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Pág. 221728 NORMAS LEGALES Lima, domingo 21 de abril de 2002 mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y modifica- do mediante Decreto Supremo Nº 079-2001-MTC, señala que la situación de urgencia debe entenderse como una medida temporal, ante un hecho de excepción que deter- mina una acción rápida a fin de adquirir o contratar lo indis- pensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el proceso de selección correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las adquisiciones o contrataciones exoneradas del pro- ceso de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudica- ción Directa, se realizarán mediante el proceso de Adjudi- cación de Menor Cuantía y se aprobarán mediante Resolu- ción del Titular del Pliego, requiriendo de un Informe técni- co - legal previo; dicha Resolución será publicada en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitirse copia de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloría General de la República, dentro de los 10 días siguientes a la fecha de su aprobación; Que, en consecuencia, es necesario adquirir los bie- nes y contratar los servicios necesarios, mediante el pro- ceso de Adjudicación de Menor Cuantía, a fin de atender adecuadamente a las autoridades y altos funcionarios que asistan a la citada Reunión, pues de no contarse con ellos oportunamente se pondría en riesgo el desarrollo de tan importante evento; Con el informe favorable de la Oficina General de Ase- soría Jurídica, y de conformidad con el Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM y su modificatoria aprobada por Decreto Su- premo Nº 079-2001-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar en situación de urgencia la adqui- sición de bienes y contratación de servicios necesarios para llevar a cabo la Tercera Reunión de Ministros de Transpor- te del Foro de Cooperación Asia Pacifico -APEC-, a reali- zarse en la ciudad de Lima del 6 al 9 de mayo de 2002. Artículo 2º.- Exonerar al Ministerio de Transportes, Comunicaciones Vivienda y Construcción de los procesos de selección correspondientes para la adquisición de los bienes y contratación de los servicios necesarios para lle- var a cabo el evento a que hace referencia el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- Autorizar a la Oficina General de Admi- nistración la adquisición de los bienes y la contratación de los servicios detallados en el Anexo que forma parte del Informe Técnico Nº 126-2002-MTC/15.09.01 hasta por un monto de S/ 570,000.00 (quinientos setenta mil y 00/100 nuevos soles) mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo 4º.- La presente Resolución, así como el In- forme Técnico Nº 126-2002-MTC/15.09.01, el Anexo que forma parte del referido Informe Técnico y el Informe Le- gal, serán puestos en conocimiento de la Contraloría Ge- neral de la República dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CHANG REYES Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 7261 Autorizan contratación de hoteles para llevar a cabo la Tercera Reunión de Mi- nistros de Transporte del APEC me- diante proceso de adjudicación de me- nor cuantía RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 217-2002 MTC/15.01 Lima, 19 de abril de 2002VISTOS: El Memorándum Nº 510-2002-MTC/15.09.01 e Informe Técnico Nº 125-2002-MTC/15.09.01 de la Oficina General de Presupuesto y Planificación, mediante los cuales se solicita la expedición de la Resolución Ministerial corres- pondiente para autorizar la exoneración del proceso de selección para la contratación de los hoteles para la reali- zación de la Tercera Reunión de Ministros de Transportes del Foro de Cooperación Asia Pacífico -APEC-, que se lle- vará a cabo en la ciudad de Lima entre los días 6 al 9 de mayo de 2002; CONSIDERANDO: Que, en la Décimo Sexta reunión del Grupo de Trabajo de Transporte de la APEC, realizada en Hong Kong, China, el Perú a través del Ministerio de Transportes Comunica- ciones, Vivienda y Construcción se comprometió a organi- zar la Tercera Reunión de Ministros de Transporte del Foro de Cooperación Asia Pacifico -APEC-; Que, en la Vigésima Reunión del Grupo de Trabajo de Transportes, realizada en Manila-Filipinas los días 4 al 8 de marzo de 2002 se confirmó que la citada Reunión de Ministros se celebrará del 6 al 9 de mayo del 2002; Que, en la Tercera Reunión de Ministros de Transpor- tes de APEC, participarán, los 21 Ministros de Transportes, altos funcionarios de APEC, el Director Ejecutivo de la Secretaría de APEC, los representantes de las organiza- ciones oficiales de observadores del Asia-Pacífico; Que, de acuerdo a los lineamientos fijados por la Secre- taría de APEC para la realización de estos eventos, los países anfitriones deben cubrir los gastos de alojamiento de los referidos funcionarios, así como los gastos de orga- nización de la citada Reunión; Que, de acuerdo al Informe Técnico Nº 125-2002-MTC/ 15.09.01, se requiere contratar las instalaciones de hote- les que ofrezcan las condiciones de hospedaje y de infra- estructura que permitan cumplir con los requerimientos que para este tipo de reuniones ha establecido la Secretaría de APEC, a fin de conducir con éxito la organización de este evento; Que, de acuerdo al referido Informe Técnico se requie- re la contratación de hoteles con experiencia en la aten- ción de eventos similares, ubicados en zonas con niveles de seguridad adecuada, que se encuentren situados en zonas con accesos directos al Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, que ofrezcan alojamiento equivalentes a las comodidades que otorgan los hoteles cinco estrellas, que dispongan de ambientes adecuados para este tipo de re- uniones como el contar con una sala plenaria para mínimo 350 personas, salas para reuniones bilaterales, centro de documentación; Que, la Oficina General de Presupuesto y Planificación señaló en el mencionado Informe Técnico que el valor refe- rencial para la contratación de los hoteles ascendería a la suma de S/.166,260.48 (ciento sesenta y seis mil doscien- tos sesenta y 48/100 nuevos soles); Que, el inciso h) del Artículo 19º del Texto Único Orde- nado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Es- tado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que se encuentran exonerados de los procesos de licitación pública, concurso público o adjudicación di- recta los servicios personalísimos, regulados en su Regla- mento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; Que, el Artículo 111º del Reglamento antes referido, establece que se encuentran exonerados del respectivo proceso de selección los contratos de locación de servi- cios que se celebran con personas naturales o jurídicas, cuando para dicha contratación se hayan tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus características inherentes, particulares o especia- les o por su determinada calidad o profesión; Que, el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las adquisiciones o contrataciones exoneradas del pro- ceso de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudica- ción Directa, se realizarán mediante el proceso de Adjudi- cación de Menor Cuantía y se aprobarán mediante Reso- lución del Titular del Pliego, requiriendo de un Informe téc- nico - legal previo; dicha Resolución será publicada en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitirse copia de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloría