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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (14/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 34

Pág. 233288 NORMAS LEGALES Lima, jueves 14 de noviembre de 2002 R.D N° 130-2002-PRODUCE/DINSECOVI Declara infundado el recurso de reconsideración contra la R.D. 575-2002-PE/DINSECO- VI, interpuesto por EPESCA S.A., los documentos alcanzados no constituyen prueba instrumental nueva y sustentatoria. R.D N° 131-2002-PRODUCE/DINSECOVI Multa de 1,38 UIT a SUMINISTROS E INDUSTRIAS ALIMENTARIAS S.A.C., por extraer 5,4 TM del recurso hidrobiológico merluza utilizando aparejos de pesca no autorizados. E/P CARMEN ROSA. R.D N° 132-2002-PRODUCE/DINSECOVI Multa de 6 UIT a PESQUERA SANTA ROSA S.A.C., por extraer 233,780 TM del recurso hidrobiológico anchoveta con 52,8% de ejemplares en tallas menores a las permitidas. E/ P SAN ANTONIO IV. R.D N° 133-2002-PRODUCE/DINSECOVI Multa de 10 UIT a PESQUERA RIFLOR S.R.L., por extraer 50 TM del recurso hidrobioló- gico anchoveta durante el período de suspensión. E/P HAWAI I. R.D N° 134-2002-PRODUCE/DINSECOVI Declara fundado el recurso de reconsideración contra la R.D. 014-2002-PE/DINSECOVI, interpuesto por ALEXANDRA S.A.C., por cuanto los documentos alcanzados constituyen prueba instrumental nueva y sustentatoria. R.D N° 135-2002-PRODUCE/DINSECOVI Declara improcedente el recurso de reconsideración interpuesto por PEDRO PASCUAL ECHE RAMIREZ, contra R.D. 020-2002-PRO/DINSECOVI, por cuanto no adjunta nuevo medio probatorio. R.D N° 136-2002-PRODUCE/DINSECOVI Declara improcedente el recurso de reconsideración interpuesto por SERVICIOS PES- QUEROS FENIX E.I.R.L., contra R.D. 406-2002-PE/DINSECOVI, por cuanto no adjunta nuevo medio probatorio. R.D N° 137-2002-PRODUCE/DINSECOVI Multa de 0,12 UIT a JOSE RAMON PANTA VITE y ARCADIO MODESTO PANTA VITE por extraer 1,2 TM del recurso hidrobiológico suco sin contar con el permiso de pesca correspondiente y con 56,1% de ejemplares en tallas menores. E/P EL PROFETA DA- NIEL (El Profeta Daniel II). R.D N° 138-2002-PRODUCE/DINSECOVI Multa de 0,24 UIT a ORGULLO DEL MAR E.I.R.L., por extraer 12 TM del recurso hidrobio- lógico jurel con 63,68% de ejemplares en tallas menores a las permitidas. E/P CAROLINA. R.D N° 139-2002-PRODUCE/DINSECOVI Multa de 0,55 UIT a EPESCA S.A., por extraer 31,740 TM del recurso hidrobiológico jurel con 38,66% de ejemplares en tallas menores a las permitidas. E/P BRAVO 1. R.D N° 140-2002-PRODUCE/DINSECOVI Multa de 0,2 UIT a DON FERNANDO E.I.R.L. por procesar 2 TM de residuos de pescado sin contar con la licencia de operación respectiva. R.D N° 141-2002-PRODUCE/DINSECOVI Multa de 20 UIT a CORPORACION PESQUERA COISHCO S.A., por obstaculizar las labores de inspección. R.D N° 142-2002-PRODUCE/DINSECOVI Declara improcedente la solicitud presentada por FABRICA DE CONSERVAS URANO S.A., respecto del levantamiento de la medida de suspensión, de la concesión otorgada, impuesta por R.C.S. N° 168-96-PE/CS; por cuanto la concesión para la operación de su planta de harina de residuos y especies desechadas ha sido caducada por R.V.M. N° 04- 2002-PRO/DVM-PE. R.D N° 143-2002-PRODUCE/DINSECOVI Declara improcedente el recurso de reconsideración interpuesto por FABRICA DE CON- SERVAS ISLAY S.A., contra R.D. 