Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2002 (05/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, jueves 5 de diciembre de 2002

NORMAS LEGALES

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Nombran a Tecnico de la MORDAZA de MORDAZA del Peru para prestar servicios en la Agregaduria MORDAZA a la Embajada del Peru en Bolivia y concurrente en MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1797-DE/MGP MORDAZA, 29 de noviembre de 2002 Visto el Oficio P.500-1805 del Director General del Personal de la MORDAZA, de fecha 26 agosto 2002, mediante el cual recomienda se nombre en Mision Diplomatica al Tecnico 1ro. Int. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, CIP. 02716525, para que preste servicios en la Agregaduria MORDAZA a la Embajada del Peru en Bolivia y concurrente en MORDAZA, por el periodo de UN (1) ano. CONSIDERANDO: Que, es necesario nombrar en Mision Diplomatica al Tecnico 1ro. Int. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que preste servicios en la Agregaduria MORDAZA a la Embajada del Peru en Bolivia y concurrente en MORDAZA, por el periodo de UN (1) ano, a partir del 1 enero 2003; Que, el nombramiento referido en el considerando anterior, asi como las funciones inherentes al mismo, redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional e Institucional; Que, la Ley Nº 27619, concordante con el Decreto Supremo Nº 005-87-DE/SG, de fecha 4 diciembre 1987 y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 034-DE/SG, de fecha 21 junio 2001; asi como con el Decreto de Urgencia Nº 030-2002, Decreto de Urgencia Nº 033-2002 y la Resolucion Suprema Nº 141-DE/SG, de fecha 24 MORDAZA 2002, regulan los viajes al exterior; Estando a lo propuesto por el Director General del Personal de la MORDAZA y a lo opinado por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Nombrar en Mision Diplomatica a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, al Tecnico 1ro. Int. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, CIP. 02716525, para que preste servicios en la Agregaduria MORDAZA a la Embajada del Peru en Bolivia y concurrente en MORDAZA, por el periodo de UN (1) ano, a partir del 1 enero 2003. Articulo 2º.- El citado Tecnico, pasara a revistar a ordenes de la Direccion General del Personal de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, por el periodo que dure la Mision Diplomatica. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. Articulo 4º.- El Comandante General de la MORDAZA, queda facultado para variar la fecha de inicio y/o termino del nombramiento, sin exceder el plazo total establecido. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 21411

nistracion del Dinero Obtenido Ilicitamente en Perjuicio del Estado (FEDADOI); Que, por Decreto de Urgencia Nº 139-2001 de fecha 24 de diciembre de 2001, se incorporo al Art. 10º del Decreto de Urgencia Nº 122, el inciso h), por el cual los recursos del FEDADOI se destinaran tambien a atender las necesidades vinculadas con el bienestar de la Policia Nacional y de las Fuerzas Armadas; Que, el Art. 17º del Reglamento del FEDADOI aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2002-JUS de fecha 8 de enero de 2002, dispone que para establecer el alcance de los actuales pagos a que se refiere el inciso h) del Art. 10º del D.U. Nº 122-2001 los Ministerios del Interior y Defensa presentaran al FEDADOI los correspondientes requerimientos debidamente desagregados y aprobados mediante Resolucion Ministerial; Que, el plan de bienestar para el Personal de las Fuerzas Armadas considera la atencion de los requerimientos de vestuario, tanto para el Personal Superior, Subalterno y Personal de Tropa; Que, es necesario aprobar mediante Resolucion Ministerial, el requerimiento desagregado de las necesidades de bienestar de las Fuerzas Armadas con cargo al FEDADOI; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el requerimiento de bienestar para el Personal de las Fuerzas Armadas, mediante el otorgamiento de vestuario, cuyo gasto que demande la adquisicion, sera cubierto con el Fondo Especial de Administracion del Dinero obtenido Ilicitamente en perjuicio del Estado - FEDADOI hasta por el monto de CUARENTA Y DOS MILLONES DE NUEVOS SOLES (S/. 42'000,000.00), desagregado de la siguiente forma: Ejercito Peruano MORDAZA de MORDAZA del Peru Fuerza Aerea del Peru TOTAL S/. 16'000,000.00 S/. 14'000,000.00 S/. 12'000,000.00 -----------------------S/. 42'000,000.00

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 21412

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban operacion de endeudamiento externo con el BID destinada a financiar parcialmente el "Programa para el Desarrollo de Politicas de Comercio Exterior"
DECRETO SUPREMO Nº 187-2002-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO:

Aprueban requerimiento de vestuario para el personal de las Fuerzas Armadas con cargo al FEDADOI
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1800-DE/SG MORDAZA, 2 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, por Decreto de Urgencia Nº 122-2001 de fecha 27 de octubre del 2001 se creo el Fondo Especial de Admi-

Que, mediante el articulo 16º de la Ley Nº 27575, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 021-2002, se autoriza al Gobierno Central a acordar o garantizar operaciones de Endeudamiento Externo hasta por un monto equivalente a US$ 2 250 000 000,00 (DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, la Republica del Peru acordara un prestamo con el Banco Interamericano de Desarrollo -BID-, hasta por la suma de US$ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), destinado a financiar, parcialmente, el "Programa del Desarrollo de Politicas de Comercio Exterior", a

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