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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2002 (03/07/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 60

Pág. 225774 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 3 de julio de 2002 das al Alcalde según lo dispuesto en el Artículo 47º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y la Ordenanza Nº 032-MDCH; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigen- cia del beneficio de condonación de los intereses y moras de las Deudas Tributarias y Administrativas aprobado me- diante Ordenanza Nº 032-MDCH, el cual se entenderá vigente hasta el 31 de julio del 2002. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección de Ad- ministración, Oficina de Rentas, Oficina de Ejecutoría Co- activa y a la Unidad de Informática el cabal cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, publíquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 11802 MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA Disponen embanderamiento de predios y que vecinos cumplan con limpieza y pintado de fachadas DECRETO DE ALCALDÍA Nº 006-2002/MJM Jesús María, 1 de julio de 2002 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA CONSIDERANDO: Que, el próximo 28 de julio del año 2002, se celebra el 181º Aniversario de la Declaración de la Independencia Nacional del Perú, y es política de la actual Gestión Muni- cipal, incentivar la participación cívica del vecindario, afir- mando los sentimientos de respeto a nuestros símbolos nacionales; Que, en tal sentido se hace necesaria la participación cívica del vecindario mediante el embanderamiento, lim- pieza y/o pintado de todos los predios ubicados en el dis- trito de Jesús María; Que, la Ordenanza Nº 068-MJM, aprueba el Cuadro del Régimen de Aplicación de Sanciones de la Municipa- lidad de Jesús María, que establece sanciones por no Izar la Bandera Nacional en las fechas y en la forma determi- nada por el Gobierno Central o Municipal, así como por no limpiar las fachadas de sus propiedades; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones contenidas en el Artículo 47º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER que a partir del día si- guiente de la publicación del presente Decreto de Alcal- día, los vecinos de Jesús María cumplan con la limpieza y/o pintado de las fachadas de sus predios. Artículo Segundo.- DISPONER el Embanderamiento de los predios privados, públicos y comerciales, a partir del 15 de julio hasta el 31 de julio de 2002, con motivo de celebrarse el 181º Aniversario de la Declaración de la In- dependencia Nacional del Perú. Artículo Tercero.- El incumplimiento del presente De- creto, dará lugar a la aplicación de las sanciones corres- pondientes. Artículo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Imagen Ins- titucional y a la División de Policía Municipal, el cumpli- miento de lo dispuesto en el presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FRANCISCA IZQUIERDO NEGRÓN Alcaldesa 11692MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Autorizan celebración de matrimonio comunitario en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 04-2002-MDLO/ALC Los Olivos, 28 de junio del 2002 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTOS: El Informe Nº 032-02/MDLO/OREC de la Uni- dad de Registro Civil; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26497 publicada el 12 de julio de 1995, se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC, encargado de organizar y mantener el Re- gistro Único de las Personas Naturales y suscribir hechos y actos vitales; Que, en virtud a la norma citada, mediante Resolución Jefatural Nº 023-96-JEF publicada el 11 de abril de 1996, se delega en las Oficinas de los Registros Civiles que fun- cionan en las Municipalidades Provinciales y Distritales las funciones de inscribir actos y hechos vitales de las personas naturales; Que, la Municipalidad de Los Olivos promueve el ma- trimonio y protege a la familia considerándolos como ins- titutos naturales y fundamentales de la sociedad perua- na; Que, a través del Informe del Visto, el Jefe de la Uni- dad de Registro Civil, propone acoger la iniciativa del Reverendo Padre José Cuperstein Sánchez de realizar un matrimonio comunitario con ocasión de celebrarse un aniversario más de fundación de la Parroquia Reina de los Cielos y cumplirse 50 años de labor pastoral de Monseñor Miguel Fitzguerald cuya ceremonia central se llevaría a cabo el 24 de agosto próximo; para tal efecto se cuenta con el permiso y las exoneraciones del obis- pado; Estando a lo informado, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 4º de la Constitución Política del Estado, la Or- denanza Municipal Nº 031-97/CDLO, el Art. 250º del Có- digo Civil, Resolución Jefatural Nº 023-96-JEF y en uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 47º, incisos 6) y 12), de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- AUTORÍCESE, LA CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO COMUNITARIO a realizarse el día sá- bado 24 de agosto del 2002 con ocasión de celebrarse un aniversario más de fundación de la Parroquia Reina de los Cielos y conmemorarse 50 años de labor pastoral de Monseñor Miguel Fitzguerald, cuyo cronograma se deta- lla a continuación: - Inicio de Inscripciones :1 de julio. - Cierre de Inscripciones :16 de agosto. - Firma de Actas :17, 21 y 22 de agosto. - Ceremonia Central :24 de agosto. - Lugar :Urb. Villasol. - Hora :5.00 p.m. Artículo Segundo.- ESTABLÉZCASE, como único pago por derecho de Matrimonio Civil, la suma de S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles), debiendo además ad- juntarse los siguientes requisitos: a. Partidas de Nacimiento de ambos contrayentes en original. b. Copia simple de las Libretas Electorales, D.N.I. o C.I.P. de ambos contrayentes. c. Declaración Jurada de Estado Civil, Domicilio y de Salud como firma legalizada ante Notario Público. d. Publicación del Edicto Matrimonial en un diario de circulación nacional. e. Recibo de pago de la Tasa Única. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE, a la Unidad del Re- gistro Civil, el fiel cumplimiento de lo dispuesto en el pre-