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Pág. 235609 NORMAS LEGALES Lima, domingo 22 de diciembre de 2002 lítico del Presupuesto Institucional de Apertura” , el cual se encuentra detallado a Nivel de Pliego, Unidad Ejecu- tora, Función, Programa, Subprograma, Actividad, Pro- yecto, Componente, Meta Presupuestaria, Fuente de Fi- nanciamiento, Categoría del Gasto, Grupo Genérico de Gasto y Específica del Gasto. Dicho ”Reporte” constituye el documento de referen- cia para efectos de los procesos de Control y Evaluación Presupuestal pertinentes a cargo del Pliego, de acuerdo a sus respectivos ámbitos de competencia. El citado “Reporte” se remite a más tardar el 21 de enero de 2003. SECCION II : PROCEDIMIENTO DE EJECUCION PRE- SUPUESTAL Artículo 16º.- La Asignación Trimestral de Gastos La Asignación Trimestral de gastos, a que se refiere el artículo 30º de la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado - Ley Nº 27209, se elabora tomando como refe- rencia la información proporcionada por los Pliegos Pre- supuestarios a la Dirección Nacional del Presupuesto Público, contenida en el “Software de Programación Men- sualizada del Presupuesto 2003” (para el Primer Trimes- tre del Año 2003) y en el “Software del Proceso Presu- puestario” (para los siguientes Trimestres del Año 2003) y a la real disponibilidad de los recursos de la Caja Fis- cal en el caso de las Fuentes de Financiamiento “Re- cursos Ordinarios” y “Recursos por Privatización y Con- cesiones”. Artículo 17º.- Comunicación a los Pliegos de la Asignación Trimestral La Dirección Nacional del Presupuesto Público, en los plazos señalados en el Anexo Nº 01 de la presente Di- rectiva, aprueba mediante Resolución Directoral el mon- to de la Asignación Trimestral de gastos correspondiente a las entidades del Gobierno Nacional y del Gobierno Regional, de acuerdo al nivel de los recursos financieros disponibles. El detalle de la Asignación Trimestral, con cargo a las Fuentes de Financiamiento “Recursos Ordinarios” y “Re- cursos por Privatización y Concesiones” es comunicado a la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego, en base al cual se efectúan las correspondien- tes Programaciones Trimestrales de Gastos. Artículo 18º.- Previsión Trimestral de Fuentes de Financiamiento distintas a Recursos Ordinarios, Re- cursos por Privatización y Concesiones y Fondo de Compensación Municipal La Previsión trimestral de los recursos provenientes de Fuentes de Financiamiento distintas a Recursos Ordi- narios, “Recursos por Privatización y Concesiones” y “Fon- do de Compensación Municipal” se elaboran en base a la Programación Mensual contenida en el “ Software de Programación Mensualizada del Presupuesto 2003” (para el Primer Trimestre del Año 2003) y en el “Software del Proceso Presupuestario” (para los siguientes Trimestres del Año 2003) y es comunicada por la Dirección Nacional del Presupuesto Público conjuntamente con la Asigna- ción Trimestral, a fin que sirvan de base para la Progra- mación Trimestral de Gastos. Artículo 19º.- La Programación Trimestral de Gas- tos La Programación Trimestral de Gastos constituye un proceso técnico orientado a perfeccionar la Progra- mación Mensual de Gastos efectuada por los Pliegos, a que se refiere el Artículo 10º de la presente Directi- va. Dicha Programación, se efectúa en función a los montos de la Asignación Trimestral de gastos comuni- cada al Pliego, a la Previsión Trimestral de Fuentes de Financiamiento distintas a la de “Recursos Ordinarios” y “Recursos por Privatización y Concesiones”, es co- municada al Pliego y a la demanda de los gastos para el respectivo trimestre.La Programación Trimestral de Gastos debe consig- nar, de acuerdo a la disponibilidad fiscal, los recursos mensualizados necesarios para el cumplimiento de las Metas Presupuestarias previstas para el año fiscal, den- tro del marco de la Escala de Prioridades establecida por el Titular del Pliego. Para tal efecto, la Programación Trimestral de Gastos tiene en cuenta lo siguiente: (i) Las prioridades que asigne para cada trimestre el Titular de Pliego, de acuerdo a los Objetivos Instituciona- les establecidos para el año fiscal, respecto a las metas a cumplir. (ii) Los requerimientos de gasto informados por las Unidades Ejecutoras. (iii) Las proyecciones de ingresos que se esperan cap- tar u obtener durante el período por Fuentes de Financia- miento. El reporte de la Programación Trimestral de Gastos (Opción C.5 “Resumen a Nivel de Programa” del menú de programación presupuestal) debe incluir como anexo sustentatorio un Resumen Explicativo del contenido del mismo, a nivel mensual, el detalle de las licitaciones y concursos con cargo a la asignación trimestral de gastos que se espera efectuar de acuerdo al Plan Anual de Ad- quisiciones, así como el Formato Nº 02 “Sustentación de la Programación Trimestral de Inversiones Financia- das con Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Externo, Donaciones y Contrapartida Nacional” , y otros documentos que demuestren la aplicación del gasto. En el caso de la realización de estudios y obras que se con- traten con terceros, se debe indicar los montos de los adelantos, valorizaciones y otros que se prevean ejecu- tar para el período. Artículo 20º.- Remisión de las Programaciones Tri- mestrales de Gastos Los Pliegos Presupuestarios deben presentar la in- formación relativa a la Programación Trimestral de Gas- tos, en los plazos señalados en el Anexo Nº 01 de la presente Directiva, sujetándose a los montos topes esta- blecidos en la Asignación Trimestral de gastos comuni- cada, a la previsión de ingresos, así como a la disponibi- lidad que se estima captar u obtener de los recursos dis- tintos a las Fuentes de Financiamiento “Recursos Ordi- narios” y “Recursos por Privatización y Concesiones”, teniendo como marco el correspondiente presupuesto aprobado para el año fiscal 2003. Artículo 21º.- Los Calendarios de Compromisos Los Calendarios de Compromisos son aprobados por la Dirección Nacional del Presupuesto Público, a nivel de Pliego, Unidad Ejecutora, Función, Programa, Fuente de Financiamiento y Grupo Genérico de Gasto, en los plazos señalados en el Anexo Nº 01 de la pre- sente Directiva, sujetándose a lo dispuesto por el Artí- culo 32º de la Ley de Gestión Presupuestaria del Esta- do, - Ley Nº 27209, tomando como referencia la res- pectiva Programación Trimestral de Gastos efectuada dentro del marco de la Asignación Trimestral comuni- cada al Pliego. Las propuestas de Calendarios de Compromisos de- ben ser remitidas a la Dirección Nacional del Presupues- to Público, únicamente a través de la Oficina de Presu- puesto o la que haga sus veces, por lo que las Unidades Ejecutoras deben canalizar sus pedidos a través de esta dependencia. En el caso de nuevos Proyectos, es necesario que los Pliegos Presupuestarios adjunten la respectiva declara- ción de viabilidad otorgada por el Sistema Nacional de Inversión Pública. Los requerimientos de las Unidades Ejecutoras que incumplan lo señalado en el párrafo precedente, no se- rán atendidos y se procederá a su archivo.