Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2002 (14/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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VISTO Y CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
RESUELVE:

MORDAZA, sabado 14 de diciembre de 2002

El Oficio Nº 2214-2002-MP-FSD-DJ-Cajamarca, de fecha 6 de diciembre del 2002, cursado por la Fiscal Superior Decana del Distrito Judicial de MORDAZA, con el que remite la solicitud de renuncia presentada por la doctora Lizzette MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Fiscal Adjunta Provincial Provisional de la MORDAZA Fiscalia Provincial Civil y de Familia de MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA, por razones personales; Estando a lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar la renuncia presentada por la doctora Lizzette MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Fiscal Adjunta Provincial Provisional de la MORDAZA Fiscalia Provincial Civil y de Familia de MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA, materia de la Resolucion Nº 167-2001-CTMP, de fecha 16 de MORDAZA del 2001. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion a la Fiscal Superior Decana del Distrito Judicial de MORDAZA, Gerencia Central de Personal, Gerencia de Registro de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 22068

SBS
Declaran adjudicatario de la buena pro de concurso publico para la seleccion de persona juridica que se encargara de MORDAZA de liquidacion de La Vitalicia Compania de Seguros S.A.
RESOLUCION SBS Nº 1235-2002
MORDAZA, 3 de diciembre de 2002 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS Nº 303-2001 del 24 de MORDAZA de 2001, se autorizo la disolucion voluntaria y posterior inicio del MORDAZA liquidatorio de La Vitalicia Compania de Seguros S.A. en el MORDAZA de las disposiciones estatutarias y legales que lo rigen; Que, por Resolucion SBS Nº 106-2002 del 31 de enero de 2002, se revoco la autorizacion otorgada para la disolucion voluntaria de La Vitalicia Compania de Seguros S.A. y se declaro en disolucion por haber incurrido en la causal prevista en el Articulo 114º numeral 2 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, en concordancia con el numeral 4 del Articulo 407º de la Ley General de Sociedades; Que, mediante Resolucion SBS Nº 1008-2002 del 15 de octubre de 2002, se aprobaron las bases del Concurso Publico para la seleccion de la persona juridica a la que se encargara el MORDAZA de liquidacion de La Vitalicia Compania de Seguros S.A. en Liquidacion; Que, en acto publico de fecha 28 de noviembre de 2002, el Comite de Evaluacion informo que luego de la evaluacion efectuada, Consorcio Administrare S.A. - CMS Consultores y Administradores S.A.C. habia obtenido la Buena Pro del Concurso Publico; Contando con la visacion de las Superintendencias Adjuntas de Seguros y de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 115º y por el numeral 18 del articulo 349º de la Ley General y, de conformidad con lo dispuesto por el Reglamento de los Regimenes Especiales y de la Liquidacion de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros aprobado por la Resolucion SBS Nº455-99 y sus modificatorias;

Articulo Primero.- Declarar como adjudicatario de la buena pro del Concurso Publico para la seleccion de la persona juridica a la que se encargara el MORDAZA de liquidacion de La Vitalicia Compania de Seguros S.A. a Consorcio Administrare S.A. - CMS Consultores y Administradores S.A.C Articulo Segundo.- Como consecuencia de lo anterior, encomendar a partir de la fecha de suscripcion del contrato de locacion de servicios, a Consorcio Administrare S.A. - CMS Consultores y Administradores S.A.C. la conduccion de MORDAZA de liquidacion de La Vitalicia Compania de Seguros S.A. en liquidacion, con las atribuciones contenidas en la Resolucion SBS Nº 455-99 y las facultades de poder general y especial contenidas en los articulos 74º y 75º del Codigo Procesal Civil, concordantes con el articulo 368º de la Ley General, quien asumira la representacion y administracion de la mencionada empresa de seguros, sin que sea necesario el otorgamiento de poder por Escritura Publica ni por acta ante Juez u otra autoridad. Articulo Tercero.- Dar por concluida la designacion de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cotos y MORDAZA MORDAZA Meave, representantes de la Superintendencia en La Vitalicia Compania de Seguros S.A. en Liquidacion, en la fecha en que se efectua la transferencia del cargo encomendado. Asimismo a esa misma fecha se les revocan los poderes que les hayan sido concedidos. Articulo Cuarto.- Encomendar al senor MORDAZA Mandriotti MORDAZA, Superintendente Adjunto de Administracion General, la suscripcion del Contrato de Locacion de Servicios con Consorcio Administrare S.A. - CMS Consultores y Administradores S.A.C. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros 21731

Sustituyen articulo del Reglamento de Deuda Subordinada y modifican notas en Anexos del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero
RESOLUCION SBS Nº 1290-2002 MORDAZA, 12 de diciembre de 2002 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, establece el MORDAZA general para la regulacion de la deuda subordinada de las empresas de los sistemas financiero y de seguros; Que, de conformidad con lo establecido por los articulos 184º y 299º de la Ley General, la deuda subordinada puede ser considerada en el calculo del patrimonio efectivo de las empresas de los sistemas financiero y de seguros cuando reunan los requisitos que establezca la Superintendencia mediante MORDAZA de caracter general; Que, mediante la Resolucion SBS Nº 234-99 del 31 de marzo de 1999, se aprobo el Reglamento de Deuda Subordinada, el mismo que establece las caracteristicas y modalidades de la deuda subordinada, asi como los requisitos que esta debe reunir para ser considerada en el calculo del patrimonio efectivo; Que, con la finalidad de contribuir a la capitalizacion de las empresas de los sistemas financiero y de seguros, asi como de adecuar el MORDAZA regulatorio a los estandares internacionales sobre la materia, resulta necesario realizar ajustes a la forma de computo en el patrimonio efectivo de la deuda subordinada convertible obligatoriamente en acciones;

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