio de sus actividades debera sujetarse a lo establecido en el Capitulo V del Titulo II de la Seccion Primera de la Ley General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros 33066

Autorizan suspension del MORDAZA liquidatorio de Popular y Porvenir Compania de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 786-2001 MORDAZA, 19 de octubre de 2001 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, en Junta General de Accionistas del 31 de MORDAZA del presente ano, Popular y Porvenir Compania de Seguros S.A., al MORDAZA de las normas contenidas en el Articulo 114º, numeral 2 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, en adelante Ley General, y en el Articulo 407º de la Ley General de Sociedades, adopto la decision de disolverse voluntariamente e iniciar el correspondiente MORDAZA liquidatorio, supeditando la implementacion de dicho acuerdo a la autorizacion de este Organismo de Control; Que, por Resolucion SBS Nº 636-2001 publicada con fecha 31 de agosto de 2001 se autorizo la disolucion voluntaria y posterior inicio del MORDAZA liquidatorio de Popular y Porvenir Compania de Seguros en el MORDAZA de las disposiciones estatutarias y legales que lo rigen; Que, la Junta General de Accionistas del 18 de setiembre de 2001, y a solicitud del Presidente de la Comision Investigadora de Delitos Economicos y Financieros 1990-2001 del Congreso de la Republica, acordo autorizar a la Junta Liquidadora para que suspenda todos los actos propios del MORDAZA liquidatorio por el plazo de quince (15) dias calendario, contados a partir de la notificacion de la resolucion de la Superintendencia que autoriza la suspension del MORDAZA liquidatorio;

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