Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2002 (03/07/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 3 de MORDAZA de 2002

Que, el Articulo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultando dicha situacion a la adquisicion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, asimismo e Articulo 108º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que la situacion de urgencia debe entenderse como una medida temporal ante un hecho de excepcion que determina una accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, el Informe Tecnico DAHNDM-2002 de la Unidad de Mantenimiento del Hospital Nacional "Dos de Mayo" expone la necesidad tecnica de exonerar la contratacion de los Servicios de Limpieza para el Hospital Nacional "Dos de Mayo" del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica, por situacion de urgencia, y contratar dichos servicios por un valor referencial de S/. 2,231.533 Nuevos Soles por dia, desde la emision de la resolucion de exoneracion, hasta el 15 de agosto del 2002, fecha en que se espera se MORDAZA culminado el Concurso Publico Nº 001-2002-HNDM, MORDAZA de seleccion mayor convocado por el Hospital Nacional "Dos de Mayo" para cubrir las necesidades de limpieza posteriores, por haberse declarado la nulidad del mismo mediante Resolucion Directoral Nº 0492-2002/SA/DS/D/UL/ HNDM de fecha 17 de junio del 2002 hasta la etapa de elaboracion de Bases, rectificada por Resolucion Directoral Nº 0511-2002/SA/DS/D/UL/HNDM; Con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Salud y la Direccion General del Hospital Nacional "Dos de Mayo", de conformidad con el Articulo 8º literales d) y l) de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica, la contratacion de los Servicios de Limpieza para el Hospital Nacional "Dos de Mayo", para atender el periodo desde la fecha de la presente resolucion al 15 de agosto del 2002, por un valor referencial de S/. 124,965.85 (Ciento veinticuatro mil novecientos sesenta y cinco con 85/100 Nuevos Soles). Dicha contratacion se realizara mediante MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 dias habiles de su emision, asi como la remision a la Contraloria General de la Republica de MORDAZA de la misma y de los informes que la sustentan, dentro de los 10 dias calendario siguientes a la fecha de aprobacion. Articulo 3º.- Disponer que la Unidad de Logistica del Hospital Nacional "Dos de Mayo", se encargue de realizar la contratacion exonerada por la presente resolucion con cargo a la fuente de financiamiento de recursos ordinarios. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud 11715

cia para la prestacion de Servicio de Avituallamiento a Nave en el Terminal Portuario del Callao; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC (29.DIC.2000), se faculto a la Direccion General de Transporte Acuatico del sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, la regulacion, supervision y control de las actividades administrativas empresariales de los servicios de transporte maritimo y conexos realizados en trafico de MORDAZA y areas portuarias; Que, por Resolucion Ministerial Nº 100-2001-MTC/ 15.15 (28.FEB.2001), se aprobo el Reglamento del referido Decreto Supremo, el cual en su Articulo 11º establece que las licencias para prestar los referidos servicios, seran otorgadas por Resolucion Directoral de la Direccion General de Transporte Acuatico, previo cumplimiento de los requisitos que exige el mencionado Reglamento; Que, segun opinion favorable emitida por el Director de Empresas y Actividades Portuarias y el Asesor Legal, mediante los Informes Nºs. 247-2002-MTC/15.15.03 y 109-2002MTC/15.15.al respectivamente, la citada Empresa ha cumplido con los requisitos establecidos en el Articulo 14º del referido Reglamento y su Modificatoria aprobada por Resolucion Ministerial Nº 401-2001-MTC/15.15 (29.AGO.2001), por lo que corresponde otorgarle la Licencia solicitada; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25862, Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC y su Reglamento aprobado por Resolucion Ministerial Nº 100-2001MTC/15.15, modificado por Resolucion Ministerial Nº 4012001-MTC/15.15; SE RESUELVE: Articulo 1º.- OTORGAR a la empresa LISSET SERVICIOS Y PROVEEDORES GENERALES EIRL., la Licencia Nº 011-2002-MTC/15.15-SAN, para que preste Servicio de Avituallamiento a Naves en MORDAZA y Terminal Portuario del CALLAO; sin perjuicio de cumplir con las disposiciones que sobre la materia correspondan a otros Sectores. Articulo 2º.- La Licencia que se otorga por el Articulo 1º precedente, concede a su titular un derecho especifico e intransferible y tiene vigencia por tres (3) anos calendario, computados a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano, pudiendo ser renovada por similar periodo a peticion de parte. Articulo 3º.- La Licencia de Servicio de Avituallamiento a Naves que se otorga por el Articulo 1º de la presente Resolucion Directoral implica la obligacion del Titular de someterse a las disposiciones legales vigentes sobre la materia; asi como a las directivas que al respecto emita la Empresa Nacional de Puertos S.A., y a las disposiciones y directivas que dicte la Direccion General de Transporte Acuatico. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Sector Defensa, para los fines pertinentes. Articulo 5º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FARROMEQUE MORDAZA Director General (e) Direccion General Transporte Acuatico 11471

MTC
Otorgan licencia a Lisset Servicios y Proveedores Generales E.I.R.L. para prestar servicio de avituallamiento a naves en MORDAZA y terminal portuario del Callao
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 109-2002-MTC/15.15 MORDAZA, 4 de junio de 2002 Vista la solicitud (Expedientes Nº 2002-004984) presentada por la empresa LISSET SERVICIOS Y PROVEEDORES GENERALES EIRL., solicitando Licen-

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Modifican turnos de MORDAZA Superiores Especializadas en lo Civil de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 217-2002-P-CSJLi/PJ MORDAZA, 2 de MORDAZA del 2002

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