Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2001 (21/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, MORDAZA 21 de octubre de 2001 4)

NORMAS LEGALES
b)

Pag. 211571

5) 6) 7) 8) 9) d)

MORDAZA notarial de la Visa de Trabajo emitida por la Direccion de Migraciones y Naturalizacion del Ministerio del Interior, que le permita realizar actividades remuneradas en nuestro pais. Certificacion original emitida por la Autoridad Civil que otorga la Licencia, cuando la DGAC lo estime pertinente. MORDAZA de ultimo entrenamiento vigente (Proficiencia o Refresco). Tres fotos tamano carne de frente y a color. Rendir examen teorico en la DGAC del Reglamento del Aire y de las regulaciones aplicables a la actividad aerea a realizar. Abonar los derechos de expedicion de la Licencia, senalados en el MORDAZA vigente. Todos los documentos requeridos para cada caso deberan ser presentados en idioma castellano o ingles; caso contrario, deberan adjuntar una traduccion oficial al castellano.

c) d)

e)

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g) 28.3 Licencias de Mantenimiento para personal extranjero no residente a) Solo se otorgaran Licencias de Mecanico e Inspector de Mantenimiento a extranjeros no residentes, cuando la DGAC lo encuentre necesario para operar con una empresa de servicios aereos registrada en el Peru, en una operacion o aeronavegabilidad continuada de una aeronave civil de matricula peruana o del Estado del cual dicha persona es ciudadana, por un tiempo no mayor de seis meses calendario, siempre y cuando reuna los requisitos que se prescriben para su obtencion. Las Empresas de Servicios Aereos deberan en ese lapso de tiempo entrenar a personal peruano adecuado para cubrir dichas necesidades a la brevedad posible. Esta autorizacion se otorgara por seis meses calendario y podra ser prorrogada, siempre que la DGAC considere que aun no ha concluido el MORDAZA de calificacion de personal peruano. Los documentos a presentar seran los siguientes: Solicitud dirigida al Director de Seguridad Aerea por el operador aereo peruano que solicita los servicios del personal extranjero de mantenimiento (Form. DGAC-L-003). MORDAZA de pasaporte, Licencia y MORDAZA que acredite experiencia reciente. Estos documentos deberan estar visados por el Consulado del Peru en el MORDAZA de origen y refrendados por el Ministerio de Relaciones Exteriores. MORDAZA notarial del contrato de trabajo suscrito con el Operador Aereo. MORDAZA notarial de la Visa de Trabajo emitida por la Direccion de Migraciones y Naturalizacion del Ministerio del Interior, que le permita realizar actividades remuneradas en nuestro pais. Certificado original emitido por la Autoridad Civil que otorga la Licencia, cuando la DGAC lo estime pertinente. Tres fotos tamano carne a color y de frente. Abonar los derechos de expedicion de la Licencia, senalados en el MORDAZA vigente. Todos los documentos requeridos para cada caso deberan ser presentados en idioma castellano o ingles; caso contrario, deberan adjuntar una traduccion oficial al castellano. h)

MORDAZA de documento de identidad, de la Licencia y/o la documentacion que acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos para esa licencia. Tres fotos tamano carne de frente y a color. En el caso que el solicitante cuente con una licencia peruana, se le reconocera la licencia o habilitacion obtenida en el extranjero, siempre y cuando esta se encuentre vigente. En el caso de peruanos que no registran licencia en la DGAC, deberan rendir evaluacion teorica de las RAPs aplicables a la actividad aerea a realizar, RAP 91 (obligatorio) y 121 o 135 (segun corresponda). Queda a consideracion del Departamento de Licencias, determinar si el postulante debera rendir otros examenes, si las condiciones de evaluacion y otorgamiento establecidas por la Autoridad Civil extranjera que otorga la Licencia, no son similares a las de nuestro pais. Todos los documentos requeridos para cada caso deberan ser presentados en idioma castellano o ingles; caso contrario, deberan adjuntar una traduccion oficial al castellano. Para todos los casos, las copias seran validadas por el Fedatario de la DGAC con la MORDAZA de los documentos originales. La DGAC se reserva el derecho de realizar las verificaciones pertinentes con la Autoridad que otorga la Licencia.

28.5 Procedimiento para otorgar licencia aeronautica peruana de caracter comercial a personal extranjero residente. a) Para ejercer actividades profesionales como miembro de la tripulacion de vuelo en empresas aereas peruanas, se requiere ser titular de una licencia aeronautica otorgada por la DGAC. Para tal proposito, se reconocera al titular de la licencia comercial extranjera los atributos que esta le confiere, siempre que los requisitos exigidos por el Estado que otorgo dicha licencia no MORDAZA inferiores a los exigidos por el Estado Peruano. Para iniciar los tramites el postulante debera presentar a la DGAC lo siguiente: Solicitud dirigida al Director de Seguridad Aerea (Form.DGAC-L-001). MORDAZA del pasaporte, la Licencia extranjera y certificado medico vigente, ultimas dos hojas de la Libreta de Vuelo actualizada o en el caso de Tripulantes auxiliares documento que acredite experiencia reciente. Estos documentos deberan estar visados por el Consulado del Peru en el MORDAZA de origen y refrendados por el Ministerio de Relaciones Exteriores. MORDAZA notarial del contrato de trabajo suscrito con el Operador Aereo. MORDAZA notarial de la Visa de Residente y Autorizacion de Trabajo emitida por la Direccion de Migraciones y Naturalizacion del Ministerio del Interior, que le permita realizar actividades remuneradas en nuestro pais. En el caso que el solicitante requiera realizar actividades aeronauticas con una empresa que opera bajo la RAP 121, debera acreditar por lo menos dos anos de residencia en el Peru. Certificado original emitido por la Autoridad Civil que otorga la Licencia. Certificado Medico emitido por el Hospital FAP conforme a la RAP 67 (cuando sea aplicable). MORDAZA de Curso de Adoctrinamiento e Inicial Recien Contratado dictado por el Operador Aereo Peruano, de acuerdo a su Manual de Instruccion. Cuatro fotos tamano carne de frente y a color. Una vez presentado los documentos y verificada su conformidad por el Departamento de Licencias de la Direccion de Seguridad Aerea,

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28.4 Reconocimiento de Licencias y Habilitaciones emitidas a peruanos en el extranjero La DGAC reconocera las Licencias y Habilitaciones otorgadas a peruanos en el extranjero, siempre que estas se encuentren vigentes: a) Solicitud dirigida al Director de Seguridad Aerea (Form. DGAC-L-002).

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