420-2002-PE/DINSECOVI, por cuanto no adjunta nue- vo medio probatorio. R.D N° 144-2002-PRODUCE/DINSECOVI Declara improcedente el recurso de reconsideración interpuesto por FABRICA DE CON- SERVAS ISLAY S.A., contra R.D. 422-2002-PE/DINSECOVI, por cuanto no adjunta nue- vo medio probatorio. R.D N° 145-2002-PRODUCE/DINSECOVI Declara infundado el recurso de reconsideración contra la R.D. 419-2002-PE/DINSECO- VI, interpuesto por PRODUCTOS MARINOS DEL PACIFICO SUR S.A., los documentos alcanzados no constituyen prueba instrumental nueva y sustentatoria. R.D N° 146-2002-PRODUCE/DINSECOVI Modificar la licencia de operación otorgada a GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A., por innovación tecnológica sin incremento de la capacidad instalada, confor- mándose una capacidad total de 139 t/h de procesamiento de materia prima, en su esta- blecimiento industrial pesquero ubicado en la Carretera Paracas Km. 17.1, provincia de Pisco, departamento de Ica R.D N° 147-2002-PRODUCE/DINSECOVI Multa de 5,7 UIT a PABLO HERNANDEZ PORTAL y DELIA TAPIA ALARICO DE HER- NANDEZ, por extraer 28,52 TM del recurso hidrobiológico anchoveta dentro de las 5 millas marinas de la costa. E/P LINDA ROSA R.D N° 148-2002-PRODUCE/DINSECOVI Multa de 0,52 UIT a COMPAÑÍA PESQUERA PEPA S.A.C. por extraer 2,875 TM del recur- so hidrobiológico anchoveta, recurso no autorizado por su permiso de pesca. E/P ARIANA. R.D N° 149-2002-PRODUCE/DINSECOVI Multa de 0,87 UIT a MANUEL MENDEZ SICCHA y decomiso de 21,615 TM del recurso hidrobiológico anchoveta, efectuado el 01.11.2001 por realizar actividades extractivas sin contar con permiso de pesca. E/P VIRGEN DE LA PUERTA. R.D N° 150-2002-PRODUCE/DINSECOVI Multa de 0,95 UIT a INDUSTRIAL PESQUERA YACILA S.A., por recepcionar y procesar 4,5 TM del recurso lisa con 74,5 % de ejemplares en tallas menores a las permitidas. R.D N° 151-2002-PRODUCE/DINSECOVI Multa de 0,6 UIT a HOUGHBRUN FISHER SERVICE y decomiso de 10 TM del recurso hidrobiológico falso volador, efectuado el 19.12.2001 por realizar actividades extractivas sin contar con permiso de pesca. E/P SANDRA SOFIA. R.D N° 152-2002-PRODUCE/DINSECOVI Declara infundado el recurso de reconsideración contra la R.D. 386-2002-PE/DINSECO- VI, interpuesto por CORPORACION FISH PROTEIN S.A., los documentos alcanzados no constituyen prueba instrumental nueva y sustentatoria. R.D N° 153-2002-PRODUCE/DINSECOVI Multa de 18 UIT a CORPORACION DEL MAR S.A., por procesar 300 TM del recurso hidrobiológico anchoveta en época de veda. R.D N° 154-2002-PRODUCE/DINSECOVI Multa de 1,44 UIT a EPESCA S.A., por extraer 72,835 TM del recurso anchoveta con 43,04% de ejemplares en tallas menores a las permitidas. E/P BRAVO 3. R.D N° 155-2002-PRODUCE/DINSECOVI Declara improcedente el recurso de reconsideración interpuesto por PESQUERA HA- YDUK S.A., contra R.D. 028-2002- PRO/DINSECOVI, por cuanto no adjunta medio pro- batorio alguno. R.D N° 156-2002-PRODUCE/DINSECOVI Multa de 16,1 UIT a PESQUERA SAN LORENZO S.A.C., por extraer 80,45 TM del recurso hidrobiológico anchoveta dentro de las 5 millas marinas de la costa. E/P SAN TELMO 4. R.D N° 157-2002-PRODUCE/DINSECOVI Multa de 0,27 UIT a ORGULLO DEL MAR E.I.R.L., por extraer 31,768 TM del recurso anchoveta con 24% de ejemplares en tallas menores a las permitidas. E/P LILIANA. 20033