Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2002 (09/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 9 de agosto de 2002

Esta notoria diferencia entre tasas se puede apreciar tambien en casi la totalidad de las municipalidades provinciales ubicadas en las capitales de departamento en el pais. Cuadro Nº 2: Tasas para la expedicion de partidas de nacimiento en las municipalidades provinciales de las capitales de departamento del MORDAZA 5
Nº Municipalidad provincial de capital de departamento Abancay MORDAZA MORDAZA Callao6 Cerro de Pasco Chachapoyas Chiclayo MORDAZA Huamanga Huancavelica Huancayo MORDAZA MORDAZA Ica Iquitos MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pucallpa Puerto MORDAZA MORDAZA San MORDAZA Tacna MORDAZA Tumbes Para uso en el Peru (S/.) 7.00 10.00 8.00 15.50 12.00 5.00 15.00 17.00 8.00 6.00 8.00 7.50 10.00 10.00 10.50 15.00 8.00 15.00 10.00 7.50 10.00 12.00 10.00 13.00 8.00 Para uso en el extranjero (S/.) 7.00 37.50 14.00 31.00 52.00 35.00 25.00 32.00 52.00 50.00 60.00 18.60 30.00 50.00 58.50 40.00 23.00 35.50 30.00 35.00 15.00 30.00 15.00 53.00 22.00 Diferencia porcentual (%) 0 275 75 100 333 600 66 88 550 733 650 148 200 400 457 166 187 136 200 366 50 150 50 307 175

1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. 22. 23. 24. 25.

Conforme se puede apreciar de la informacion contenida en ambos MORDAZA, apenas dos de las municipalidades distritales de MORDAZA y Callao (Pucusana y MORDAZA El Salvador) no hacen distincion entre las tasas para la expedicion de partidas de nacimiento legalizadas para uso en el MORDAZA y uso en el extranjero. En el caso de las municipalidades provinciales de capital de departamento, unicamente la de Abancay tiene un tratamiento en el mismo sentido. Cuarto: Respecto a los criterios senalados por las municipalidades consultadas para justificar el costo diferenciado de las tasas por la expedicion de partidas de nacimiento para uso en el extranjero. En respuesta a la solicitud de informacion formulada por la Defensoria del Pueblo, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA explico la diferencia en el monto de la tasa correspondiente a la emision de documentos para el extranjero, por requerir de las certificaciones del Jefe de Procesamiento de Copias y del Director de Registros Civiles ("en representacion del MORDAZA metropolitano"), ademas de dos sellos especiales polimeros de diseno exclusivo de la municipalidad y cuatro niveles administrativos de control. Asimismo, la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA del Triunfo preciso que la diferencia se sustenta en los requerimientos tecnicos adicionales que supone la expedicion de una partida de nacimiento para uso en el extranjero, entre las que se encuentra el MORDAZA de papel (en un tramado especial), impresion de sello de agua y sello para certificacion en el exterior. Por su parte, la Municipalidad de Miraflores senalo que el criterio para diferenciar las partidas de nacimiento para uso en el extranjero, de las de uso interno, es que el funcionario encargado de expedir las primeras es el Jefe de la Oficina de Registro Civil de la municipalidad, cuya firma se encuentra registrada en el Ministerio de Relaciones Exteriores y en el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil (RENIEC); mientras que las firmas de los funcionarios encargados de expedir las partidas de nacimiento para uso interno, solo se encuentran registradas ante el RENIEC. Asimismo se indico que en este ultimo caso no se hacia uso de un sello de agua especial.

De otro lado, las municipalidades de Cieneguilla y San MORDAZA de Miraflores precisaron que la justificacion en la diferencia del costo de esta tasa, se origina en la intervencion del MORDAZA en el procedimiento administrativo. Adicionalmente, la municipalidad de San MORDAZA de Miraflores adjunto el detalle del estudio de costos desagregados de los distintos conceptos comprendidos en el procedimiento administrativo; segun se indica a continuacion: la mano de obra (personal tecnico, de jefatura, directivo o del alcalde), materiales (utiles de oficina), depreciacion (proceso en red - microprocesador, mobiliario), servicios (tramite interno y seguimiento de expedientes en sus diversas areas, inspeccion ocular), y el margen de contribucion (gastos generales). Finalmente, la Municipalidad de Comas se limito a remitir una MORDAZA de la parte pertinente de su Texto Unico de Procedimientos Administrativos, en tanto la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, senalo que la tasa para la obtencion de partidas legalizadas por el MORDAZA, para uso dentro o fuera del territorio nacional, era de S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles), y la partida de nacimiento certificada por el Jefe de Registros Civiles de la municipalidad, de S/. 10.00 (Diez y 00/100 Nuevos Soles). Respecto a lo senalado por las autoridades ediles, debe tenerse presente que la Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, Ley Nº 26497, establece en su Articulo 7º, que a esta institucion compete el registro de nacimientos y la emision de las constancias de inscripcion correspondientes. Asi, la Resolucion Jefatural Nº 001-99-JEF/RENIEC del 4 de enero de 1999, senala que las certificaciones de actas de nacimiento las expide el RENIEC, a traves de los Jefes de las Oficinas del Registro Civil 7 . En ese sentido, queda MORDAZA que el MORDAZA no es la autoridad competente para emitir partidas de nacimiento, sino que dicha atribucion corresponde a los Jefes de las Oficinas del Registro Civil, funcionarios que dependen de las municipalidades unicamente en el aspecto administrativo. Sin embargo, del estudio realizado por la Defensoria del Pueblo, se constata que existen municipios en los que persiste esta practica, como por ejemplo, las municipalidades de Cieneguilla y San MORDAZA de Miraflores. En todo caso, del hecho de que la certificacion o suscripcion de las partidas sea realizada por funcionarios de mayor jerarquia -distintos al funcionario competente de las oficinas registrales de las municipalidades-, no puede derivarse que ello represente o justifique un incremento en el costo de las tasas correspondientes. Finalmente, se ha verificado que el RENIEC no exige ningun formato ni requerimiento tecnico especial para la documentacion de uso en el extranjero. Por su parte, el unico requisito para la legalizacion del documento por el Ministerio de Relaciones Exteriores, es que la firma del Jefe de la Oficina de Registros Civiles se encuentre registrada ante dicha institucion. Por estos motivos, y atendiendo a que, de conformidad con lo prescrito en el inciso 10) del Articulo 55º de la Ley de Procedimientos Administrativos General, es derecho del administrado que las actuaciones de las entidades que les afecten MORDAZA llevadas a cabo en la forma menos gravosa posible, no resulta ajustado a ley que las actuaciones adicionales en las que pudiera incurrir la autoridad municipal devengan en un incremento del costo de la tasa, MORDAZA si tales diligencias resultan innecesarias. Quinto: Tasas vigentes para la expedicion del certificado de antecedentes policiales y criterios que las sustentarian.De conformidad con el Articulo 8º de la Ley Nº 27238, Ley Organica de la Policia Nacional del Peru, es atribucion de dicha institucion, registrar y centralizar los anteceden-

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Los datos consignados en el cuadro fueron recabados telefonicamente y estan actualizados al 30 de MORDAZA del presente. De conformidad con la Duodecima Disposicion Final y Transitoria de la Constitucion Politica, la Provincia Constitucional del Callao forma parte de la organizacion politica departamental de la Republica. Resolucion Jefatural Nº 001-99-JEF/RENIEC. "Articulo 1º.- Las certificaciones de actas de nacimiento, matrimonio o defuncion, que expide el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil a traves de los Jefes de las Oficinas Regionales de Registro Civil, que funcionan en los gobiernos locales, requeriran para su uso en el exterior la MORDAZA de verificacion de firma del funcionario que lo expidio".

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