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Pág. 225762 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 3 de julio de 2002 de junio del 2001, conmemorándose el próximo 23 de ju- nio del presente año, el primer aniversario de este lamen- table fenómeno natural; Que, por dicho motivo, la Alta Dirección ha dispuesto la publicación de avisos alusivos a la importante labor de reconstrucción, que viene realizando ORDESUR, Unida- des Ejecutoras y pueblo en general, con recursos prove- nientes del Estado Peruano y de sus compromisos cele- brados en los Contratos de Préstamo con el Banco Intera- mericano de Desarrollo y la Corporación Andina de Fo- mento, labor que es necesaria difundir por los logros al- canzados; Que, el Decreto Supremo Nº 071-2001-PCM incluyó en el concepto de personalísimo, los servicios de publici- dad que prestan al Estado los medios de comunicación; Que, el inciso h) del Artículo 19º y el Artículo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM exoneran del respec- tivo proceso la contratación de dichos servicios mediante Resolución del Titular del Pliego de la Entidad; Estando al Informe Técnico y al Informe Legal y en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado me- diante D.S. Nº 018-2001-PRES; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Realizar bajo la modalidad de pro- ceso de Adjudicación de Menor Cuantía, la contratación de los servicios de publicidad a contratarse en los medios de comunicación mencionados en el informe técnico y en términos de referencia, con motivo de conmemorarse el aniversario del Sismo que afectó la Zona Sur el 23 de ju- nio del año 2001. Artículo Segundo.- Disponer que la Dirección de Ad- ministración y la Oficina de Asesoría Legal de ORDESUR implementen la presente Resolución y remitan copia de la misma y de los Informes que la sustentan a la Contralo- ría General de la República, dentro de los diez días calen- dario siguientes a la fecha de su aprobación, así como la correspondiente publicación en el Diario Oficial dentro de los 10 días hábiles. Regístrese y comuníquese. LUIS GUTIÉRREZ APARICIO Director Ejecutivo 10544 OSINERG Autorizan viaje a profesional de la Ge- rencia de Fiscalización en Hidrocarburos para participar en evento de capacita- ción que se realizará en Canadá RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 1326-2002-OS/CD Lima, 20 de junio de 2002 VISTO: El Memorando Nº 581-2002-OSINERG-GFH, de la Ge- rencia de Fiscalización en Hidrocarburos sobre la invita- ción cursada por el Proyecto de Asistencia para la Regla- mentación del Sector Energético del Perú, para designar un funcionario para participar en el Programa de Verano del curso del Canadian Petroleum Institute (CPI) en las ciudades de Edmonton y Calgary - Canadá, así como la designación por la Gerencia de Fiscalización en Hidro- carburos del Ing. Juan Carlos Azuma Hirahoka - Asistente de la Gerencia, para participar en dicho programa. CONSIDERANDO: Que, el Canadian Petroleum Institute (CPI) está organi- zando el Programa de Ejecutivo Internacional de Admi- nistración en Petróleo de Verano 2002 en las ciudades de Edmonton y Calgary - Canadá, del 6 de julio al 3 de agos- to de 2002;Que, el Proyecto de Asistencia para la Reglamenta- ción del Sector Energético del Perú ha solicitado designar a un funcionario de OSINERG para participar en dicho evento; Que, el contenido del Programa Ejecutivo organizado por el Canadian Petroleum Institute proporciona un valio- so foro en el cual se pueden analizar los asuntos y desarro- llos que surgen en el sector energético internacional y con tal motivo reúne expertos del sector privado, empresas operativas y de servicio, agencias reguladoras de gobier- nos e instituciones educativas líderes; Que, la Gerencia de Fiscalización en Hidrocarburos ha designado al Ing. Juan Carlos Azuma Hirahoka - Asis- tente de dicha Gerencia para participar en dicho evento, lo cual contribuirá en forma positiva e inmediata en el des- empeño de las funciones de la Gerencia de Fiscalización en Hidrocarburos; Que, los gastos que irrogue el viaje tales como aloja- miento, costo del Programa y viáticos básicos serán cu- biertos por el Proyecto de Asistencia para la Regla- mentación del Sector Energético del Perú, según comuni- cación de fecha 4 de junio de 2002 del Gerente del Pro- yecto Parsep; Que, los gastos de pasajes aéreos, viáticos complementarios, seguro de viaje, derechos de aeropuerto y movilidad serán cubiertos por el CAREC; Que, en consecuencia, es necesaria la aprobación del mencionado viaje de capacitación por el Consejo Directi- vo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supre- mo Nº 048-2001-PCM modificado por el Decreto Supre- mo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de capacitación del Ing. Juan Carlos Azuma Hirahoka - Asistente de la Gerencia de Fiscalización en Hidrocarburos de OSINERG, a las ciu- dades de Edmonton y Calgary, Canadá, del 6 de julio al 3 de agosto de 2002, para los fines indicados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el viaje serán cubier- tos por el Proyecto de Asistencia para la Reglamentación del Sector Energético del Perú y por el CAREC. Artículo 3º.- El Ing. Juan Carlos Azuma Hirahoka - Asistente de la Gerencia de Fiscalización en Hidrocarbu- ros suscribirá el correspondiente Convenio de Capacita- ción. Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia General elaborar los Términos de Referencia acerca de las tareas específi- cas que deberá efectuar el Ing. Juan Carlos Azuma Hiraho- ka durante su asistencia al Programa de Ejecutivo Inter- nacional de Administración en Petróleo. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo 11741 Designan vocales titulares y suplentes de la Junta de Apelaciones de Recla- mos de Usuarios - JARU RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA OSINERG Nº 1327-2002-OS/CD Lima, 20 de junio de 2002 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 3º del Reglamento de la Junta de Apelaciones de Reclamos de Usuarios - JARU, aprobado por Resolución de Consejo Directivo OSINERG Nº 0945- 2002-OS/CD establece que, la Sala de la JARU contará con 3 Vocales titulares y 2 Vocales suplentes que serán designados por el Consejo Directivo de OSINERG, a pro- puesta del Presidente de dicho Consejo Directivo; Que, así mismo, se establece que el plazo de designa- ción de los Vocales de la JARU será de 1 año, renovable según lo disponga el Consejo Directivo y que el Presiden- te de la Sala de la JARU será designado por el Consejo Directivo de OSINERG;