Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2002 (03/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

MORDAZA, miercoles 3 de MORDAZA de 2002

ANTEPROYECTO

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tro de tratamiento, un relleno sanitario o un centro de reaprovechamiento, y como tal es designado en el Manifiesto Manejo de Residuos Solidos Peligrosos. Etiquetas de Riesgo Rotulos o elementos normalizados que se adhieren o estan impresos en los envases, embalajes y vehiculos, indicando el residuo peligroso y los riesgos inherentes al residuo, cuya finalidad es: hacer que los residuos peligrosos se reconozcan facilmente a distancia, por los aspectos generales del simbolo (forma y color); permitir la identificacion rapida de los riesgos que representan; proporcionar por medio de los MORDAZA, en las etiquetas o placas, las primeras precauciones a observar en el manipuleo, estiba y transporte.

Unidades de arrastre Vehiculos para el transporte de residuos peligrosos, no dotados de medios de propulsion y destinados a ser jalados por un vehiculo automotor. Vehiculo Automotor Aquel que se desplaza por vias de uso publico terrestre con propulsion propia. Vehiculos Habilitados Vehiculos Habilitados para el transporte de residuos peligrosos, compuesto por unidades motrices y de arrastre. La habilitacion se otorgara conforme a las exigencias senaladas en el presente Reglamento. Articulo 4º.- Regimen de contingencia para situaciones de emergencia En las situaciones de emergencia que puedan derivarse del transporte de residuos peligrosos se estara a lo dispuesto en el Titulo VII del presente Reglamento y en la legislacion de defensa civil aplicable. Articulo 5º.- Poliza de Seguro Las empresas de servicio de transporte de residuos peligrosos deberan contratar una poliza de seguros de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la Ley General de Residuos Solidos. Articulo 6º.- Cooperacion y Coordinacion Sectoriales 6.1 La habilitacion de las Empresas de Servicio de Transporte de Residuos Peligrosos se otorgara por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; previo registro como Empresa Prestadora de Servicio de Residuos Solidos (EPS-RS) en la Direccion General de Salud Ambiental del Ministerio de Salud. 6.2 La formulacion de las normas tecnicas aplicables para el transporte terrestre de residuos peligrosos se coordinara con los demas sectores competentes a propuesta del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. TITULO II AUTORIDAD COMPETENTE Articulo 7º .- De la Autoridad Competente El Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion (MTC) es el organo rector de la actividad de transporte de residuos peligrosos. Articulo 8º .- De las competencias El MTC es competente para: a) Formular, dirigir y evaluar la politica nacional de transporte de residuos peligrosos, asi como velar por su estricto cumplimiento. b) Regular, supervisar, fiscalizar y sancionar el transporte de residuos peligrosos. c) Fomentar la investigacion, capacitacion, educacion y concientizacion sobre los aspectos de seguridad y planes de contingencia para el transporte de residuos peligrosos. d) Coordinar y concertar acciones con los otros Sectores y los Gobiernos Locales en materia de transporte de residuos peligrosos. e) Las demas establecidas por las normas vigentes. Articulo 9º .- De los organismos de apoyo Para un adecuado cumplimiento de sus competencias, el MTC recibira el apoyo de las siguientes instituciones: 9.1 La Policia Nacional del Peru, la cual es responsable de: a) Controlar y exigir a los conductores las licencias, permisos o autorizaciones, asi como toda la documentacion e informacion relacionada con la carga. b) Prestar el apoyo que le soliciten las autoridades sectoriales y locales para el cumplimiento del presente Reglamento. c) Prestar su MORDAZA, en coordinacion con el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru, para la atencion de emergencias o accidentes que se deriven del transporte de residuos peligrosos. d) Poner en conocimiento del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, las

Embalaje Todo aquello que agrupa y contiene los residuos peligrosos envasados, facilitando su almacenamiento y transporte hasta su destino final, e identifica el riesgo de su contenido con el uso de una etiqueta de riesgo. Empresa de servicio de transporte Persona juridica que cumple con los requisitos de idoneidad para realizar el transporte de residuos peligrosos considerados en el Anexo I del presente Reglamento, debidamente inscrita en los Registros Publicos, que cuenta con vehiculos propios o tomados en arrendamiento financiero (Leasing), instalaciones y personal tecnico capacitado. Envase Receptaculo de seguridad etiquetado que contiene el residuo peligroso para conservarlo y proteger al entorno de este, tiene por finalidad facilitar su manipulacion, almacenamiento y transporte hasta su destino final. Explosividad Es la capacidad de producir «explosion en masa» la que se extiende de manera instantanea a la totalidad de la carga cuya caracteristica de riesgo esta definida como H1 en el Anexo II del presente Reglamento. Generador Toda persona natural o juridica que tenga en posesion residuos peligrosos o cuya actividad produzca dichos residuos y que MORDAZA objeto de transporte terrestre por el territorio nacional. Patogenicidad Son los residuos que contienen microorganismos capaces de desarrollar enfermedades por la accion de bacterias, virus, rickettsia, parasitos, hongos, o una combinacion, hibridos o mutantes, que se sabe o se cree que producen enfermedades a las personas, animales o plantas. Radiactividad Residuos que emiten radiacion ionizante. Reactividad Condicion inestable de residuos que pueden reaccionar en forma violenta e inmediata en contacto con el agua u otro medio, capaz de generar gases, vapores, humos toxicos. Tambien se considera reactivo aquel que posea aniones de cianuro o sulfato. Registro Registro de Empresas de Servicio de Transporte de Residuos Peligrosos. Residuos Solidos Peligrosos Son aquellos que por sus caracteristicas o el manejo al que son o van a ser sometidos representan un riesgo significativo para la salud o el ambiente. Se consideraran peligrosos los que presenten por lo menos una de las siguientes caracteristicas: autocombustibilidad, explosividad, corrosividad, reactividad, toxicidad, radiactividad o patogenicidad; senaladas en al Ley General de Residuos Solidos y su Reglamento. Toxicidad Residuos que pueden causar la muerte o lesiones graves o danos a la salud humana, si se ingieren o inhalan o entran en contacto con la piel.

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