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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2002 (21/04/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 43

Pág. 221745 NORMAS LEGALES Lima, domingo 21 de abril de 2002 Que, el Artículo VII del Decreto Supremo Nº 154- 2001-EF, que aprueba el Reglamento General de Proce- dimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, faculta al Estado a través de la Superintenden- cia de Bienes Nacionales a reservar la prioridad del uso y administración de propiedad del Estado, para atender necesidades presentes o futuras de interés lo- cal y/o nacional; Que, el Estado es propietario del predio denomina- do Parcela A, de 2 692,73 m2, ubicado con frente a la prolongación de la avenida Mateo Pumacahua s/n, del distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departa- mento de Lima; el mismo que se encuentra inscrito en la Partida Electrónica Nº 11342457 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, y registrado en el Asiento Nº 10448 del Sistema de Información Nacional de Bie- nes de Propiedad Estatal, correspondiente al depar- tamento de Lima; Que, mediante Oficio Nº 305-96-MML-DMDU-DGA- TE de fecha 14 de noviembre de 1996 el Director de Adjudicación (e) de la Dirección de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima solicita la transferencia del predio descrito en el considerando precedente, para su posterior adjudicación en venta directa a favor del señor Guillermo Girón Lara, de con- formidad con lo señalado en el Decreto Supremo Nº 002-91-VC; Que, el Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 004- 85-VC, que aprueba el Reglamento de Adjudicación de Terrenos Fiscales para fines Urbanos en Aplica- ción de la Ley Orgánica de Municipalidades, con- cordado con el Decreto Supremo Nº 048-2001-EF, dis- pone que las Municipalidades Provinciales podrán transferir en venta directa a favor de terceros los te- rrenos transferidos por el Estado a través de la Su- perintendencia de Bienes Nacionales, en casos de emergencia o con fines de inversión que generen ocu- pación o cumplan fines sociales a favor de personas naturales o jurídicas que garanticen la ejecución de un proyecto determinado; Que, el Artículo 18º del Decreto Supremo Nº 004-85- VC, establece que las Municipalidades Provinciales podrán vender directamente terrenos a favor de terceros a precio de tasación oficial, entre otros, en aquéllos casos de nece- sidad de vivienda única de tipo económico a través de Pro- gramas Municipales, supuesto en el cual no está incursa la solicitud formulada por la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 033-2002/SBN- GO-JAD de fecha 12 de marzo del 2002, la Jefatura de Adjudicaciones de la Superintendencia de Bienes Nacio- nales ha concluido que no resulta procedente la transferen- cia solicitada por la Municipalidad Metropolitana de Lima y propone se realice la venta directa del predio a favor del señor Guillermo Girón Lara, de conformidad con lo estipu- lado en el Artículo 34º y siguientes del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; Que, el literal l) del Artículo 41º de la Resolución Nº 315-2001/SBN, que aprueba el Reglamento de Organiza- ción y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacio- nales, faculta a la Jefatura de Adjudicaciones a emitir en primera instancia las Resoluciones de su competencia, de conformidad con la normatividad vigente y la política insti- tucional; SE RESUELVE: Artículo Único.- Declarar improcedente la solicitud de transferencia formulada por la Municipalidad Metropolitana de Lima, respecto del predio denominado Parcela A, de 2 692,73 m2, ubicado con frente a la prolongación de la ave- nida Mateo Pumacahua s/n, distrito de San Juan de Mira- flores, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Partida Nº 11342457 del Registro de la Propiedad Inmue- ble de Lima. Comuníquese y publíquese. YALU PÉREZ VÁSQUEZ Jefe de Adjudicaciones 7233GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Establecen espacios para estaciona- miento vehicular en el Cercado de Lima DECRETO DE ALCALDÍA Nº 043 Lima, 1 de abril de 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Subasta Pública Nº 001-2001-MML/CEE adjudicó a la Empresa OPERACIONES & SERVICIOS GENERALES S.A. la concesión de la administración de espacios para estacionamiento vehicular; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 095 de fecha 26 de julio de 2001, modificado por Decreto de Alcaldía Nº 114 de fecha 28 de setiembre de 2001, se estableció que la Empresa Concesionaria quedaba a cargo de seiscien- tos ochenta y uno (681) espacios para estacionamiento vehicular, a partir del 1 de agosto de 2001, estableciéndo- se que el monto mínimo mensual a abonar a la Municipali- dad Metropolitana de Lima por la concesión, sería del monto no menor a S/. 40,615.70 (CUARENTA MIL SEISCIENTOS QUINCE Y 70/100 NUEVOS SOLES); Que, la Empresa Concesionaria mediante Carta Nº 0166-2001-GA y ampliada por Carta Nº 036-2002-GA, ha informado y justificado que algunos espacios no son ade- cuados para estacionamiento por su escasa rotación y las características residenciales donde se ubican, además de ocasionar molestias a los vecinos, así el hecho de que zo- nas son paraderos de transportistas informales, mientras que en otros casos como en el Campo Ferial Las Malvinas el parqueo vehicular está a cargo de personas ajenas a los comerciantes, y que desarrollan sus labores como lavaca- rros, motivos, por los cuales ha solicitado un estudio y aná- lisis de cada zona entregada para estacionamiento vehicu- lar; Que, la Dirección Municipal de Transporte Urbano me- diante Informe Nº 008-02-MML/DMTU de fecha 6 de marzo de 2002, ha opinado por la factibilidad de la incorporación así como el retiro de algunas zonas de estacionamiento vehicular en el Cercado de Lima, entre las que fueron pro- puestas por la Empresa Concesionaria OPERACIONES & SERVICIOS GENERALES S.A., estableciéndose un total de Cuatrocientos Ochenta y Cinco (485) espacios, así como las zonas que comprende el número de espacios para es- tacionamiento vehicular, según la ubicación de cada cua- dra y la forma de parqueo; Que, evaluadas y aprobadas las zonas y los espacios para estacionamiento vehicular por la Dirección Municipal de Transporte Urbano mediante el Informe referido en el conside- rando precedente, se reduce el número de espacios y se incor- pora nuevos, a los que fueron inicialmente adjudicados, conlle- vando a establecer un nuevo monto mínimo mensual que de- berá abonar la Empresa Concesionaria, el mismo que se ha determinado calculando el valor referencial de cada espacio según la propuesta de la Empresa por el número de espacios que se aprueba mediante el presente Decreto de Alcaldía, re- sultando el monto mínimo mensual no menor a S/. 28,926.00 (VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS VEINTISÉIS CON 00/100 NUEVOS SOLES), debiendo procederse a suscribir la respec- tiva Addenda al Contrato cuya vigencia será a partir del 1 de marzo de 2002; De conformidad a las atribuciones establecidas en la Ley Nº 23853 "Ley Orgánica de Municipalidades" y la Or- denanza Nº 308"; DECRETA: 1º. Incorporar y establecer a partir del 1 de marzo de 2002, los espacios para estacionamiento vehicular en el