Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2002 (21/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

MORDAZA, sabado 21 de diciembre de 2002

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del informe de visto se desprende que los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ponte y MORDAZA MORDAZA MORDAZA quienes dicen llamarse MORDAZA MORDAZA Seki MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, respectivamente, han inducido a error a servidor publico al hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deben probarse con el documento mismo; Que el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra fe publica, en la modalidad de falsedad ideologica, previsto y sancionado en el articulo 428º del Codigo Penal; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ponte y MORDAZA MORDAZA Mauricio; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ponte y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por presunto delito contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase los actuados al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 22654

De conformidad con lo dispuesto por el articulo 14º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y el procedimiento Nº 44 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Resolucion SBS Nº 131-2002; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar la modificacion del articulo 58º del Estatuto Social de la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA S.A.C. y aprobar en los terminos propuestos la minuta presentada, cuyos documentos pertinentes quedan archivados en este Organismo de Supervision y Control y devuelvase la minuta que lo formaliza con el sello oficial de esta Superintendencia, para su elevacion a Escritura Publica en la que se insertara el texto de la presente Resolucion, para su inscripcion en el Registro Publico correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros 22640

Modifican la Resolucion SBS Nº 11812002
RESOLUCION SBS Nº 1292-2002 MORDAZA, 13 de diciembre del 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS Nº 1181-2002 se dispuso dejar sin efecto la Resolucion SBS Nº 742-2002, en todos sus extremos, Resolucion que autorizaba el cierre definitivo de tres (3) agencias del Banco Wiese Sudameris ubicadas en: 1) Av. MORDAZA Nº 2590, distrito, provincia y departamento de Lima; 2) Av. Brasil Nº 2570; distrito de Pueblo Libre, provincia y departamento de MORDAZA y 3) Av. del Ejercito Nºs. 705-711, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima; Que, mediante comunicacion del 2002.10.29, el Banco Wiese Sudameris informo a esta Superintendencia que el cierre definitivo de la Agencia ubicada en Av. MORDAZA Nº 2590, distrito, provincia y departamento de MORDAZA y de la Agencia ubicada en Av. Brasil Nº 2570, distrito de Pueblo Libre, provincia y departamento de MORDAZA, autorizados por la Resolucion SBS Nº 742-2002 del 8 de agosto 2002, no se realizo y solicita se deje sin efecto la autorizacion de cierre de dichas agencias, quedando vigente la autorizacion para su funcionamiento, emitida en su oportunidad; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en uso de la facultad delegada mediante Resolucion SBS Nº 003-98; RESUELVE: Articulo Primero.- Modificar la parte Resolutiva de la Resolucion SBS Nº 1181-2002 en los siguientes terminos: "Dejar sin efecto la Resolucion SBS Nº 742-2002 en lo relativo al cierre de las agencias ubicadas en Av. MORDAZA Nº 2590, distrito, provincia y departamento de MORDAZA y en Av. Brasil Nº 2570, distrito de Pueblo Libre, provincia y departamento de MORDAZA, quedando vigente la autorizacion otorgada en su oportunidad al Banco Wiese Sudameris para la apertura de dichas agencias". Articulo Segundo.- Queda vigente la Resolucion Nº 742-2002, en lo relativo al cierre de la Agencia ubicada en Av. del Ejercito Nºs. 705 - 711, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 22683

SBS
Autorizan modificacion del Estatuto Social de la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA S.A.C.
RESOLUCION SBS Nº 1250-2002 MORDAZA, 10 de diciembre de 2002 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA S.A.C., para que se le autorice la modificacion del articulo 58º de su Estatuto Social; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Municipal Nº 073-2002-C/ CPP del Concejo Provincial de MORDAZA de fecha 14 de agosto de 2002, se aprobo modificar el articulo 58º del Estatuto Social de la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA S.A.C.; Que, mediante Carta Nº 167-2002-FEPCMAC, la Federacion Peruana de MORDAZA Municipales de Ahorro y Credito manifiesta su opinion favorable; Estando a lo informado por el Intendente del Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "F" mediante Informe Nº DES"F" 200-02/OT, y el Departamento Legal mediante Informe Nº 1152-02-LEG, y contando con la opinion favorable de la Superintendencia Adjunta de Banca y de Asesoria Juridica; y,

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