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Pág. 233280 NORMAS LEGALES Lima, jueves 14 de noviembre de 2002 Aceptan renuncia de Presidente del Di- rectorio de la Sociedad de Beneficen- cia Pública de Chivay RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 649-2002-MIMDES Lima, 13 de noviembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-97-PROMU- DEH, se aprobó la conformación de los Directorios de las Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participación So- cial, los cuales están integrados, entre otros, por dos re- presentantes del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, uno de los cuales debe presidirlo; Que, la Quinta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 27793 -Ley de Organización y Funcio- nes del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, dispone que toda mención efectuada al Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, deberá entenderse refe- rida al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 189-2001- PROMUDEH de fecha 14 de mayo de 2001, se designó al señor Hernán López Chalco como Presidente del Directo- rio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Chivay. ha- biendo presentado renuncia a la referida designación; De conformidad con las Leyes Nº 26918 y Nº 27793, Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES y Decreto Supre- mo Nº 002-97-PROMUDEH; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia presentada por el doctor HERNÁN LÓPEZ CHALCO como Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Chi- vay, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA L. Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 20112 Aprueban Normas Específicas para ga- rantizar la Neutralidad y Transparen- cia de los trabajadores de la COOPOP durante los procesos electorales del año 2002 OFICINA NACIONAL DE COOPERACIÓN POPULAR COOPOP RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 027-2002-PE/COOPOP Lima, 12 de noviembre del 2002 VISTO: El Informe Nº 643-2002-GAJ/COOPOP de fecha 30.OCT.02, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Oficina Nacional de Cooperación Popular - COOPOP, y; CONSIDERANDO: Que, es política del Gobierno garantizar su absoluta neutralidad durante el proceso electoral en curso, así como la de todos los organismos del Poder Ejecutivo, esto es, de los Ministerios, incluyendo a las Fuerzas Armadas y a la Policía Nacional, y de las instituciones y empresas públi- cas, dentro de las cuales se encuentra la Oficina Nacional de Cooperación Popular - COOPOP como Organismo Pú- blico Descentralizado del Ministerio de la Mujer y Desarro- llo Social; Que, a fin de garantizar lo mencionado, mediante De- creto Supremo Nº 076-2002-PCM se aprobó la "Directivasobre neutralidad y transparencia de los organismos, fun- cionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo duran- te el proceso electoral regional y municipal 2002"; Que, la citada Directiva en el numeral 4.1. dispone que los organismos del Poder Ejecutivo dictarán, de ser nece- sario, directivas específicas para garantizar la correcta apli- cación de lo dispuesto en el referido Decreto Supremo Nº 076-2002-PCM; Que, en concordancia a lo dispuesto por la Ley Nº 27815 "Ley del Código de Ética de la Función Pública"; y la Reso- lución de Contraloría Nº 123-2000-CG que en su Artículo 3º adiciona la NTC Nº 700 "Normas de Control Interno para una Cultura de Integridad, Transparencia y Responsabili- dad en la Función Pública", las Normas Técnicas de Con- trol Interno aprobadas mediante Resolución de Contralo- ría Nº 072-98-CG, es conveniente dar normas específicas para el logro de los objetivos precedentemente indicados; Con las visaciones de la Gerencia General, Gerencia de Administración, Gerencia de Planeamiento y Gerencia de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 27444 "Ley del Procedimiento Administrativo General", Ley Nº 27793 "Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social", el Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES "Reglamento de Or- ganización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social" y la Resolución de Contraloría Nº 123-2000-CG, y con cargo a dar cuenta al Consejo Directivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las "Normas Específicas para garantizar la Neutralidad y Transparencia de los funciona- rios, trabajadores y personal de la Oficina Nacional de Co- operación Popular - COOPOP durante los procesos elec- torales del año 2002", que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Oficina de Trámite Docu- mentario la distribución y difusión de la presente Directiva a los diferentes órganos de la Institución, a la Gerencia de Auditoría Interna y al funcionario designado por COOPOP ante la Comisión de Transparencia Sectorial del MIMDES velar por su debido cumplimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO TEJADA TEJADA Presidente Ejecutivo 20084 PRODUCE Suspenden actividades extractivas de recursos anchoveta y anchoveta blan- ca provenientes de flota de madera, en el área comprendida al Puerto de Chi- cama RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 169-2002-PRODUCE Lima, 12 de noviembre del 2002 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley General de Pesca -Decreto Ley Nº 25977-, los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional; Que, el artículo 9º de la citada Ley contempla que, so- bre la base de evidencias científicas disponibles y de fac- tores socioeconómicos, la autoridad pesquera determinará según el tipo de pesquería, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, las tempora- das y zonas de pesca, la regulación del esfuerzo pesque- ro, los métodos de pesca, tallas mínimas de captura y de- más normas que requieran la preservación y explotación racional de los recursos pesqueros; Que, por Resolución Ministerial Nº 149-2002-PRO- DUCE se levantó la veda reproductiva del recurso ancho-