Norma Legal Oficial del día 09 de agosto del año 2002 (09/08/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 9 de agosto de 2002

· Directiva de Gestion de las Empresas bajo el ambito del FONAFE y modificatorias. 2. MORDAZA de Seguimiento y Control de los Convenios de Gestion. El MORDAZA de Seguimiento y Control de Convenios de Gestion se MORDAZA en el analisis y evaluacion del resultado de los indicadores establecidos en los Convenios de Gestion. El MORDAZA se inicia con la recepcion de la informacion proporcionada por la Empresa, la cual es evaluada por las instancias administrativas del FONAFE, dando como resultado final la determinacion de la aplicabilidad del MORDAZA de Productividad. 2.1 De la remision de informacion. En los convenios de gestion se establecen dos conceptos: frecuencia de evaluacion y frecuencia de reporte de los indicadores de gestion. La frecuencia de evaluacion es la frecuencia con la que se analizara el resultado del indicador, presentado a traves del reporte final y se comparara con la meta para determinar el porcentaje de cumplimiento del indicador. La frecuencia de evaluacion es anual. La frecuencia de reporte es la frecuencia con que la Empresa reportara al FONAFE, a traves de los reportes de seguimiento, los resultados obtenidos para el indicador segun la forma de calculo establecida. Podra ser trimestral, semestral o anual. · Generacion de reportes de seguimiento. La empresa remitira un reporte de seguimiento segun los periodos definidos en la frecuencia de reporte de los indicadores, dentro de los quince (15) dias calendario posteriores al cierre del periodo a reportar. Los reportes de seguimiento constaran de: 1. Un cuadro resumen, generado a traves del Sistema de Informacion, que incluya el nivel de cumplimiento de todos los indicadores que apliquen al periodo y. 2. Un informe detallado que explique las desviaciones respecto a la meta, los acontecimientos relacionados al cumplimiento del Convenio de Gestion, e incluya para los indicadores continuos1 , una hoja de trabajo que explique la aplicacion de la forma de calculo en la obtencion de los resultados reportados. En caso de no haber indicadores que apliquen al periodo, la empresa solo estara obligada a remitir el reporte de seguimiento del referido periodo si ha sido requerido expresamente por FONAFE. Los reportes de seguimiento deberan dirigirse a la Direccion Ejecutiva del FONAFE y ser suscritos por el Gerente General o equivalente, y por el Auditor Interno o equivalente. · Generacion del reporte final. La empresa remitira un reporte final del cumplimiento de los indicadores de gestion, a mas tardar el 15 de marzo del ano 2004. El reporte final constara de: 1. Un cuadro resumen, generado a traves del Sistema de Informacion, que incluya el nivel de cumplimiento de todos los indicadores del Convenio de Gestion. 2. Un informe detallado que explique las desviaciones respecto a la meta, los acontecimientos relacionados al cumplimiento del Convenio de Gestion, e incluya para los indicadores continuos2 , una hoja de trabajo que explique la aplicacion de la forma de calculo en la obtencion de los resultados reportados. 3. Un Examen Especial del cumplimiento del Convenio de Gestion, presentado por el Auditor Interno de la empresa. El reporte final debera dirigirse a la Direccion Ejecutiva del FONAFE y ser suscrito por el Gerente General o equivalente, y por el Auditor Interno o equivalente. · Reportes de seguimiento y final incompletos. Son considerados bajo esta condicion los siguientes reportes: · Los reportes que no cuenten con alguna de las partes conformantes del reporte de seguimiento o final;

· Los reportes que no cuenten con las firmas del Gerente General y del Auditor Interno (o equivalentes); o · Los reportes que no presentan los resultados de todos los indicadores que aplican al periodo de reporte. Los reportes incompletos se consideraran no recibidos en tanto no se remita la informacion completa y se aplicaran las penalidades aplicables a reportes de seguimiento y reporte final no enviados a tiempo. · Reportes de seguimiento no enviados a tiempo. Se aplicaran las penalidades descritas en el convenio. · Reporte final no enviado a tiempo. Es condicion para otorgar el MORDAZA de Productividad el haber remitido el reporte final hasta el 15 de marzo del 2004. En caso de no remitirse hasta esa fecha se considerara que no se cumplio con esta condicion y no se MORDAZA la conformidad para la aplicacion del MORDAZA de Productividad. 2.2 De la ratificacion por parte de Auditoria Interna de la empresa. Los convenios de gestion se negocian y celebran bajo el MORDAZA de buena fe, considerando que la informacion proporcionada por la Empresa refleja la realidad. Es por este motivo que se requiere que tanto los reportes de seguimiento como el reporte final MORDAZA suscritos por el Auditor Interno de la empresa. La ratificacion que realice el Auditor Interno mediante su suscripcion, se referira a la veracidad de la informacion incluida en los reportes de seguimiento y reporte final suscritos. El Auditor Interno debera cautelar la informacion sustentatoria de los resultados reportados, y presentarla a FONAFE en caso que sea requerida. FONAFE, a traves de su Auditor Interno, podra realizar una revision ex post, del cumplimiento del Convenio de Gestion y de la aplicacion del MORDAZA de Productividad en la Empresa, para lo cual requerira la informacion sustentatoria mencionada en el parrafo precedente. 2.3 De las observaciones a la informacion remitida por la Empresa. En caso que el FONAFE presente observaciones a la informacion remitida, se cursara una comunicacion a la Empresa. En caso que la Empresa no cumpla con remitir una comunicacion atendiendo las observaciones formuladas por FONAFE en el plazo que al efecto se estipule, o cuando la Empresa no resuelva la observacion a satisfaccion del FONAFE, la observacion se considerara como una "observacion no levantada" con lo cual no se cumple una de las condiciones para la conformidad con la aplicacion del MORDAZA de Productividad. 2.4 De la determinacion del porcentaje de cumplimiento de metas. El MORDAZA de calculo del porcentaje de cumplimiento de metas, tiene dos etapas: 1. Determinacion del porcentaje de cumplimiento de la meta conseguido para cada uno de los indicadores y, 2. Ponderacion del porcentaje de cumplimiento de la meta con el factor de ponderacion establecido para cada indicador en el convenio de gestion. 2.4.1 Determinacion del porcentaje de cumplimiento de la meta conseguido para cada uno de los indicadores. Existen tres tipos de indicadores: · Indicadores especificos, son aquellos que suponen el desarrollo de una actividad definida. En estos casos, el no obtener la meta establecida significa no haber logrado el objetivo. · Indicadores continuos, son aquellos que expresan una relacion, tasa o ratio tope (o piso) a ser obtenida y para los cuales, obtener valores menores (o mayores) a los definidos significa el logro parcial del objetivo.

1 Explicado en el numeral 2.4.1. 2 Explicado en numeral 2.4.1.

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