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Pág. 211576 NORMAS LEGALES Lima, domingo 21 de octubre de 2001 38.4.6 No haber sido sancionado por la DGAC por faltas graves a las reglas de seguridad. 38.4.7 Ser patrocinado por un Instructor de Piloto Tandem y/o Club. 38.4.8 Certificado de un Supervisor que acredite que el solicitante cumple los requisitos para la habilitación. 38.4.9 Tres fotografías carné de frente y a color. 38.4.10 Abonar el derecho de expedición de la habili- tación. 39. CONVALIDACIÓN DE LICENCIAS DE PA- RACAIDISTAS (RAP 105.37 y 105.39) 39.1 Las personas que hubieran obtenido licencia en otro país miembro de la FAI, podrán practicar el paracaidismo en el territorio peruano hasta por seis meses contados a partir de la fecha de ingreso al país, sin necesidad de convalidar su licencia. Vencido este plazo, deberán convalidar su licencia. 39.2 En el caso de licencias obtenidas en países que no sean miembros de la FAI, se procederá a la convalidación antes de iniciar sus actividades. 39.3 Para Convalidar una Licencia, el solicitante deberá presentar: a) Solicitud dirigida al Director de Seguridad Aé- rea (Form. DGAC-L-001). b) Copia de la Licencia extranjera, debidamente autenticada por el Fedatario de la DGAC. c) Cumplir con los requisitos establecidos en la RAP 105, según corresponda. d) Carta de presentación de Federación, Asocia- ción Deportiva o Clubes de Paracaidismo. e) Tres fotografías tamaño carné a color y de fren- te. f) Abonar el derecho de expedición de Convalida- ción. VII. INFORMACIÓN GENERAL 40. EXPEDICIÓN DE LICENCIAS Y AUTORI- ZACIONES Las licencias, convalidaciones, duplicados y demás autorizaciones a que se refiere la presente Guía del Usuario serán expedidas por el Jefe del Departamento de Licencias de la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil. VIII. INFORMACIÓN ADICIONAL 41. DUPLICADO DE LICENCIAS 41.1 Solicitud dirigida al Director de Seguridad Aérea. (Form. DGAC-L-001) 41.2 Copia de la denuncia policial por pérdida. 41.3 Una fotografía tamaño carné a color y de frente 41.4 Abonar los derechos de expedición del duplica- do. 41.5 El duplicado de Licencias sólo se entregarán a los titulares cuando éstas se encuentren vigen- tes; caso contrario sólo se expedirá un certifica- do con las habilitaciones de la Licencia y vigen- cia de la misma. 42. ACLARANDO ALGUNAS DUDAS SOBRE LI- CENCIAS, HABILITACIONES Y TRÁMITES. 42.1 DEL TRÁMITE 42.1.1 ¿Cómo inicio la tramitación de mi Licen- cia? Los documentos se dejan en la Mesa de Partes Cen- tral del MTC (1er. Piso) y previamente deben contar con el V°. B°. del Dpto. de Licencia y el pago de la tarifa establecida en el T.U.P.A. del MTC . Aproxi- madamente 24 horas después el solicitante deberá comunicarse con el Área de Exámenes al teléfono 433-7800 Anexo 1392, para reservar la fecha de su examen teórico.42.1.2 ¿Cuánto dura la tramitación de una Li- cencia o Habilitación? Una vez que el solicitante haya aprobado el examen teórico y el Chequeo práctico, el Dpto. de Licencias emitirá a más tardar en 24 horas su Licencia. 42.1.3 ¿Qué sucede si no puedo asistir a la hora señalada para el examen teórico? Sólo se otorgan 10 minutos de tolerancia; pasados los cuales, de no presentarse el solicitante, se programa- rá la nueva fecha dentro de los 30 días calendario siguientes. 42.1.4 ¿De reprobar una evaluación teórica o práctica, qué procedimiento debo seguir? Quien desaprueba una evaluación, tiene la oportuni- dad de volverla a rendir dentro de 30 días. Sin embargo, en caso de una primera reprobación, puede rendirla antes de este período, pero después de 10 días de la fecha en que desaprobó, siempre y cuando acredite un reentrenamiento con un Instructor auto- rizado. Si el solicitante registra tres evaluaciones desaprobadas dentro de un año, se le devolverán los documentos con la constancia de notas y podrá volver a presentarse una vez que haya recibido Curso Inicial con Instructor autorizado por la DGAC. 42.1.5 ¿Cómo se realizan los pagos para obtener Licencias y/o para someterse a Chequeos prácticos? En la ventanilla de Licencias (3er. Piso) se otorgará a cada solicitante una preliquidación, para que pueda efectuar la cancelación en la Caja Central del MTC (1er. Piso). El pago se realiza en moneda nacional o cheque certificado o de Gerencia, a nombre del Minis- terio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. 42.1.6 ¿Cuál es el horario de atención al público en la DGAC? La atención es de Lunes a Viernes en el siguiente horario: 9:00 a.m. a 12:30 p.m. 2:00 p.m. a 4:00 p.m. 42.1.7 ¿Qué sucede con los expedientes del per- sonal aeronáutico que no registra activi- dades por más de 5 años? De acuerdo a la política establecida por la DGAC, todo legajo de personal aeronáutico que no registra actividades en un lapso mayor a los 5 años es trans- ferido al Archivo Central del MTC, quedando en el Area de Licencias el registro de sus Licencias y/o Habilitaciones en el Libro correspondiente. 42.2 ASUNTOS DE INSTRUCCIÓN 42.2.1 ¿Cuánto tiempo de validez tiene un exa- men teórico y un Curso en tierra? Ambos tienen un año. 42.2.2 Tengo una Habilitación de Instructor de Vuelo en mi Licencia de Piloto Comercial; según las nuevas disposiciones, esta ha- bilitación se ha convertido en una Licen- cia de Instructor de Vuelo. ¿Qué necesito hacer para adecuarme a este cambio y mantener mis privilegios como Instruc- tor? Los privilegios como Instructor de Vuelo, estableci- dos en el RAP 61, se encuentran vigentes para usted hasta el momento que tenga que renovar la Licencia a la que esta Habilitación se encuentra adscrita. En