Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 2002 (14/11/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 14 de noviembre de 2002

pendiente Movimiento Participemos, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Ticlacayan, provincia y departamento de Pasco, en el periodo de gobierno municipal 1999-2002. Otorgandosele la credencial correspondiente. Articulo Segundo.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 20045

Movimiento Independiente Vamos Vecino, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Habana, provincia de Moyobamba, departamento de San MORDAZA, en el periodo de gobierno municipal 1999-2002. Otorgandosele la credencial correspondiente. Articulo Segundo.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 20047

RESOLUCION Nº 746-2002-JNE
Expediente Nº 399-2002-Vacancia MORDAZA, 7 de noviembre de 2002 Visto el expediente sobre vacancia del cargo de regidor del Concejo Distrital de Habana, provincia de Moyobamba, departamento de San MORDAZA, que ejercia don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Saldana, por las causales de ausencia de la localidad por mas de 30 dias sin autorizacion, cambio de domicilio fuera de la jurisdiccion del distrito e inconcurrencia injustificada a sesiones de concejo, iniciado a solicitud del MORDAZA de dicha comuna, don MORDAZA MORDAZA Del Aguila; CONSIDERANDO: Que los concejos municipales son competentes para declarar la vacancia de los cargos de sus miembros, con arreglo a lo senalado en el articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; y, segun la MORDAZA certificada del acta de la Sesion Ordinaria Nº 05 de 12 de MORDAZA de 2002, de fojas 11 a 19, el Concejo Distrital de Habana declaro la vacancia del cargo de regidor que ejercia don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Saldana, con el MORDAZA aprobatorio de cuatro (4) de sus seis (6) miembros, por las causales de ausencia de la localidad por mas de 30 dias sin autorizacion del Concejo, cambio de domicilio fuera de la jurisdiccion del distrito e inconcurrencia injustificada a sesiones de Concejo, previstas en los numerales 2), 4) y 5) del articulo 26º de la ley glosada; Que a fojas 3, corre la constatacion policial efectuada el 14 de MORDAZA de 2002 al ultimo domicilio del regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Saldana en el distrito de Habana, quien, segun el dicho de su suegro don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, radica hace tres meses atras en la MORDAZA de Iquitos; MORDAZA que concuerda con el contenido en la certificacion del Gobernador del distrito de Habana de fecha 22 de MORDAZA de 2002, que senala que el citado regidor esta ausente de la localidad por un periodo superior a los 60 dias; Que para efectos de notificar al interesado con el acuerdo de vacancia, se dio publicidad a este mediante carteles ubicados en lugares visibles de la localidad y en el periodico mural de la Municipalidad, segun certificacion del Juez de Paz de Habana, a fojas 46; no habiendose interpuesto recurso de revision contra dicho acuerdo; Que habiendo quedado firme el acuerdo de vacancia materia de autos, es aplicable el numeral 2) del articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, que dispone que reemplazan a los regidores, los suplentes de sus respectivas listas, debiendose convocar al candidato no proclamado de la lista del Movimiento Independiente Vamos Vecino, don MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA, para completar el periodo de gobierno municipal 1999-2002, de acuerdo con la lista de candidatos remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Moyobamba con motivo de las Elecciones Municipales de 1998; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar al ciudadano MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado de la lista del

Convocan a candidatos no proclamados para que asuman cargos de regidores de los Concejos Provinciales de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION Nº 735-2002-JNE EXP. 1382-2002-Vac.
MORDAZA, 6 de noviembre de 2002 VISTO: El Oficio Nº 340-2002-MPDC-Y, remitido por Hebert MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Regidor del Concejo Provincial de MORDAZA MORDAZA, departamento de Pasco, comunicando el fallecimiento de MORDAZA MORDAZA Cabieses quien desempenaba el cargo de Regidor en el citado concejo, a fin que se nombre a su reemplazante conforme a ley; CONSIDERANDO: Que, el Concejo Provincial de MORDAZA MORDAZA en sesion extraordinaria del 17 de octubre de 2002, con el MORDAZA conforme de 6 de sus miembros, de un total de 8 integrantes, declaro la vacancia del cargo de Regidor que ejercia MORDAZA MORDAZA Cabieses, por fallecimiento, conforme aparece a fojas 2 y 3; Que, de autos aparece que MORDAZA MORDAZA Cabieses, quien desempenaba el cargo de Regidor del Concejo en mencion, fallecio en la MORDAZA de Yanahuanca el 16 de octubre de 2002, tal como consta de la partida de defuncion expedida por la Municipalidad Provincial de MORDAZA MORDAZA, corriente a fojas 4; Que la muerte pone fin a la persona, conforme lo dispone el articulo 61º del Codigo Civil; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 28º numeral 2) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, los Regidores son reemplazados por los suplentes de sus respectivas listas; y, revisadas las listas de candidatos remitidas por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA MORDAZA, corresponde asumir el cargo de Regidor a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado del Movimiento Independiente Vamos Vecino; sin embargo, dicho ciudadano no domicilia en la circunscripcion de la provincia de MORDAZA MORDAZA, por lo que no puede asumir el referido cargo al no cumplir con el requisito de vecindad, conforme se aprecia a fojas 10 de la consulta en linea del registro de personas a cargo de Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; debiendo convocarse a Luz MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidata no proclamada del referido Movimiento Independiente, quien si cumple con tener domicilio en la circunscripcion de la referida provincia, tal como se observa a fojas 11 de la consulta en linea al registro en mencion; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a Luz MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que asuma el cargo de Regidora del Conce-

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