Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2002 (14/11/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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Permiso de Pesca Resolucion Fecha

NORMAS LEGALES
MORDAZA Titular del Permiso de Pesca MORDAZA Nombre Embarcacion Numero de Matricula CO-17362-PM

MORDAZA, jueves 14 de noviembre de 2002
Cap. de Bodega (m3) 576.86 Recursos autorizados Anchoveta Sardina Jurel Caballa Sist. de Preserv. a Bordo R.S.W.

R.M. Nº 205-2000-PE 08-08-00

Corporacion Pesquera RIBAR XVIII Ribar S.A. (ex Copetsa 3)

Articulo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a Envasadora Chimbote Export S.A., para operar la embarcacion pesquera "Copetsa 3" ahora de nombre "RIBAR XVIII" de matricula Nº CO17362-PM, a traves de la Resolucion Ministerial Nº2052000-PE/DNE. Articulo 3º.- Excluir la Resolucion Ministerial Nº 205-2000-PE/DNE del Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº136-2002-PE, asi como tambien del literal B) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 152-2002PE. Articulo 4º.- Incluir la presente resolucion con la embarcacion pesquera de nombre "RIBAR XVIII", de matricula Nº CO-17362-PM en el literal B) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 152-2002-PE y en el Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 136-2002-PE, para los efectos

de su acceso a la extraccion de los recursos anchoveta y sardina, jurel y caballa para destinarlos al consumo humano directo e indirecto. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 20050

Rectifican capacidad de bodega correspondiente a embarcacion pesquera incluida en las RR.DD. Nºs. 076-99-PE/ DNE y 114-2001-PE/DNEPP
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 098-2002-PRODUCE/DNEPP
MORDAZA, 7 de noviembre del 2002 Visto el escrito con registro Nº 01234001 de fecha 19 de febrero del 2002 presentado por MORDAZA MORDAZA QUEREVALU PERICHE. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Directoral Nº 076-99-PE/ DNE del 30 de marzo de 1999 y Resolucion Directoral Nº 114-2001-PE/DNEPP, del 20 de junio del 2001, se otorgo permiso de pesca, en el MORDAZA de lo dispuesto por la Ley Nº 26920, a los armadores MORDAZA MORDAZA QUEREVALU MORDAZA, MORDAZA MORDAZA QUEREVALU MORDAZA Y MORDAZA MORDAZA QUEREVALU MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera "SIEMPRE SAN JUAN", de matricula CO-17998-CM, de 38.18 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion de los recursos hidrobiologicos jurel, caballa, MORDAZA y machete, con destino al consumo humano directo, en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las cinco (5) millas de la costa, empleando redes de cerco de 1 1/2 pulgadas (38 mm.), con hielo en MORDAZA como medio de preservacion; Que mediante el escrito del visto, el armador MORDAZA MORDAZA QUEREVALU MORDAZA solicita la rectificacion de las Resoluciones Directorales Nº 076-99-PE/DNE y Nº 114-2001-PE/DNEPP, en el extremo referido a la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera "SIEMPRE SAN JUAN", de matricula CO-17998-CM por cuanto no consignan la capacidad de bodega correcta de la misma, ascendente a 57.36 m3, de acuerdo a su arqueo neto y sus respectivas dimensiones; Que de la evaluacion efectuada a la presente solicitud conforme a los medios probatorios que obran en el expediente, se ha determinado que se incurrio en error aritmetico al calcular la capacidad de bodega de la embarcacion "SIEMPRE SAN JUAN" consignada en las Resoluciones Directorales Nº 076-99-PE/DNE y Nº 1142001-PE/DNEPP, toda vez que segun los documentos oficiales presentados para la obtencion del permiso de pesca otorgado a traves de las resoluciones mencionadas, valga decir, el Certificado de Matricula, de fecha 5 de agosto de 1998, emitido por la Capitania del Puerto

del Callao y el Certificado Nacional de Arqueo Nº DC0232-98-07 del 20 de MORDAZA de 1998, emitido por la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la embarcacion pesquera "SIEMPRE SAN JUAN" presentaba un arqueo neto de 13.49, al que correspondia un volumen de bodega de 57.36 m3 y no de 38.18 m3, capacidad que mantiene hasta la fecha, fundamentos por los que corresponde rectificar las Resoluciones Directorales Nº 076-99-PE/DNE y Nº 114-2001-PE/DNEPP, en el extremo referido a la capacidad de bodega que contemplan; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera de la Direccion Nacional de Extraccion mediante Informes Nº 311-2002-PE/DNEPP-Dap y Nº 043-2002-PRODUCE/DNEPP-Dap y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad a lo establecido en la Ley Nº 26920 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 00398-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 003-2000-PE y el articulo 201º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Rectificar la capacidad de bodega correspondiente a la embarcacion pesquera "SIEMPRE SAN JUAN" de matricula CO-17998-CM, que aparece en las Resoluciones Directorales Nº 076-99-PE/DNE y Nº 1142001-PE/DNEPP debiendo consignarse el volumen de 57.36 m3 como capacidad de la misma, conforme a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Consignar el volumen de 57.36 m3 como capacidad de la embarcacion pesquera "SIEMPRE SAN JUAN" de matricula CO-17998-CM, en el anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 153-2002-PE, en lugar de los 38.18 m3 que aparecen en dicho anexo. Articulo 3º.- Transcribir la presente resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 20052

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