Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2002 (21/04/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, MORDAZA 21 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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Que, el Articulo VII del Decreto Supremo Nº 1542001-EF, que aprueba el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, faculta al Estado a traves de la Superintendencia de Bienes Nacionales a reservar la prioridad del uso y administracion de propiedad del Estado, para atender necesidades presentes o futuras de interes local y/o nacional; Que, el Estado es propietario del predio denominado Parcela A, de 2 692,73 m2, ubicado con frente a la prolongacion de la avenida MORDAZA Pumacahua s/n, del distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de Lima; el mismo que se encuentra inscrito en la Partida Electronica Nº 11342457 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA, y registrado en el Asiento Nº 10448 del Sistema de Informacion Nacional de Bienes de Propiedad Estatal, correspondiente al departamento de Lima; Que, mediante Oficio Nº 305-96-MML-DMDU-DGATE de fecha 14 de noviembre de 1996 el Director de Adjudicacion (e) de la Direccion de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA solicita la transferencia del predio descrito en el considerando precedente, para su posterior adjudicacion en venta directa a favor del senor MORDAZA Giron MORDAZA, de conformidad con lo senalado en el Decreto Supremo Nº 002-91-VC; Que, el Articulo 14º del Decreto Supremo Nº 00485-VC, que aprueba el Reglamento de Adjudicacion de Terrenos Fiscales para fines Urbanos en Aplicacion de la Ley Organica de Municipalidades, concordado con el Decreto Supremo Nº 048-2001-EF, dispone que las Municipalidades Provinciales podran transferir en venta directa a favor de terceros los terrenos transferidos por el Estado a traves de la Superintendencia de Bienes Nacionales, en casos de emergencia o con fines de inversion que generen ocupacion o cumplan fines sociales a favor de personas naturales o juridicas que garanticen la ejecucion de un proyecto determinado; Que, el Articulo 18º del Decreto Supremo Nº 004-85VC, establece que las Municipalidades Provinciales podran vender directamente terrenos a favor de terceros a precio de tasacion oficial, entre otros, en aquellos casos de necesidad de vivienda unica de MORDAZA economico a traves de Programas Municipales, supuesto en el cual no esta incursa la solicitud formulada por la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante Informe Tecnico Legal Nº 033-2002/SBNGO-JAD de fecha 12 de marzo del 2002, la Jefatura de Adjudicaciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales ha concluido que no resulta procedente la transferencia solicitada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y propone se realice la venta directa del predio a favor del senor MORDAZA Giron MORDAZA, de conformidad con lo estipulado en el Articulo 34º y siguientes del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF; Que, el literal l) del Articulo 41º de la Resolucion Nº 315-2001/SBN, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales, faculta a la Jefatura de Adjudicaciones a emitir en primera instancia las Resoluciones de su competencia, de conformidad con la normatividad vigente y la politica institucional; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar improcedente la solicitud de transferencia formulada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, respecto del predio denominado Parcela A, de 2 692,73 m2, ubicado con frente a la prolongacion de la avenida MORDAZA Pumacahua s/n, distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº 11342457 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. Comuniquese y publiquese. YALU MORDAZA MORDAZA Jefe de Adjudicaciones 7233

GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Establecen espacios para estacionamiento vehicular en el Cercado de MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 043 MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, mediante Subasta Publica Nº 001-2001-MML/CEE adjudico a la Empresa OPERACIONES & SERVICIOS GENERALES S.A. la concesion de la administracion de espacios para estacionamiento vehicular; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 095 de fecha 26 de MORDAZA de 2001, modificado por Decreto de Alcaldia Nº 114 de fecha 28 de setiembre de 2001, se establecio que la Empresa Concesionaria quedaba a cargo de seiscientos ochenta y uno (681) espacios para estacionamiento vehicular, a partir del 1 de agosto de 2001, estableciendose que el monto minimo mensual a abonar a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA por la concesion, seria del monto no menor a S/. 40,615.70 (CUARENTA MIL SEISCIENTOS QUINCE Y 70/100 NUEVOS SOLES); Que, la Empresa Concesionaria mediante Carta Nº 0166-2001-GA y ampliada por Carta Nº 036-2002-GA, ha informado y justificado que algunos espacios no son adecuados para estacionamiento por su escasa rotacion y las caracteristicas residenciales donde se ubican, ademas de ocasionar molestias a los vecinos, asi el hecho de que zonas son paraderos de transportistas informales, mientras que en otros casos como en el MORDAZA Ferial Las Malvinas el parqueo vehicular esta a cargo de personas ajenas a los comerciantes, y que desarrollan sus labores como lavacarros, motivos, por los cuales ha solicitado un estudio y analisis de cada MORDAZA entregada para estacionamiento vehicular; Que, la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA mediante Informe Nº 008-02-MML/DMTU de fecha 6 de marzo de 2002, ha opinado por la factibilidad de la incorporacion asi como el retiro de algunas zonas de estacionamiento vehicular en el Cercado de MORDAZA, entre las que fueron propuestas por la Empresa Concesionaria OPERACIONES & SERVICIOS GENERALES S.A., estableciendose un total de Cuatrocientos Ochenta y Cinco (485) espacios, asi como las zonas que comprende el numero de espacios para estacionamiento vehicular, segun la ubicacion de cada cuadra y la forma de parqueo; Que, evaluadas y aprobadas las zonas y los espacios para estacionamiento vehicular por la Direccion Municipal de Transporte MORDAZA mediante el Informe referido en el considerando precedente, se reduce el numero de espacios y se incorpora nuevos, a los que fueron inicialmente adjudicados, conllevando a establecer un MORDAZA monto minimo mensual que debera abonar la Empresa Concesionaria, el mismo que se ha determinado calculando el valor referencial de cada espacio segun la propuesta de la Empresa por el numero de espacios que se aprueba mediante el presente Decreto de Alcaldia, resultando el monto minimo mensual no menor a S/. 28,926.00 (VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS VEINTISEIS CON 00/100 NUEVOS SOLES), debiendo procederse a suscribir la respectiva Addenda al Contrato cuya vigencia sera a partir del 1 de marzo de 2002; De conformidad a las atribuciones establecidas en la Ley Nº 23853 "Ley Organica de Municipalidades" y la Ordenanza Nº 308"; DECRETA: 1º. Incorporar y establecer a partir del 1 de marzo de 2002, los espacios para estacionamiento vehicular en el

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