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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2002 (14/11/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 38

Pág. 233292 NORMAS LEGALES Lima, jueves 14 de noviembre de 2002 PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Autorizan a procuradora iniciar accio- nes legales contra ex servidores del Poder Judicial por cobro indebido de remuneraciones o pensiones RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 190-2002-P/PJ Lima, 12 de noviembre del 2002 VISTO: El Memorándum Nº 579-2002-GPEJ-GG/PJ de la Ge- rencia de Personal y Escalafón Judicial y el Informe Nº 481-2002-AL-GG/PJ, con el Oficio Nº 1014-2002-OAL-GG/ PJ de la Oficina de Asesoría Legal de la Gerencia Gene- ral; CONSIDERANDO: Que, de los antecedentes fluye que se han registrado siete expedientes de ex servidores del Poder Judicial quie-nes han cobrado indebidamente remuneraciones o pen- siones, razón por la cual se expidieron las resoluciones estableciéndose las respectivas responsabilidades econó- micas; Que, al no haberse logrado el recupero del dinero por cobros indebidos referente a los siete ex servidores del Poder Judicial que se detalla en el anexo adjunto que for- ma parte integrante de la presente Resolución, es necesa- rio dictar el acto administrativo que permita la intervención del Procurador Público a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, para que interponga las acciones lega- les correspondientes de conformidad con lo establecido en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú; De conformidad con las facultades previstas en el inci- so 4) del artículo 76º de la Ley Orgánica modificado por la Ley Nº 27465 y Ley Nº 27536; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, para que interponga las acciones legales que correspondan contra los ex servidores que se detallan en el anexo adjun- to que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Transcribir la presente Resolución, así como los antecedentes del caso, a la mencionada Pro- curadora Pública, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR ALFARO ÁLVAREZ Presidente PAGOS INDEBIDOS AÑO 2000 CUENTAS POR COBRAR A EX SERVIDORES QUE EXCEDEN LOS S/. 3,000.00 FECHA APELLIDOS NOMBRES RÉGIMEN PERÌODO DISTRITO MOTIVO CUENTA DEUDA RECUPE- SALDO LABORAL JUDICIAL TOTAL RADO T. PENDIENTE PÙBLICO 07/01/00 SARPCOVICH VDA. VÁSQUEZ MARÍA Pensionista-Sob. 06 May. 99 - 31 Ene-00 GER. GRAL. FALLECIMIENTO T.PUBLICO 30393.42 0.74 30392.68 20/01/00 VIZCARRA VDA. DE CARRILLO ANGELICA Pensionista-Sob. Feb.97-Abr.00 JUNIN FALLECIMIENTO T.PUBLICO 36841.16 23791.45 13049.71 20/01/00 MARTÍNEZ FRISANCHO MARÍA Pensionista-Sob. Ago. 97 -Oct. 99 AREQUIPA P. Indebido D. Urg. T.PUBLICO 12981.87 3365.67 9616.20 17/07/00 MARTÍNEZ FRISANCHO MARÍA Pensionista-Sob. 26 Feb.- 31 Mar. -00 AREQUIPA FALLECIMIENTO T.PUBLICO 3904.71 0.00 3904.71 03/02/00 VERTIZ CARMONA CARLOS 728/Perman. 19 Jul.99 - 31 Ene-00 LIMA DESTITUCION T.PUBLICO 7175.56 1609.92 5565.64 VERTIZ CARMONA CARLOS 728/Perman. 19 Jul.99 - 31 Ene-00 LIMA DESTITUCION CTA. ING. 540.00 0.00 540.00 18/02/00 DELGADO NIÑO DE GUZMÁN GUSTAVO Pensionista-Sob. 21 Nov. 99 - 29 Feb.-00 GER. GRAL. FALLECIMIENTO T.PUBLICO 11396.30 6710.95 4685.35 03/02/00 BUSTAMANTE SÁNCHEZ JESÚS D. Leg.276 Ene - Mar.-00 HUAURA ABSTENCION T.PUBLICO 4193.05 167.56 4025.49 17/07/00 BERNAL PÉREZ SEBASTIAN D. Leg. Nº 276 Marzo - Junio2000 AREQUIPA CESE T.PUBLICO 6570.68 3437.88 3133.15 17/07/00 BERNAL PÉREZ SEBASTIAN D. Leg. Nº 276 Marzo- May2000 AREQUIPA CESE CTA. ING. 6324.00 3,420.00 2904.00 120,320.75 42,504.17 77,816.93 20111 ORGANISMOS AUTÓNOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Autorizan contratar servicios de información económica y financiera a tiempo real y del London Metal Exchan- ge mediante adjudicación de menor cuantía RESOLUCIÓN DE EXONERACIÓN Nº 016-GG-2002 Lima, 8 de noviembre del 2002 VISTOS: El Memorándum Nº H000-MD-2002-077, emitido por la Gerencia de Operaciones Internacionales el 11 de agosto del 2002, en el que se concluye que Bloomberg L.P. sigue siendo la única empresa que brinda en forma integral el servicio de información económica y financiera a tiempo real. El Memorándum Nº C3000-MA-2002/32 de la Subge- rencia del Sector Externo del 6 de agosto del 2002, en el que se señala que el servicio que presta la empresa Bloom-berg L.P. no puede ser otorgado por otras empresas en el mercado. El Memorándum Nº D230.M-2002.398 emitido por el De- partamento Técnico de Comunicaciones y Electrónica el 17 de setiembre del 2002, en el que se consigna las necesidades institucionales de los servicios que presta Bloomberg L.P. El Memorándum Nº K000-MA-2002-1052 de la Oficina Legal del 30 de octubre del 2002, en el que se opina que la contratación del servicio de información económica y fi- nanciera a tiempo real debe efectuarse mediante un pro- ceso de adjudicación de menor cuantía, ya que se trata de un servicio que no admite sustituto. CONSIDERANDO QUE: El Banco requiere contratar por un año el servicio de información económica y financiera a tiempo real y del Lon- don Metal Exchange, indispensable para las Gerencias de Operaciones Internacionales, Estudios Económicos y Cré- dito y Regulación Financiera. Según los informes técnicos referidos en el exordio de esta resolución, el aludido servicio es prestado en forma integral únicamente por Bloomberg L.P. El marco jurídico en el que se realizan las contratacio- nes del Banco Central para la adquisición de bienes o para la contratación de servicios, está determinado por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento (Decreto Supremo Nº 013- 2001-PCM) y normas modificatorias.