NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2001 (08/09/2001)
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Pág. 209744 NORMAS LEGALES Lima, sábado 8 de setiembre de 2001 actividad, indispensable para la elaboración de las varia- bles e indicadores económicos sectoriales que contribuya a la adopción de medidas de política económica de este sector; Que, el INEI ha realizado las coordinaciones con la Oficina General de Informática y Estadística del Ministe- rio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, sobre el planeamiento de la encuesta así como la definición y contenido de los formu- larios a ser utilizados; Que, es conveniente autorizar la ejecución de la citada Encuesta, dirigida a las personas naturales y jurídicas que desarrollan actividades referidas a la actividad Ma- nufacturera, que será ejecutada por la Oficina General de Informática y Estadística del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Inter- nacionales, así como aprobar los respectivos formularios, en observancia de las Directivas Técnicas del INEI; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y las visaciones de la Subjefatura de Estadística y la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 81º, 87º y 90º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Regla- mento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la realización de la encuesta económica anual “Estadística Manufacturera 2000", que será ejecutada a nivel nacional por la Oficina General de Informática y Estadística del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Inter- nacionales, dirigida a las personas naturales y jurídicas que desarrollan actividades Industriales, especificadas en la sección D de las divisiones 15 a 37, excepto la clase 1512, de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme, Rev.3 y que se encuentra bajo el ámbito de competencia administrativa del Sector. Artículo 2º.- Aprobar los cuestionarios de la encuesta económica anual de la “Estadística Manufacturera 2000”, que forma parte de la presente Resolución. Dichos cuestio- narios están dirigidos a las empresas manufactureras según los ingresos por ventas netas obtenidas en el año 2000: - Formularios D: para empresas que obtuvieron ingresos por ventas netas durante el año 2000 menores a S/. 300 000,00 (trescientos mil Nuevos Soles). - Formularios D-1: para empresas que obtuvieron ingresos por ventas netas durante el año 2000 de S/. 300 000,00 (trescientos mil Nuevos Soles) hasta S/. 2 000 000,00 (dos millones de Nuevos Soles) y tengan un solo establecimiento. La empresa manufac- turera con ventas netas en este rango que cuenta con más de un establecimiento manufacturero, deberá informar en el formulario D-2. - Formularios D-2: para empresas que obtuvieron ingresos por ventas netas durante el año 2000 mayores a S/. 2 000 000,00 (dos millones de Nuevos Soles). Artículo 3º.- Todas las personas naturales y jurídicas a que se refiere el Artículo 1º de la presente Resolución podrán acceder gratuitamente al cuestionario que les corresponda de dos formas: a) Electrónicos.- Las empresas podrán obtener el formulario electrónico a través de un aplicativo en Inter- net colocado en la página Web del MITINCI (www.mitinci.gob.pe), del cual podrán descargar el formu- lario electrónico; o, entregando un disquete en blanco en la Oficina General de Informática y Estadística del Minis- terio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, sito en la calle Uno Nº 50 Urb. Corpac, San Isidro-Lima; y en provincias, en las Direcciones Regionales de Industria y Turismo de los Consejos Transitorios de Administración Regional. Este tipo de formulario estará a disposición de las em- presas a partir del 9 de octubre del presente año. b) Impresos.- Aquellas empresas que no tengan faci- lidades para el llenado del formulario electrónico, podrán solicitar los formularios impresos de la Encuesta en la Oficina General de Informática y Estadística del Ministe- rio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, sito en la calle Uno Nº 50 Urb. Corpac, San Isidro-Lima; y en provincias, en las Direcciones Regionales de Industria y Turismo de losConsejos Transitorios de Administración Regional. Este tipo de formulario estará a disposición de las em- presas a partir del 5 de noviembre del presente año. Artículo 4º.- Establecer el 10 de diciembre del 2001, como plazo máximo para la presentación de ambos tipos de formularios debidamente diligenciados de la encuesta económica anual “Estadística Manufacturera del 2000" a nivel nacional, en las dependencias del MITINCI señala- das en el artículo anterior, de acuerdo al Cronograma establecido según RUC de la empresa (Anexo Nº 01). Las personas naturales o jurídicas que no cumplan con pre- sentar la información dentro del plazo establecido, serán sancionadas conforme al Art. 87º del D.S. Nº 043-2001- PCM. Artículo 5º.- La información económica-financiera que proporcionen la empresas a través de la Encuesta, será presentada de conformidad a las normas del Plan Contable General Revisado, y expresado en nuevos soles a VALORES HISTORICOS. Regístrese y comuníquese. GILBERTO MONCADA Jefe Anexo Nº 01 ENCUESTA ECONOMICA ANUAL 2000 - ESTADISTICA MANUFACTURA Y DE AGENCIAS DE VIAJE Y ESTABLECIMIENTOS DE HOSPEDAJE CRONOGRAMA DE VENCIMIENTOS PARA EL RECOJO Y DEVOLUCION DE FORMULARIOS ELECTRONICOS 1. El presente cronograma tiene como objetivo ordenar el Recojo y Devolución de los formularios electrónicos al MITINCI, según el último dígito del Registro Unico de Contribuyentes (RUC) de las Empresas que desarrollan actividades Manufactureras o de Turismo. 2. Los representantes de las Empresas que no tengan acceso a Internet deberán acercarse a las Oficinas de distribución para recabar el formulario electrónico según cronograma adjunto. 3. Las Empresas que no tengan facilidades para el llenado de los formularios electrónicos podrán recoger y devolver los formularios impresos del 5 de noviembre hasta el 10 de diciembre del presente año, en las oficinas de distribución del MITINCI a nivel nacional. Ultimo Dígito delCronograma de Vencimientos Número de RUCRecojo de Formularios Devolución de del MITINCI Formularios al MITINCI Del Al Del Al 0 9-Oct 12-Oct 11-Oct 17-Oct 1 15-Oct 23-Oct 18-Oct 26-Oct 2 24-Oct 29-Oct 29-Oct 31-Oct 3 30-Oct 2-Nov 2-Nov 7-Nov 4 5-Nov 8-Nov 8-Nov 13-Nov 5 9-Nov 14-Nov 14-Nov 19-Nov 6 15-Nov 20-Nov 21-Nov 23-Nov 7 21-Nov 26-Nov 26-Nov 29-Nov 8 27-Nov 30-Nov 30-Nov 5-Dic 9 3-Dic 5-Dic 6-Dic 10-Dic 30591 Autorizan la realización de las encues- tas económicas anuales del 2000 diri- gida a los "Establecimientos de Hos- pedaje" y a las "Agencias de Viajes y Turismo" RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 261-2001-INEI Lima, 28 de agosto del 2001 Visto el Oficio Nº 050-2001-MITINCI/SG/OGIE de la Oficina General de Informática y Estadística del Ministe- rio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones