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Pág. 233295 NORMAS LEGALES Lima, jueves 14 de noviembre de 2002 cargo de regidor que ejercía don Lorenzo Facundo Facun- do, con el voto aprobatorio de cinco (5) de sus seis (6) miembros, por las causales previstas en los numerales 2) y 5) del artículo 26º de la ley acotada, referidas a ausencia de la localidad por más de 30 días consecutivos sin la au- torización respectiva e inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias de concejo; Que a fojas 16 consta la copia del cargo de notificación del acuerdo de vacancia, recibido personalmente por el in- teresado, sin que haya interpuesto recurso de revisión con- tra dicho pronunciamiento municipal; Que habiendo quedado firme el acuerdo de vacancia materia de autos, es aplicable el numeral 2) del artículo 28º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, que dispone que reemplazan a los regidores, los suplentes de sus respectivas listas, debiéndose convocar al candidato no proclamado de la lista independiente Frente De Integra- ción Civil Campesino - FIC, don Hoilario Huancas Sem- brera, para completar el período de gobierno municipal 1999-2002, de acuerdo a la lista de candidatos remitida por el Jurado Electoral Especial de Huancabamba con motivo de las Elecciones Municipales de 1998; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar al ciudadano Hoilario Huancas Sembrera, candidato no proclamado de la lista independiente Frente De Integración Civil Campesino - FIC para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Sondorillo, provincia de Huancabamba, departamento de Piura, en el período de gobierno municipal 1999-2002. Otorgándosele la credencial correspondiente. Artículo Segundo.- Disponer que el representante legal de la Municipalidad Distrital de Sondorillo efectúe ante el Ban- co de la Nación el pago de derecho de trámite correspondiente al Ítem 17 del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Jurado Nacional de Elecciones aprobado por Reso- lución Nº 044-2002-JNE, conforme lo dispuesto en el acuerdo de sesión privada de 11 de junio de 2002, debiendo remitir a este organismo electoral el comprobante respectivo. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías que requiera el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 20043 RESOLUCIÓN Nº 743-2002-JNE Lima, 7 de noviembre de 2002 Visto el expediente sobre vacancia del cargo de regi- dor del Concejo Distrital de Perené, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín , que ejercía don Florencio Ale Coaguila, por la causal de inconcurrencia injustificada a sesiones de concejo, prevista en el numeral 5) del artículo 26º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; CONSIDERANDO: Que los concejos municipales son competentes para de- clarar la vacancia de los cargos de sus miembros, con arre- glo a lo señalado en el artículo 27º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; y, según la copia certificada del acta de sesión del 11 de octubre de 2001, de fojas 37 a 48, el Concejo Distrital de Perené declaró la vacancia del cargo de regidor que ejercía don Florencio Ale Coaguila, con el voto aprobatorio de siete (7) de sus ocho (8) miembros, por la cau- sal de inconcurrencia injustificada a sesiones ordinarias, pre- vista en el numeral 5) del artículo 26º de la ley acotada; Que a fojas 56 consta la carta de Florencio Ale Coagui- la comunicando haber tomado conocimiento del acuerdo de vacancia y su conformidad con el mismo;Que al haber quedado firme el acuerdo de vacancia ma- teria de autos, es aplicable el numeral 2) del artículo 28º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, que dispone que reemplazan a los regidores, los suplentes de sus respectivas listas, debiéndose convocar al candidato no proclamado del Movimiento Independiente Vamos Vecino, don Donato Porras Simeón, para completar el período de gobierno municipal 1999-2002, de acuerdo a la lista de candidatos remitida por el Jurado Electoral Especial de Chanchamayo, con motivo de las Elecciones Municipales de 1998; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar al ciudadano Donato Po- rras Simeón, candidato no proclamado de la lista del Movi- miento Independiente Vamos Vecino, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Perené, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín, en el período de gobierno municipal 1999-2002. Otorgándosele la cre- dencial correspondiente. Artículo Segundo.- Las autoridades políticas y poli- ciales prestarán las garantías que requiera el cumplimien- to de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA, Secretario General 20044 RESOLUCIÓN Nº 744-2002-JNE Expediente Nº 396-2002-Vacancia Lima, 7 de noviembre de 2002 Visto el expediente sobre vacancia del cargo de regi- dor del Concejo Distrital de Ticlacayán, provincia y departamento de Pasco , que ejercía don Alberto Rupay Díaz, por la causal de inconcurrencia injustificada a sesio- nes de concejo, iniciado a solicitud de don Héctor Raúl Rímac Callupe, alcalde de dicha comuna; CONSIDERANDO: Que los concejos municipales son competentes para declarar la vacancia de los cargos de sus miembros, con arreglo a lo señalado en el artículo 27º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; y, según la copia certificada del acta de la Sesión Ordinaria Nº 17-2002 celebrada el 26 de abril de 2002, de fojas 2 a 4, el Concejo Distrital de Ticlacayán declaró la vacancia del cargo de regidor que ejercía don Alberto Rupay Díaz, con el voto aprobatorio de cuatro (4) de sus seis (6) miembros, por la causal de in- concurrencia injustificada a sesiones ordinarias, prevista en el numeral 5) del artículo 26º de la ley acotada; Que a fojas 14 corre el cargo de notificación del acuer- do de vacancia, recibido personalmente por el interesado, contra el que no ha interpuesto recurso de revisión; Que habiendo quedado firme el acuerdo de vacancia del cargo de regidor que ejercía don Alberto Rupay Díaz, es aplicable el numeral 2) del artículo 28º de la Ley Orgáni- ca de Municipalidades Nº 23853, que dispone que reem- plazan a los regidores, los suplentes de sus respectivas listas, debiéndose convocar a la candidata no proclamada de la lista independiente Movimiento Participemos, doña Sonia Romualdo Espíritu, para completar el período de go- bierno municipal 1999-2002, de acuerdo con la lista de can- didatos remitida por el Jurado Electoral Especial de Pasco con motivo de las Elecciones Municipales de 1998; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Convocar a la ciudadana Sonia Ro- mualdo Espíritu, candidata no proclamada de la lista inde-