Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2002 (21/12/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 21 de diciembre de 2002

diodifusion concedido acorde con la presente resolucion, estando impedido de modificar las caracteristicas a que se contrae el articulo 1º de la presente resolucion sin autorizacion previa de este Ministerio. Articulo 4º.- La autorizacion a que se contrae la presente resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 22526

la emision de los Certificados de Conformidad de Modificacion, Montaje y Fabricacion. 2. El procedimiento a traves del cual las personas juridicas autorizadas para emitir el Certificado de Conformidad de Modificacion, Montaje y Fabricacion, efectuara la inspeccion tecnica del vehiculo y, de ser el caso, emitiran dichos certificados. 2. ALCANCE Se encuentran comprendidas en el ambito de lo dispuesto en la presente Directiva, las personas juridicas que soliciten y/o MORDAZA autorizadas para la emision de los certificados de conformidad de modificacion, montaje y fabricacion; los ingenieros, personal y talleres acreditados; las dependencias, oficinas u organismos de la Policia Nacional del Peru; el Registro de Propiedad Vehicular; la Direccion General de Circulacion Terrestre y el Especialista encargado de efectuar los controles aleatorios. 3. BASE LEGAL a) Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. b) Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre. c) Decreto Supremo Nº 034-2001-MTC, que aprobo el Reglamento Nacional de Vehiculos. d) Decreto Supremo Nº 05-2002-MTC, que modifico el Reglamento Nacional de Vehiculos. e) Decreto Supremo Nº 047-2001-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de emisiones contaminantes para vehiculos automotores que circulen en la red vial. f) Decreto Supremo Nº 007-2002-MTC, que establece procedimiento para la homologacion y autorizacion de equipos a utilizarse en el control oficial de Limites Maximos Permisibles de emision de contaminantes para vehiculos automotores. g) Decreto Supremo Nº 044-2002-MTC, que modifico el Reglamento Nacional de Vehiculos 4. REFERENCIAS Cuando en la presente Directiva se mencione la palabra Ley, se entendera que se esta haciendo referencia a la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; la mencion al "Reglamento", esta referida al Reglamento Nacional de Vehiculos, la mencion al "Ministerio", esta referida al Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la mencion de la "DGCT", esta referida a la Direccion General de Circulacion Terrestre del Ministerio; y la mencion a "SUNARP", esta referida a Superintendencia Nacional de Registros Publicos. Asimismo, la mencion a Entidad Certificadora, esta referida a la personas juridicas debidamente autorizada por la DGCT para la emision de los Certificados de Conformidad de Modificacion, Montaje o Fabricacion; y cuando se mencione Certificado de Conformidad debera entenderse que se encuentra referido a los Certificados de Conformidad de Modificacion, Montaje o Fabricacion senalados en el punto 5.2 de la presente Directiva y en el Reglamento. 5. CERTIFICADOS DE CONFORMIDAD 5.1. DEFINICION Son documentos con caracter de declaracion jurada, de alcance nacional, emitidos por una Entidad Certificadora, conforme el procedimiento establecido para dicho efecto en la presente Directiva y dentro de las limitaciones establecidas en el Reglamento Nacional de Vehiculos, aprobado por Decreto Supremo Nº 034-2001-MTC. a traves de los cuales se acredita que las modificaciones, montaje o fabricacion efectuados no afectan negativamente la seguridad del vehiculo, el MORDAZA terrestre, el medio ambiente o incumplen con las condiciones y exigencias tecnicas establecidas en el Reglamento Nacional de Vehiculos, normas conexas, complementarias y, de ser el caso las exigencias tecnicas establecidas por el fabricante del vehiculo automotor nuevo. En ningun caso, podran ser emitidos Certificados de Conformidad respecto de las modificaciones efectuadas a vehiculos originalmente destinados al transporte de mercancias para el desarrollo de la actividad de transporte de personas.

Aprueban Directiva "Emision de Certificados de Conformidad: autorizacion, procedimientos y requisitos tecnicos"
DIRECCION GENERAL DE CIRCULACION TERRESTRE RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1573-2002-MTC/15 MORDAZA, 3 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO Que, la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, establece los lineamientos generales, economicos, organizacionales y reglamentarios del transporte y MORDAZA terrestre y dispone que, para su implementacion, debia aprobarse los reglamentos nacionales necesarios, entre ellos, el Reglamento Nacional de Vehiculos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 034-2001-MTC fue aprobado el Reglamento Nacional de Vehiculos, el cual establece los procedimientos necesarios para la inscripcion en el Registro de Propiedad Vehicular de las modificaciones efectuadas a los vehiculos, asi como para la homologacion de los mismos; Que, a fin de lograr la aplicacion adecuada del Reglamento Nacional de Vehiculos, mediante Decretos Supremos Nº 005-2002-MTC y 044-2002-MTC se modifico y derogo parte de dicho Reglamento; Que, conforme lo dispuesto en el articulo 2 del Decreto Supremo Nº 044-2002-MTC, corresponde a la Direccion General de Circulacion Terrestre aprobar la directiva que determine los requisitos minimos exigibles a las personas juridicas para la emision de los certificados de conformidad, asi como los procedimientos que deberan observar dichas personas juridicas para tal efecto; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre y el Reglamento Nacional de Vehiculos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2001-MTC y modificado mediante Decretos Supremos Nº 005-2002-MTC y 044-2002-MTC. SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la Directiva Nº 002-2002-MTC/ 15 "Emision de Certificados de Conformidad: autorizacion, procedimientos y requisitos tecnicos" Registrese y Comuniquese. MORDAZA DE LA MORDAZA L. Director General Directiva Nº 002-2002-MTC/15 "EMISION DE CERTIFICADOS DE CONFORMIDAD: AUTORIZACION, PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS TECNICOS" MORDAZA, 3 de diciembre de 2002 1. OBJETIVO El objetivo de la presente Directiva es establecer: 1. El procedimiento y requisitos que deben reunir las personas juridicas con la finalidad de ser autorizadas para

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