Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2002 (14/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 14 de diciembre de 2002

Declaran infundado pedido de nulidad de elecciones municipales distritales correspondientes al distrito de Ahuac, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 887-2002-JNE
Exp. Nº 1723-2002 MORDAZA, 9 de diciembre de 2002 VISTA en Audiencia Publica de fecha 5 de diciembre de 2002, la apelacion interpuesta por el Movimiento Independiente Unidos por MORDAZA MORDAZA y MORDAZA, contra la Resolucion numero cuatro de fecha 28 de noviembre de 2002, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, que declara nulas las elecciones municipales distritales realizadas en el distrito de Ahuac, provincia de Chupaca, departamento de Junin; CONSIDERANDO: Que la nulidad solicitada se ampara en el inciso b) del articulo 363º de la Ley Organica de Elecciones, que establece que los Jurados Electorales Especiales pueden declarar la nulidad de la votacion realizada en las mesas de sufragio cuando MORDAZA mediado fraude, cohecho, soborno, intimidacion o violencia para inclinar la votacion a favor de una lista de candidatos o de determinado candidato; Que la resolucion apelada se sustenta en las alegadas acciones ejecutadas por MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, esposa del candidato a la alcaldia del distrito de Ahuac, por el Movimiento apelante, que habria ofrecido dadivas a cambio del MORDAZA favorable a la organizacion que representa su esposo, y en caso de no ganar, se habria amenazado con el cobro de los bienes otorgados, atemorizando a la poblacion en el sentido que los votos emitidos iban a ser revisados mediante un sistema de computo; que las constancias, declaraciones juradas de supuestos beneficiarios de las dadivas, y denuncias formuladas ante autoridad incompetente, son insuficientes para declarar la nulidad, pues de haberse producido debieron ser denunciados en su oportunidad, incurriendo los suscriptores de las declaraciones de fojas 68 a 92, en la comision de delitos electorales, que deben ser de conocimiento del Ministerio Publico; El MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el Movimiento Independiente Unidos por MORDAZA MORDAZA y Selva; en consecuencia, REVOCAR la Resolucion numero cuatro de fecha 28 de noviembre de 2002, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, y REFORMANDOLA declarar infundado el pedido de nulidad de las elecciones municipales distritales correspondientes al distrito de Ahuac, provincia de Chupaca, departamento de MORDAZA, las que mantienen su validez. Articulo Segundo.- Disponer que el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA ponga los hechos en conocimiento del Ministerio Publico para que proceda conforme a sus atribuciones. Devolviendose los autos al referido Jurado. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 21877

VISTA, en Audiencia Publica de fechas 5 y 10 de diciembre del 2002, la nulidad interpuesta por el Movimiento Independiente MORDAZA Yunguyo, contra la Resolucion Nº 1952002-JEE-CH de fecha 25 de noviembre del 2002, emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Chucuito; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Nº 07-2002-JEE-CH de fecha 19 de noviembre del 2002, el referido MORDAZA anulo la votacion consignada a favor de las organizaciones politicas: Partido Democratico Somos Peru y Movimiento Independiente MORDAZA Yunguyo, consignandose como votos nulos los veinte (20) votos que aparecen como impugnados en el acta de escrutinio municipal de la mesa de sufragio Nº 009105; y con fecha 25 de noviembre del 2002 mediante Resolucion Nº 195-2002-JEE-CH, de oficio corrige la resolucion anterior, teniendo como validos los votos consignados, adjudicandose al Partido Democratico Somos Peru, 17 votos; omitiendo pronunciarse sobre la votacion obtenida por el apelante; Que cotejada dicha acta con los ejemplares de garantia del MORDAZA Nacional de Elecciones, se constata que MORDAZA tienen igual contenido, habiendo sufragado 119 ciudadanos, consignandose en el rubro de observaciones del acta de escrutinio municipal, que "se impugno los votos del Movimiento Independiente MORDAZA Yunguyo por encontrarse marcado el cartel del candidato en la camara secreta", como aparece en la cinta de video acompanada, e indebidamente sus 20 votos se consigna como impugnados; Que no se han dado los supuestos previstos en los articulos 282º y 286º de la Ley Organica de Elecciones; y el hallazgo del cartel de candidatos con una MORDAZA en el recuadro de la organizacion politica Movimiento Independiente MORDAZA Yunguyo, no constituye causal para impugnar las cedulas de votacion en las cuales dicha agrupacion politica ha obtenido votacion favorable; y estando al MORDAZA de la presuncion de la validez del MORDAZA, previsto en el articulo 4º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; El MORDAZA Nacional de Elecciones, administrando justicia en materia electoral; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar FUNDADO el recurso interpuesto por el Movimiento Independiente MORDAZA Yunguyo; en consecuencia, MANDARON se considere a favor de la organizacion politica recurrente, la cantidad de 20 votos para la votacion provincial, y se tenga como votos nulos 7 en lugar de 27; y CONFIRMARON la Resolucion Nº 195-2002-JEE-CH de fecha 25 de noviembre del 2002, en cuanto declara la validez del acta de escrutinio municipal de la mesa de sufragio 009105 con lo demas que contiene. Devolviendose los autos al MORDAZA Electoral Especial de origen. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA Secretario General 21883

Confirman resolucion del MORDAZA Electoral Especial de Chucuito que declaro la validez de acta de escrutinio municipal de mesa de sufragio
RESOLUCION Nº 894-2002-JNE
Expediente Nº 1727-2002 MORDAZA, 10 de diciembre de 2002

Revocan resolucion del MORDAZA Electoral Especial de Canchis que declara la nulidad de elecciones regionales realizadas en la provincia de Espinar, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 975-2002-JNE Expediente Nº 1863-2002-JNE
MORDAZA, 13 de diciembre de 2002 VISTA: En audiencia publica del 12 de diciembre de 2002, la apelacion interpuesta por la organizacion politica

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