Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2002 (03/07/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 3 de MORDAZA de 2002

Para Hoteles y otros lugares de alojamiento conforme al Articulo 13º de la Ordenanza Nº 19-98-MDSM. Industrias Manufactureras (Codigo 200): Todos los Codigos: Hasta las 18.00 horas. Transporte y Almacenamiento (Codigo 300): Todos los Codigos: Hasta las 18.00 horas, salvo el caso de carga y descarga de mercancias, lo cual esta sujeto a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 13-2001. Establecimientos Financieros (Codigo 400): Establecimientos Financieros y de Seguros. Todos los Codigos: Hasta las 18.00 horas. Bienes Inmuebles y Servicios Prestados en Empresas Para Bienes Inmuebles (Codigo 412): Hasta las 20.00 horas. Para Servicios Prestados a Empresas (Codigos 413 a 418): Hasta las 20.00 horas. Para alquiler de Maquinas (Codigo 419): Hasta las 18.00 horas. Servicios Comunales, Sociales y Personales. Servicios Sociales y Otros Servicios Comunales Conexos. Para Instruccion Publica (Codigos 504 a 508): Hasta las 22.00 horas; con excepcion de Deportes al Aire Libre que sera hasta las 20.00 horas. Para Institutos Cientificos (Codigo 509): Hasta las 22.00 horas. Para Medicos y Otros Servicios de Sanidad (Codigos 510 a 512): Hasta las 21.00 horas, a excepcion de servicios de emergencia. Para Institutos de Asistencia Social (Codigo 513): No regulado. Para Asociaciones Comerciales, Profesionales y Laborales (Codigos 514 a 524): Hasta las 22.00 horas. Para Servicios de Comunicaciones y Otros Servicios Comunales Conexos (Codigos 525 a 527): Hasta las 20.00 horas. Servicios de Diversion, Esparcimiento y Servicios Culturales. Para Peliculas Cinematograficas y otros Servicios de Esparcimiento y Servicios Culturales (Codigos 528 a 540): Hasta las 23.00 horas. Servicios Personales y de los Hogares. Para Servicios de Reparacion (Codigos 546 a 553): Hasta las 20.00 horas. Para Servicios Personales Directos (Codigos 554 a 558): Hasta las 20.00 horas. Para Servicios Personales (Codigos 559 a 563): Hasta las 18.00 horas, con excepcion de Salones de Velatorio que sera hasta las 22.00 horas. Para Servicios Diversos (Codigos 564 a 568): Hasta las 20.00 horas, a excepcion de alquiler de video cassette que sera hasta las 23.00 horas. Articulo 2º.- Los establecimientos descritos en el Articulo 1º podran solicitar a la Municipalidad la ampliacion del horario establecido, mediante escrito fundamentado, cinendose a las disposiciones contenidas en el Articulo 13º de la Ordenanza Nº 019-98/MDSM, en lo pertinente. Articulo 3º.- El horario MORDAZA establecido para cada MORDAZA de uso y/o giro sera consignado de manera obligatoria en el Certificado de Autorizacion Municipal de Funcionamiento, a fin de facilitar las labores de verificacion y fiscalizacion que debera efectuar la Municipalidad por la autorizacion otorgada. Articulo 4º.- En caso de detectarse el funcionamiento excediendose del horario establecido en la presente Ordenanza, se aplicaran las sanciones que correspondan de acuerdo a la Ordenanza Nº 019-98/MDSM, sus normas complementarias y modificatorias y de acuerdo al Reglamento de Aplicacion de Sanciones Administrativas vigente. DISPOSICIONES FINALES: Primera.- Los establecimientos comerciales, industriales y de servicio que cuenten con autorizacion municipal de fun-

cionamiento vigente deberan cenirse a los horarios establecidos en el Articulo Primero de la presente Ordenanza. Segunda.- Corresponde a la Direccion de Infraestructura y Desarrollo MORDAZA, a la Direccion de Seguridad Vial, Informacion Turistica, Proteccion del Medio Ambiente, Inspeccion y Control de la MORDAZA y a la Unidad de Licencias verificar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Tercera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 11797

Prorrogan plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 09-2002-MDSM respecto al periodo de regularizacion tributaria y administrativa municipal - PERTAM
DECRETO DE ALCALDIA Nº 007-2002-MDSM San MORDAZA, 28 de junio de 2002 LA ALCALDESA DE SAN MORDAZA Visto el informe de la Oficina de Rentas en el que solicita se amplie el plazo de vigencia del PERTAM de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 5º de la Ordenanza Nº 09-2002; CONSIDERANDO: Que, la Oficina de Rentas ha senalado que existe un gran numero de contribuyentes que estan solicitando se amplie el plazo del PERTAM a fin de poder regularizar todas sus deudas pendientes de pago; Que, teniendo presente la peticion formulada por los vecinos del distrito de San MORDAZA, quienes demuestran su voluntad de regularizar sus deudas tributarias frente a la Administracion Tributaria, en base a los beneficios otorgados por el Periodo de Regularizacion Tributaria y Administrativa y, que en razon del tiempo y de la situacion economica se ven imposibilitados de acogerse a los beneficios contenidos en la Ordenanza Nº 09-2002-MDSM; Que, el plazo MORDAZA mediante el Decreto de Alcaldia Nº 06-2002-MDSM ha resultado insuficiente para que un gran numero de contribuyentes puedan regularizar su situacion administrativa y tributaria, esto debido a que la situacion economica no ha mejorado; Que, la Administracion Tributaria no puede estar ajena respecto de la situacion MORDAZA expuesta, por lo que se hace necesario establecer una prorroga del plazo establecido en la Ordenanza Nº 09-2002-MDSM y sus consecuentes beneficios establecidos en favor de los vecinos y/o contribuyentes de nuestro distrito; Que, el Articulo 5º de la Ordenanza Nº 09-2002-MDSM establece que el plazo establecido puede ser prorrogado mediante Decreto de Alcaldia; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853 y el Articulo 5º de la Ordenanza Nº 09-2002-MDSM; SE DECRETA: Articulo Primero.- Prorrogar el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 09-2002-MDSM hasta el dia 31 de MORDAZA del 2002 respecto al periodo de regularizacion tributaria y administrativa municipal - PERTAM. Articulo Segundo.- Encargar a la Oficina de Rentas, Informatica, Administracion, Imagen Institucional y Ejecutoria Coactiva el cumplimiento del presente Decreto. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Regidor Encargado Alcaldia 11803

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