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Pág. 224600 NORMAS LEGALES Lima, jueves 13 de junio de 2002 VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa para que se le autorice la apertura de dos (2) oficinas especiales ubicadas en las ciudades de Puno y Juliaca; y, CONSIDERANDO: Que la empresa recurrente ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "F" mediante Informe DESF- "F" Nº 067-2002/OT; y, De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; la Circular SBS Nº CM- 184-97, el Pro- cedimiento Nº 11 del Texto Único de Procedimientos Admi- nistrativos aprobado mediante Resolución SBS Nº 131- 2002, y en virtud de la facultad delegada por Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolución SBS Nº 034-2002 del 11 de enero de 2002; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, la apertura de las siguientes Oficinas Especiales: . Jr. Túpac Amaru Nºs. 895 y 897 - Juliaca, distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno. . Av. El Sol Nºs. 427, 429 y 431 - Puno, distrito de Puno, provincia y departamento de Puno. Artículo Segundo.- Las oficinas especiales se encuen- tran autorizadas para conceder créditos directos en la mo- dalidad de Micro Empresa (MES), de Consumo y la recep- ción de pagos de su cartera de créditos. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Superintendente Adjunto de Banca (a.i.) 10491 Opinan favorablemente para que Cre- dileasing realice emisión del "Segundo Programa de Bonos de Arrendamiento Financiero - Credileasing" RESOLUCIÓN SBS Nº 515-2002 Lima, 4 de junio de 2002 LA SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por Credileasing, para que se brinde opinión sobre la factibilidad de la emisión de bonos denominada "Segundo Programa de Bonos de Arrenda- miento Financiero - Credileasing", hasta por la suma de US$ 100 000 000,00 (cien millones y 00/100 dólares ame- ricanos) o su equivalente en moneda nacional; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Siste- ma de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, en adelante Ley General, en su Artículo 221º numeral 14, faculta a las empresas a emitir y colocar bonos de arrendamiento financiero; Que, el Artículo 232º de la Ley General establece que en la emisión de instrumentos financieros, que tengan la condición de valores mobiliarios y se emitan por oferta pú- blica, la CONASEV procederá a inscribirlos en el Registro Público del Mercado de Valores, previa opinión favorable expedida por Resolución de esta Superintendencia y de la documentación precisada en el Artículo 18º de la Ley del Mercado de Valores; Que, en Junta General de Accionistas celebrada el 12 de abril del 2002, se aprobó el "Segundo Programa de Bo-nos de Arrendamiento Financiero - Credileasing" hasta por un monto de US$ 100 000 000,00 (cien millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en moneda nacio- nal; Que, Credileasing ha cumplido con remitir la docu- mentación requerida en el Artículo 18º de la Ley del Mer- cado de Valores y la Circular Nº B-2074-2000; Estando a lo informado por Departamento de Evalua- ción del Sistema Financiero "A" y por el Departamento Le- gal mediante Informes Nºs. DESF "A" 057-OT/2002 y 423- 2002-LEG, respectivamente, y con el visto bueno de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica y la opi- nión favorable de la Superintendencia Adjunta de Banca; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Gene- ral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Or- gánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, y en uso de la facultad delegada mediante Re- solución SBS Nº 1028-2001; RESUELVE: Artículo Primero.- Opinar favorablemente para que Credileasing realice la emisión de bonos de arrendamiento financiero denominado "Segundo Programa de Bonos de Arrendamiento Financiero - Credileasing", hasta por la suma de US$ 100 000 000,00 (cien millones y 00/100 dólares americanos) o su equivalente en moneda nacional, debién- dose adecuar a la Ley del Mercado de Valores. Artículo Segundo.- Los recursos que capte Credilea- sing de la emisión de bonos por oferta pública del valor a ser inscrito por la Comisión Nacional Supervisora de Em- presas y Valores - CONASEV- en el Registro Público co- rrespondiente, deberán destinarse exclusivamente al financiamiento de sus operaciones de arrendamiento finan- ciero. Artículo Tercero.- El texto de la presente Resolución deberá insertarse en la Escritura Pública correspondiente para su posterior inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendente de Banca y Seguros (e) 10425 Autorizan inscripción de la empresa Aequitas Ajustadores y Peritos de Segu- ros S.A.C. en el Registro del Sistema de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 519-2002 Lima, 5 de junio de 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el señor Luis Enrique Es- calante Gallardo para que se autorice la inscripción de la empresa AEQUITAS AJUSTADORES Y PERITOS DE SEGUROS S.A.C. en el Registro del Sistema de Seguros Sección B: Personas Jurídicas del Libro III De los Ajusta- dores de Siniestros y/o Peritos de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Ajustadores y Peritos de Segu- ros; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos for- males exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros median- te Convocatoria Nº 11-2002-DASIA celebrada el 21 de mayo de 2002, en concordancia con lo dispuesto en el Artículo 9º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indica- do Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Gene- ral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Or- gánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley