Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2002 (14/11/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 14 de noviembre de 2002

nicipalidades representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de servicios publicos locales, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion; Que la obligacion primaria de quienes ejercen funcion municipal es residir dentro de la jurisdiccion del respectivo municipio, privilegiando las citadas normas el concepto de vecindad, el mismo que cumplido el plazo legal permite al "vecino", el goce de la plenitud de derechos que le confiere tal categoria, el ejercicio de tales derechos se supedita a la permanencia de manera continua dentro de la jurisdiccion municipal en la cual fueron elegidos; toda vez que, el domicilio se constituye por la residencia habitual de la persona en un lugar, tal como lo preve el articulo 33º del Codigo Civil, no siendo aplicable para el efecto lo dispuesto por el articulo 35º y siguientes del acotado; Que de conformidad con lo previsto en el numeral 2) del articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, para cubrir las vacantes que se produzca en los concejos municipales se incorpora al candidato suplente de la misma lista, correspondiendole asumir el cargo de Regidor a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado del Movimiento Democratico Huaralino; Que de conformidad con lo previsto en el numeral 2) del articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, para cubrir las vacantes que se produzca en los concejos municipales se incorpora al candidato suplente de la misma lista, correspondiendole asumir el cargo de Regidor a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado del Movimiento Democratico Huaralino; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado del Movimiento Democratico Huaralino, para que asuma el cargo de Regidor en el Concejo Distrital de Atavillos Alto, provincia de Huaral, departamento de MORDAZA, en reemplazo de don MORDAZA Ermogenes MORDAZA MORDAZA, para completar el periodo de gobierno municipal 1999-2002; debiendosele otorgar al convocado la respectiva credencial. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto la credencial otorgada a don MORDAZA Ermogenes MORDAZA Aguilar. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que se requiera para el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 20039

miembros, de un total de 6 integrantes, declaro la vacancia del cargo de Regidor que ejercia MORDAZA MORDAZA MORDAZA Quinonez, por fallecimiento, conforme aparece a fojas 2 y 3; Que, de autos aparece que MORDAZA MORDAZA MORDAZA Quinonez, quien desempenaba el cargo de Regidor del Concejo en mencion, fallecio en la MORDAZA de Jauja el 14 de MORDAZA de 2002, tal como consta de la partida de defuncion expedida por la Municipalidad Provincial de Jauja, corriente a fojas 4; Que la muerte pone fin a la persona, conforme lo dispone el articulo 61º del Codigo Civil; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 28º numeral 2) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, los Regidores son reemplazados por los suplentes de sus respectivas listas; y, revisadas las listas de candidatos remitidas por el MORDAZA Electoral Especial de Jauja, corresponde asumir el cargo de Regidora a MORDAZA MORDAZA Bullon MORDAZA, candidata no proclamada de la lista independiente "Jauja al Desarrollo"; sin embargo, dicha ciudadana no domicilia en la circunscripcion del distrito de Pancan, por lo que no puede asumir el referido cargo al no cumplir con el requisito de vecindad, conforme se aprecia de la consulta en linea del registro de personas a cargo de Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; debiendo convocarse a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado de la referida lista independiente, quien si cumple con tener domicilio en la circunscripcion del referido distrito, tal como se aprecia de la consulta en linea al registro en mencion; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Pancan, provincia de Jauja, departamento de MORDAZA, por fallecimiento del titular, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Quinonez, para completar el periodo de gobierno municipal 1999-2002, a quien se le otorgara la correspondiente credencial. Articulo Segundo.- Cumpla el Concejo Distrital de Pancan con cancelar los derechos establecidos en el item 17 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del MORDAZA Nacional de Elecciones. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 20041

RESOLUCION Nº 738-2002-JNE RESOLUCION Nº 736-2002-JNE
EXP. Nº 1377-2002-Vac. MORDAZA, 6 de noviembre de 2002 VISTO: El Oficio Nº 051-02-MDP, remitido por MORDAZA MORDAZA Bullon MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Pancan, provincia de Jauja, departamento de MORDAZA, comunicando el fallecimiento de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Quinones quien desempenaba el cargo de Regidor en el citado concejo, a fin que se nombre a su reemplazante conforme a ley; CONSIDERANDO: Que, el Concejo Distrital de Pancan en sesion ordinaria del 5 de agosto de 2002, con MORDAZA conforme de 5 de sus Expediente Nº 343-2002-Vacancia MORDAZA, 6 de noviembre de 2002 Visto el expediente sobre vacancia del cargo de regidor del Concejo Distrital de Sondorillo, provincia de Huancabamba, departamento de MORDAZA, que ejercia don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las causales de ausencia de la localidad e inconcurrencia injustificada a sesiones de concejo; iniciado a solicitud de don MORDAZA Santacruz MORDAZA, MORDAZA del mencionado Concejo Municipal; CONSIDERANDO: Que los concejos municipales son competentes para declarar la vacancia de los cargos de sus miembros, con arreglo a lo senalado en el articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; y, segun la MORDAZA legalizada del acta de sesion de fecha 23 de febrero de 2002, a fojas 2, el Concejo Distrital de Sondorillo declaro la vacancia del

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